Norma Legal Oficial del día 01 de febrero del año 2017 (01/02/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano / Miércoles 1 de febrero de 2017

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica la solicitud; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria "C", y; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS N° 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009 y la Resolución Administrativa SBS N° 240-2013; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco de Crédito del Perú el cierre temporal, entre el 30 de diciembre de 2016 y el 16 de febrero de 2017, de la agencia "Primax Los Castaños" ubicada en Av. Javier Prado Oeste 1895, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTES Intendente General de Banca 1480005-1

Sección II: De los Corredores de Seguros B: Personas Jurídicas, numeral 3 Corredores de Seguros Generales y de Personas, a la empresa "KOOTIZA ASESORES Y CORREDORES DE SEGUROS SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA" pudiendo utilizar la abreviatura "KOOTIZA ASESORES Y CORREDORES DE SEGUROS S.A.C." con matrícula N° J-0835, Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MELGAR ROMARIONI Secretario General 1479800-1

Opinan favorablemente para que el Fondo MIVIVIENDA S.A. realice la emisión de la Cuarta Emisión Internacional de Bonos Corporativos de Fondo MIVIVIENDA S.A.
RESOLUCIÓN SBS N° 285-2017 Lima, 19 de enero de 2017 LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La solicitud presentada por el Fondo MIVIVIENDA S.A., en adelante el Fondo, para que se opine favorablemente sobre la Cuarta Emisión Internacional de Bonos Corporativos de Fondo MIVIVIENDA S.A. y; CONSIDERANDO: Que, la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N° 26702, en adelante Ley General, en su artículo 234°, faculta a las empresas a emitir los instrumentos financieros a que se refiere la Ley del Mercado de Valores, y aquellos que la Superintendencia autorice mediante norma de carácter general; Que, el artículo 232° de la Ley General establece que para la emisión de instrumentos financieros que tengan la condición de valores mobiliarios y se emitan por oferta pública, la Superintendencia del Mercado de Valores procederá a inscribirlos en el Registro Público del Mercado de Valores, previa opinión favorable expedida por Resolución de esta Superintendencia y de la documentación precisada en el artículo 18° de la Ley del Mercado de Valores; Que, a su vez la emisión de instrumentos financieros se rige por lo señalado en la Circular B-2074-2000 y sus modificatorias; Que, en Sesión de Directorio del 09 de noviembre de 2016, se aprobó la emisión de la Cuarta Emisión Internacional de Bonos Corporativos de Fondo MIVIVIENDA S.A. hasta por un monto máximo de S/ 2 000 000 000.00 (dos mil millones y 00/100 soles), o su equivalente en dólares americanos; Que, en Sesión de Directorio del 12 de diciembre de 2016, se aprobó que, en caso la Cuarta Emisión Internacional de Bonos Corporativos de Fondo MIVIVIENDA S.A. se realice en moneda extranjera, se ejecutará de inmediato una cobertura del riesgo cambiario por el total de la emisión a través de operaciones de full cross currency swaps; Que, el Fondo ha cumplido con presentar la documentación requerida según lo señalado en el Procedimiento N° 25 del Texto Único Ordenado de Procedimientos Administrativos (TUPA) de esta Superintendencia; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria "C" y el Departamento de Supervisión

Autorizan inscripción de persona jurídica en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros
RESOLUCIÓN SBS N° 280-2017 Lima, 19 de enero de 2017 EL SECRETARIO GENERAL VISTA: La solicitud presentada por el señor Miguel Ángel Delgado Alvarado para que se autorice la inscripción de la empresa "KOOTIZA ASESORES Y CORREDORES DE SEGUROS SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA" pudiendo utilizar la abreviatura "KOOTIZA ASESORES Y CORREDORES DE SEGUROS S.A.C." en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección II: De los Corredores de Seguros B: Personas Jurídicas, numeral 3 Corredores de Seguros Generales y de Personas; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros aprobado por Resolución S.B.S. N° 1797-2011 de fecha 10 de febrero de 2011, se estableció los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros en el citado Registro; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos exigidos por la referida norma administrativa; Que, la Comisión Evaluadora Interna de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Evaluación Interna de Expediente N° 34-2016-CEI celebrada el 19 de diciembre de 2016, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 10° del Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, ha calificado y aprobado la inscripción de la empresa en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros ­ Ley N° 26702 y sus modificatorias; en virtud de la facultad delegada por la Resolución S.B.S. N° 2348-2013 del 12 de abril de 2013; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros,