Norma Legal Oficial del día 31 de enero del año 2017 (31/01/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano / Martes 31 de enero de 2017

NORMAS LEGALES

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autorización para la ejecución de la Encuesta Trimestral de Flete de Transporte Terrestre de Carga. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática, establece que el INEI es el ente rector del Sistema Nacional de Estadística, cuyo ámbito de competencia, faculta la realización de tareas técnicas y científicas con fines de cuantificar los hechos económicos y sociales para producir las estadísticas oficiales del país; Que, el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), en cumplimiento del Decreto Ley Nº 25862, desde diciembre de 1992, ha asumido las funciones de elaboración de los Índices Unificados de Precios de la Construcción; del cual forma parte el Índice Unificado de Flete Terrestre; Que, la Dirección Técnica de Indicadores Económicos, órgano técnico normativo del Instituto Nacional de Estadística e Informática, viene captando en forma continua información de precios a través de la Encuesta Trimestral de Flete de Transporte Terrestre de Carga, dirigida a las empresas y agencias de transporte de carga a nivel de Lima Metropolitana, Que, resulta necesario autorizar la ejecución de la "Encuesta Trimestral de Flete de Transporte Terrestre de Carga", fijar el plazo para su entrega y, aprobar los formularios a utilizar en el año 2017; los mismos que requieren ser aprobados para efectos de lo dispuesto por los artículos 81º y 83º del Decreto Supremo Nº 0432001-PCM, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática; Estando a lo propuesto por la Dirección Técnica de Indicadores Económicos; la visación de la Sub Jefatura de Estadística; y de la Oficina Técnica de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604 "Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática". SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la ejecución de la "Encuesta Trimestral de Flete de Transporte Terrestre de Carga", durante el año 2017, para elaborar el Índice Unificado de Flete Terrestre; dirigida a las empresas y agencias de transporte, en Lima Metropolitana y Provincia Constitucional del Callao. Estará a cargo de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos (DTIE), del Instituto Nacional de Estadística e Informática. Artículo 2º.- Aprobar, los formularios de la Encuesta Trimestral de Flete de Transporte Terrestre de Carga, para elaborar el Índice Unificado de Flete Terrestre (código 32), los que forman parte de la presente Resolución. La Dirección Técnica de Indicadores Económicos (DTIE), mediante oficio remitirá los formularios a las empresas y agencias de transporte seleccionadas, para ser diligenciados y remitidos al INEI. Artículo 3º.- Establecer, como plazo máximo para la entrega del formulario diligenciado con la información al último mes de cada trimestre, los primeros cinco días útiles de finalizado el trimestre. Artículo 4º.- Precisar, que las personas naturales y jurídicas obligadas a la presentación de la información que incumplan con la devolución de los formularios debidamente diligenciados en el plazo establecido, serán pasibles de sanción conforme a lo dispuesto en los artículos 87º, 89º, 90º y 91º del Decreto Supremo Nº 0432001-PCM. Regístrese y comuníquese. ANÍBAL SÁNCHEZ AGUILAR Jefe (e) 1479793-2

Establecen símbolo de identificación y eslogan de los Censos Nacionales 2017: XII de Población, VII de Vivienda y III de Comunidades Indígenas
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 029-2017-INEI Lima, 25 de enero de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 13248, se dispone que, en todo el territorio de la República y en sus aguas jurisdiccionales, se levantarán cada 10 años los censos de población y vivienda; y cada 5 años los censos económicos: agropecuario, industrial, comercial, de servicio, etc.; Que, el Decreto Supremo N° 066-2015-PCM, declaró de interés y prioridad nacional la ejecución de los Censos Nacionales: XII de Población, VII de Vivienda y III de Comunidades Indígenas en el año 2017, encargándose su conducción y ejecución al Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), quien emitirá las normas técnicas por las cuales se regirán los mencionados Censos; Que los Censos Nacionales de Población, Vivienda y de Comunidades Indígenas, constituyen la fuente más importante para la obtención de información estadística sobre las características demográficas, económicas, culturales y sociales de la población y sus viviendas, información necesaria para la formulación de planes, programas y políticas públicas para la adecuada toma de decisiones, a fin de promover el bienestar de la población; Que, el Art. 40° del Reglamento de Organización y Funciones del INEI aprobado por Decreto Supremo N° 043-2001-PCM, señala que la Oficina Técnica de Difusión es la encargada de promover desarrollar acciones orientadas a fortalecer la imagen institucional, así como de la difusión de la información estadística que produce el INEI; Que, mediante Oficio N° 037-2017-INEI/OTD la Oficina Técnica de Difusión, remite el Logotipo y Eslogan que permitirá identificar y caracterizar los Censos Nacionales 2017: XII de Población, VII de Vivienda y III de Comunidades Indígenas; Que, el Logotipo pretende ser una fuerte identificación de la población con los Censos Nacionales 2017: XII de Población, VII de Vivienda y III de Comunidades Indígenas, y sensibilizar a la ciudadanía sobre la importancia que para nuestro país tiene esta investigación estadística, y el Eslogan "TÚ CUENTAS PARA EL PERÚ" simboliza el compromiso y la inclusión de toda la población, así como la importancia que tiene su activa participación para el éxito de los mencionados Censos Nacionales; Que, por lo expuesto, resulta pertinente emitir el acto por el que se establezca como símbolo de identificación de los Censos Nacionales 2017: XII de Población y VII de Vivienda y III de Comunidades Indígenas, el Logotipo consignado en el anexo que forma parte integrante de la presente Resolución; Estando a lo propuesto por la Oficina Técnica de Difusión y con las visaciones de Secretaría General; de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas; y de Asesoría Jurídica. En uso de sus atribuciones conferidas por el Art. 8º del Decreto Legislativo N° 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Establecer como símbolo de identificación de los Censos Nacionales 2017: XII de Población, VII de Vivienda y III de Comunidades Indígenas, el Logotipo según el anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2°.- Aprobar el Eslogan de los Censos Nacionales 2017: XII de Población, VII de Vivienda y III de Comunidades Indígenas "TÚ CUENTAS PARA EL PERÚ", que simboliza el compromiso y la inclusión de toda la población, así como la importancia que tiene su