Norma Legal Oficial del día 16 de enero del año 2017 (16/01/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano / Lunes 16 de enero de 2017

NORMAS LEGALES

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2013-ANR de fechas 26.08.2013 y 22.10.2013 y la Ley N° 28626; En mérito a la opinión de la Oficina Central de Asesoría Jurídica, contenida en el Informe Legal Nº 071-2016-OCAJ-UNFV de fecha 05.10.16; estando a lo dispuesto por el señor Rector (i) según Proveído Nº 03180-2016-R-UNFV de fecha 07.10.16; el Consejo Universitario en Sesión Ordinaria Nº 17 de fecha 14.10.16, acordó autorizar a la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General, la expedición del duplicado del diploma de Grado de Bachiller en Educación, a favor de doña María Neyra Arias; De conformidad con la Ley Nº 30220 ­ Ley Universitaria, el Estatuto y Reglamento General de la Universidad, la Ley N° 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, la Resolución N°047-2016-AUT-UNFV de fecha 12.09.2016 y la Resolución R. N° 001-2016-CU-UNFV de fecha 21.09.2016; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General, la expedición del duplicado del diploma de Grado de Bachiller en Educación, a favor de doña MARÍA NEYRA ARIAS, el mismo que se encuentra asentado en el Libro 87 del Folio 193 y Registro 64944, el cual obra en la referida Oficina. Artículo Segundo.- La Oficina de Trámite Documentario de la Secretaría General, notificará bajo cargo la presente resolución a la interesada. Artículo Tercero.- Encargar a la Oficina Central de Comunicaciones e Imagen Institucional, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano", de conformidad con el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley N° 28626, aprobado con Resolución N° 12562013-ANR. Artículo Cuarto.- Los Vicerrectores Académico y de Investigación, la Facultad de Educación, así como la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General, dictaran las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. JOSÉ RAMIREZ ROSILLO Rector (i) RAMIRO IGNACIO RUIZ ALMEIDA Secretario General (e) 1474026-3 UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL RESOLUCIÓN R. N° 265-2016-CU-UNFV San Miguel, 11 de noviembre de 2016 Visto, el expediente con NT. 39006 de fecha de recepción 02.09.2016, seguido por don CESAR VILLANUEVA AREVALO, egresado de la Facultad de Ciencias Sociales y Administrativas, hoy Facultad de Administración, mediante el cual solicita el duplicado de diploma de Grado de Bachiller, expedido por esta Casa de Estudios Superiores; y CONSIDERANDO:

de Grados y Títulos profesionales expedidos por universidades del país; así como la Resolución Nº 18952006-ANR, que modifica dicho Reglamento; Que, mediante Resolución Nº 1503-2011-ANR de fecha 15.12.2011, modificada con Resoluciones Nos. 1256 y 1634-2013-ANR de fechas 26.08.2013 y 22.10.2013 respectivamente, emitidas por la Comisión de Coordinación Interuniversitaria de la Asamblea Nacional de Rectores, se aprobó el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley N° 28626, Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país; Que, mediante Resolución R. Nº 4224-2013-CUUNFV de fecha 25.09.2013, rectificada con Resolución R. Nº 6309-2014-CU-UNFV de fecha 05.09.2014, se aprobó el "Registro de Tarifas de los Servicios no Exclusivos de la Universidad Nacional Federico Villarreal en el que se estableció la tarifa que abonarán los interesados, entre otros, por concepto de duplicado de diploma de Grado de Bachiller y de Título Profesional en las Facultades de la Universidad; Que, mediante documento recepcionado en fecha 02.09.2016, don CESAR VILLANUEVA AREVALO, solicita duplicado de diploma de Grado de Bachiller, el cual fue expedido por esta Universidad en el año 1969, señala que sufrió la pérdida de su diploma de Grado de Bachiller; para acreditar lo señalado y a fin de cumplir con los requisitos para la expedición del duplicado de diploma, adjunta la Declaración Jurada Simple, la publicación en un diario de circulación nacional de la pérdida del referido diploma, así como los recibos de pago de los derechos correspondientes; Que, mediante Constancia N° 070 ­ 2016 expedida por la Secretaría General de esta Casa de Estudios Superiores con fecha 07.07.2016, se acredita que la Universidad Nacional Federico Villarreal, el año 1969 expidió el Diploma de Grado de Bachiller a favor del recurrente, el cual se encuentra asentado en el Libro Nº 01-B, Folio Nº 01 y Registro Nº 244, el mismo que obra en la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General de esta Universidad; Que, el Jefe de la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General, mediante Oficio N° 1507-2016-OGTSG-UNFV de fecha 03.10.2016, señala que lo solicitado por don Cesar Villanueva Arevalo, cumple con los requisitos exigidos para el otorgamiento del duplicado del diploma de Grado de Bachiller, en concordancia con las Resoluciones Nos. 1525-2006, 1895-2006 y 1503-2011ANR, modificada con Resoluciones Nos. 1256 y 16342013-ANR de fechas 26.08.2013 y 22.10.2013 y la Ley N° 28626; En mérito a la opinión de la Oficina Central de Asesoría Jurídica, contenida en Informe Legal N° 080-2016-OCAJUNFV de fecha 11.10.2016 y estando a lo dispuesto por el señor Rector (i) según Proveído Nº 03258-2016-R-UNFV de fecha 12.10.2016; el Consejo Universitario en Sesión Ordinaria Nº 17 de fecha 14.10.2016 Continuada el 19.10.2016, acordó autorizar a la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General, la expedición del duplicado del diploma de Grado de Bachiller, a favor de don CESAR VILLANUEVA AREVALO; De conformidad con la Ley Nº 30220 ­ Ley Universitaria, el Estatuto y Reglamento General de la Universidad, la Ley N° 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, la Resolución N° 047-2016-AUT-UNFV de fecha 12.09.2016 y la Resolución R. N° 001-2016-CU-UNFV de fecha 21.09.2016; SE RESUELVE:

Que, el Congreso de la República dio la Ley Nº 28626 de fecha 28.10.2005, la misma que fuera publicada con fecha 18.11.2005, mediante el cual se autoriza a las Universidades Públicas y Privadas a expedir duplicados de diplomas de Grados y Títulos Profesionales a solicitud del interesado, por motivos de pérdida, deterioro o mutilación, siempre que cumpla con las formalidades y requisitos de seguridad previsto por cada Universidad; Que, con fecha 21.01.06 y 14.06.06 respectivamente, se publicaron en el diario oficial El Peruano, la Resolución Nº 1525-06-ANR de la Asamblea Nacional de Rectores, que aprueba el Reglamento de duplicados de diplomas

Artículo Primero.- Autorizar a la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General, la expedición del duplicado del diploma de Grado de Bachiller, a favor de don CESAR VILLANUEVA AREVALO, el mismo que se encuentra asentado en el Libro Nº 01-B, Folio Nº 01 y Registro Nº 244, el cual obra en la referida Oficina. Artículo Segundo.- La Oficina de Trámite Documentario de la Secretaría General, notificará bajo cargo la presente resolución al interesado. Artículo Tercero.- Encargar a la Oficina Central de Comunicaciones e Imagen Institucional, la publicación de