Norma Legal Oficial del día 07 de diciembre del año 2017 (07/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano / Jueves 7 de diciembre de 2017

NORMAS LEGALES

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d) Un informe emitido por la Gerencia de Recursos Humanos o la unidad orgánica que haga sus veces, señalando si la persona antes mencionada cumple o no con los perfiles establecidos para los cargos para los cuales fue designada, de acuerdo a los instrumentos de gestión (MOF, ROF, CAP, Clasificador de Cargos, etcétera) vigentes al momento de su designación. Con relación a los contratos celebrados con la ingeniera Norma Carolina Quispe Ramos, para la elaboración de expedientes técnicos a) Los requerimientos del área usuaria, con la respectiva hoja de trámite, que sirvieron de sustento a la contratación de Norma Carolina Quispe Ramos. b) Los memorándum, informes y hojas de trámite con los que se tramitaron los requerimientos señalados en el literal anterior. c) Los comprobantes de pago por los servicios que prestó Norma Carolina Quispe Ramos. d) Los informes de servicio o actividades que presentó Norma Carolina Quispe Ramos para el trámite de su pago. e) Los memorándum o informes de conformidad de servicio del área usuaria que se emitieron para el pago de Norma Carolina Quispe Ramos. f) Los recibos por honorarios que emitió Norma Carolina Quispe Ramos por los servicios que prestó. g) Los informes de presentación de expedientes técnicos que presentó Norma Carolina Quispe Ramos. h) Los expedientes técnicos que elaboró Norma Carolina Quispe Ramos. i) Copia del Caso N° 0237-2015, a cargo del Segundo Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Fiscal de Ica, en la que se tramita la investigación fiscal que se sigue por estos hechos en contra de Eusebio Alfonso Canales Velarde, Mario Lizardo Villanueva Herrera, Verónica Ancasi Parián y Norma Carolina Quispe Ramos, por el delito contra la Administración Pública, en la modalidad de negociación incompatible, en agravio del Estado, representado por la Procuraduría Pública Anticorrupción de Ica. Con relación a la designación de Norma Carolina Quispe Ramos, en el cargo de gerente de Desarrollo Urbano a) El legajo personal de Norma Carolina Quispe Ramos. b) Un informe de la Gerencia de Recursos Humanos o la unidad orgánica que haga sus veces, señalando el perfil del cargo de gerente de Desarrollo Urbano, de acuerdo a los instrumentos de gestión (MOF, ROF, CAP, Clasificador de Cargos, etcétera) vigentes al momento de la designación de la referida persona en dicho cargo. c) Un informe emitido por la Gerencia de Recursos Humanos o la unidad orgánica que haga sus veces, señalando si la persona antes mencionada cumple o no con el perfil establecido para el cargo para el cual fue designada, de acuerdo a los instrumentos de gestión (MOF, ROF, CAP, Clasificador de Cargos, etcétera) vigentes al momento de su designación. Con relación a la designación de Eulogia Yolanda Zamora Laguna, en el cargo de secretaria general a) La Resolución N° 000222-2011-A-MPN, de fecha 3 de marzo de 2011, mediante la cual se designó a dicha persona en el mencionado cargo. b) El legajo personal de Eulogia Yolanda Zamora Laguna. c) Un informe de la Gerencia de Recursos Humanos o la unidad orgánica que haga sus veces, señalando el perfil del cargo de secretaria general, de acuerdo a los instrumentos de gestión (MOF, ROF, CAP, Clasificador de Cargos, etcétera) vigentes al momento de la designación de la referida persona en dicho cargo. d) Un informe emitido por la Gerencia de Recursos Humanos o la unidad orgánica que haga sus veces, señalando si la persona antes mencionada cumple o no con el perfil establecido para el cargo para el cual fue designada, de acuerdo a los instrumentos de gestión (MOF, ROF, CAP, Clasificador de Cargos, etcétera) vigentes al momento de su designación.

Con relación a la donación de un terreno de la municipalidad a favor de la Dirección Regional de Salud - Ica a) El acta de la sesión extraordinaria de concejo, de fecha 11 de diciembre de 2015, sesión en la que precisamente se habría acordado dicha donación. b) El Informe N° 1097-2015-GDU-NCQR-MPN, el Informe N° 544-A-GM-MPN y el Informe Legal N° 873-2015-GAJ-MPN. 2. Ante ello, el Concejo Provincial de Nasca incorporó al expediente copias fedateadas de los siguientes documentos: i. La Resolución de Alcaldía N° 035-2015-AMPN, del 23 de enero de 2015 (fojas 70), mediante la cual se designa a Mario Lizardo Villanueva Herrera, en el cargo de gerente municipal. ii. La Resolución de Alcaldía N° 000222-2011-A-MPN, del 3 de marzo de 2011 (fojas 68 y 69), mediante la cual se designa a Eulogia Yolanda Zamora Laguna, en el cargo de secretaria general. iii. La Resolución de Alcaldía N° 131-2015-AMPN, del 27 de marzo de 2015 (fojas 71), mediante la cual se da por concluida la designación de Eulogia Yolanda Zamora Laguna, en el cargo de secretaria general. iv. La Resolución de Alcaldía N° 266-2015-AMPN, del 16 de julio de 2015 (fojas 72), mediante la cual se designa a Norma Carolina Quispe Ramos, en el cargo de gerente de Desarrollo Urbano. v. La Resolución de Alcaldía N° 263-2016-AMPN, del 1 de setiembre de 2016 (fojas 73 y 74), mediante la cual se da por concluida la designación de Norma Carolina Quispe Ramos, en el cargo de gerente de Desarrollo Urbano. vi. El Acta de Sesión de Concejo Extraordinaria N° 27, del 11 de diciembre de 2015 (fojas 75 a 77), en donde el Concejo Provincial de Nasca aprueba, por unanimidad, la donación de terreno. vii. El Informe Legal N° 873-2015-GAJ-MPN, del 2 de diciembre de 2015 (fojas 78 y 79), emitido por el gerente de Asesoría Jurídica, Miguel Ángel Aguado Ventura. viii. El Informe N° 1097-2015-GDU-NCOR-MPN, del 2 de diciembre de 2015 (fojas 80), emitido por la gerente de Desarrollo Urbano, Norma Carolina Quispe Ramos. ix. El Informe N° 01526-2017-GAF/MPN, del 16 de junio de 2017 (fojas 81), emitido por el gerente de Administración y Finanzas, Mario Lizardo Villanueva Herrera. x. El Informe N° 0470-2017-SGRRHH/GAF/MPN, del 16 de junio de 2017 (fojas 82 y 83), emitido por la subgerente de Recursos Humanos, Beatriz Vilca Rojas. xi. El Informe N° 0466-2017-SGRRHH/GAF/MPN, del 15 de junio de 2017 (fojas 86), emitido por la subgerente de Recursos Humanos, Beatriz Vilca Rojas. xii. El Informe N° 0467-2017-SGRRHH/GAF/MPN, del 15 de junio de 2017 (fojas 101), emitido por la subgerente de Recursos Humanos, Beatriz Vilca Rojas. xiii. El Informe N° 0242-2017-SGLOGSG/GAF/ MPN, del 20 de junio de 2017 (fojas 104), emitido por la subgerente de Logística y Servicios Generales, Esther Llamoca Espinoza. xiv. El Informe N° 0471-2017-SGRRHH/GAF/MPN, del 16 de junio de 2017 (fojas 171), emitido por la subgerente de Recursos Humanos, Beatriz Vilca Rojas. Además, dicho concejo municipal incorporó al expediente copia simple de los siguientes informes: i. El Informe N° 0201-2016-SGRRHH/GAF/MPN, del 18 de abril de 2016 (fojas 91), emitido por la subgerente de Recursos Humanos, Beatriz Vilca Rojas. ii. El Informe N° 580-2015-SGRRHH/GAF/MPN, del 14 de julio de 2015 (fojas 99), emitido por la subgerente de Recursos Humanos, Verónica Ancasi Parián. 3. Así, si bien se verifica de los actuados que el concejo provincial no incorporó todos los documentos ordenados a través de la Resolución N° 0133-2017JNE, este Supremo Tribunal Electoral, considera que los que obran en el expediente resultan suficientes a fin de establecer si se configura o no la causal invocada.