Norma Legal Oficial del día 19 de agosto del año 2017 (19/08/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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Gastos Corrientes: 2.4 : Donaciones y Transferencias 2.4.1.3.1.2 : Otras Unidades del Gobierno Regional

NORMAS LEGALES
Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados Cuenta RUC

Sábado 19 de agosto de 2017 /

El Peruano

: Cuenta Única del Tesoro Público - CUT : Nº 20484003883

S/.480 000.00

Artículo 2.- Detalle de la transferencia La transferencia citada en el artículo 1 de la presente resolución se efectuará según el siguiente detalle:
AL: (En Soles)

Pliego 449 : Gobierno Regional de Ica 80 000,00 Unidad Ejecutora : Nº 001 Sede Central Unidad Ejecutora SIAF : Nº 0813 Cuenta : Cuenta Única del Tesoro Público - CUT RUC : Nº 20452393817 Pliego 452 : Gobierno Regional de Lambayeque 80 000,00 Unidad Ejecutora : Nº 001 Sede Central Unidad Ejecutora SIAF : Nº 0855 Cuenta : Cuenta Única del Tesoro Público - CUT RUC : Nº 20479569780

Pliego 457 : Gobierno Regional de Piura 80 000,00 Unidad Ejecutora : Nº 001 Sede Central Unidad Ejecutora SIAF : Nº 0892 Cuenta : Cuenta Única del Tesoro Público - CUT RUC : Nº 20484004421 Pliego 458 : Gobierno Regional de Puno 80 000,00 Unidad Ejecutora : Nº 001 Sede Central Unidad Ejecutora SIAF : Nº 0902 Cuenta : Cuenta Única del Tesoro Público - CUT RUC : Nº 20406325815 Pliego 462 : Gobierno Regional de Ucayali 80 000,00 Unidad Ejecutora : Nº 001 Sede Central Unidad Ejecutora SIAF : Nº 0942 Cuenta : Cuenta Única del Tesoro Público - CUT RUC : Nº 20393066386 Pliego 461 : Gobierno Regional de Tumbes Unidad Ejecutora : Nº 001 Sede Central Unidad Ejecutora SIAF : Nº 0936 80 000,00

Artículo 3.- Términos y obligaciones de la transferencia Los términos y obligaciones de las transferencias financieras se encuentran previstos en los Convenios de Cooperación y Gestión celebrados entre el Ministerio de Energía y Minas y los Gobiernos Regionales de Piura, Puno, Ucayali, Tumbes, Ica y Lambayeque, correspondientes al Año Fiscal 2017. Regístrese, comuníquese y publíquese. CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI Ministra de Energía y Minas 1556443-1

REQUISITOS PARA PUBLICACILN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su firma ante el Diario Oficial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, modificado por el Decreto Supremo N° 014-2012-JUS 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justificar; si incluyen gráficos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 10 páginas, el contenido del cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotizacionesnnll@editoraperu.com. pe; en caso de tener más de 1 página o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN