Norma Legal Oficial del día 28 de abril del año 2017 (28/04/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 70

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NORMAS LEGALES

Viernes 28 de abril de 2017 /

El Peruano

Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30025 y el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de la Ejecución de la Expropiación del Bien Inmueble y del Valor de la Tasación. Aprobar la ejecución de la expropiación del área del inmueble afectado por la ejecución de la Obra: "Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Lima ­ Canta ­ La Viuda ­ Unish, Tramo: Lima - Canta", y el valor de la Tasación del mismo, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Consignación del Valor de la Tasación Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, consigne en el Banco de la Nación, el monto del valor de la Tasación a favor del Sujeto Pasivo de la expropiación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución. Artículo 3.- Información Necesaria para Inscribir el Bien Inmueble a Favor del Beneficiario Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución y notificada la consignación al Sujeto Pasivo, remita al Registro de Predios de la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), la información señalada en el artículo 30 de la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1192, a efectos de inscribir el área expropiada del bien inmueble afectado a favor del beneficiario.

Artículo 4.- Inscripción Registral del Bien Inmueble a Favor del Beneficiario y Orden de Levantar toda Carga o Gravamen que contenga la Partida Registral Disponer que la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) inscriba a favor del beneficiario el área expropiada del inmueble afectado, bajo responsabilidad y sanción de destitución; según lo previsto en el literal d) del numeral 28.1 del artículo 28 de la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1192. Artículo 5.- Notificación al Sujeto Pasivo Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, notifique la presente Resolución a los Sujetos Pasivos de la expropiación, conforme a lo dispuesto en la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1192, requiriéndole la desocupación y entrega del área expropiada del bien inmueble afectado dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de notificada la presente Resolución, de encontrarse el área del inmueble desocupado, o treinta (30) días hábiles de estar ocupado o en uso, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área del bien inmueble materia de expropiación; según lo previsto en el literal e) del numeral 28.1 del artículo 28 de la citada Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones

ANEXO I VALOR DE LA TASACION DEL AREA DE UN INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: "REHABILITACION Y MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA LIMA - CANTA LA VIUDA - UNISH, TRAMO: LIMA - CANTA, DISTRITO SANTA ROSA DE QUIVES, PROVINCIA DE CANTA Y DEPARTAMENTO DE LIMA SUJETO ACTIVO / BENEFICIARIO VALOR DE LA TASACIÓN (S/) AFECTACIÓN: Parcial del Inmueble 61,982.62

No.

SUJETO PASIVO

IDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLE

1

CÓDIGO: LCVY-005

AREA AFECTADA: 2,124.00 m2

COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA: WGS84 DISTANCIA Por el norte: Colinda con Área remamente 02 VERTICES LADO (m) U.C 015356 ­ F (U.C 04011), en línea curva de 10 ESTE (X) NORTE (Y) tramos: A ­ B de 10.42 m, B ­ C de 8.36 m, C ­ D de A A-B 10.42 296168.1385 8706406.7558 12.05 m, D ­ E de 12.58 m, E ­ F de 4.00 m, F ­ G de 2.29 m, G ­ H de 3.60 m, H ­ I de 8.08 m, I ­ J de B B-C 8.36 296178.3569 8706404.7474 9.25 m y J ­ K de 3.33 m. Por el sur: Colinda con Área remanente 01 U.C C C-D 12.05 296186.6565 8706403.7831 015356 ­ F (U.C 04011), en línea recta de 12 tramos: D D-E 12.58 296198.5402 8706401.7735 M ­ N de 0.90 m, N ­ O de 2.21 m, O ­ P de 7.65 m, P ­ Q de 9.45 m, Q ­ R de 7.56 m, R ­ S de E E-F 4.00 296210.8694 8706399.2529 8.68 m, S ­ T de 9.32 m, T ­ U de 9.04 m, U ­ V de F F-G 2.29 296214.7691 8706398.3543 7.03 m, V ­ W de 7.49 m, W ­ X de 6.09 m y X ­ Y de 7.62 m. G G-H 3.60 296216.9921 8706397.7870 Por el este: Colinda con propiedad de terceros, en línea quebrada de H H-I 8.08 296219.9546 8706395.7485 02 tramos K ­ L de 23.18 m y L ­ M de 17.53 m. Por el oeste: Colinda con SUB PREDIO RUSTICO CERRO BLANCO 5 U.C 015356 ­ E (U.C 04010), I I-J 9.25 296226.2862 8706390.7362 en línea quebrada de 03 tramos: Y ­ Z de 2.94 m, Z ­ A1 de 13.06 m y A1 ­ A de 9.81 m. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES J JORGE LUIS CHUQUIPUL CONTRERAS PARTIDA REGISTRAL: N° 13588787, perteneciente a la Oficina Registral Lima, Zona Registral N° IX - Sede Lima. K L J-K K-L L-M 3.33 23.18 17.53 296232.9869 296234.6041 296233.1963 8706384.3541 8706381.4462 8706358.3058