Norma Legal Oficial del día 26 de abril del año 2017 (26/04/2017)


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NORMAS LEGALES

Miércoles 26 de abril de 2017 /

El Peruano

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; el artículo 3 de la Ley N° 30045, Ley de Modernización de los Servicios de Saneamiento y el Decreto Legislativo N°.1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al señor Roberto Valentín Durand López como representante de la Asociación Nacional de

Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento del Perú ­ ANEPSSA Perú ante el Consejo Directivo del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento ­ OTASS. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1513187-13

REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE LOS TEXTOS ÚNICOS DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA EN EL PORTAL WEB DEL DIARIO OFICIAL EL PERUANO
De acuerdo a lo dispuesto por los Decretos Legislativos Nos. 1272 y 1310, se comunica a todos los organismos públicos que, para efectos de la publicación de los TUPA y sus modificaciones, en el Portal Web del Diario Oficial El Peruano, deberán tomar en cuenta lo siguiente: 1. La norma que aprueba el TUPA o su modificación, se publicará en la separata de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano (edición impresa), mientras que el Anexo (TUPA o su modificación), se publicará en el Portal Web del Diario Oficial El Peruano. Los organismos públicos, para tal efecto solicitarán por oficio de manera expresa lo siguiente: La publicación de la norma que apruebe el TUPA o su modificación, en la separata de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano (edición impresa). La publicación del Anexo (TUPA o su modificación) en el Portal Web del Diario Oficial El Peruano.

2. a) b)

Asimismo, en el Oficio precisarán que el contenido de los archivos electrónicos que envían para su publicación al correo (normaslegales@editoraperu.com.pe), son auténticos y conforme a los originales que mantienen en sus archivos, de los cuales asumen plena responsabilidad 3. a) b) 4. a) b) c) d) e) f) g) h) 5. 6. Los documentos a publicar se enviarán de la siguiente manera: La norma aprobatoria del TUPA se seguirá recibiendo en físico, conjuntamente con su respectiva versión electrónica; El anexo (TUPA o su modificación) se recibirá exclusivamente en archivo electrónico, mediante correo institucional enviado a normaslegales@editoraperu.com.pe, más no en versión impresa. El archivo electrónico del TUPA deberá cumplir con el siguiente formato: Deberá presentarse en un único archivo electrónico El tamaño del documento en hoja A4. El tipo de letra Arial. El tamaño de letra debe ser no menor a 6 puntos. El interlineado sencillo. Los márgenes de 1.50 cm. en la parte superior, inferior, derecha e izquierda. El Formato del archivo en Word y/o Excel, línea por celda. Todas las hojas deberán indicar en la parte superior al organismo emisor y la norma que aprueba el TUPA. El TUPA se publicará respetando el contenido del archivo electrónico tal como se recibe, de acuerdo a lo expresado en el item 2. Las tarifas para publicar los TUPA se publican en la página WEB del Diario Oficial El Peruano.

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