Norma Legal Oficial del día 08 de septiembre del año 2016 (08/09/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano / Jueves 8 de setiembre de 2016

NORMAS LEGALES

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Dejan sin efecto designaciones y designan representantes del Ministerio ante la Comisión Nacional sobre el Cambio Climático
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 719-2016 MTC/01.02 Lima, 6 de setiembre de 2016 VISTO: El Oficio Múltiple N° 30-2016-MINAM/DVMDERN del Ministerio del Ambiente sobre la designación de representantes ante la Comisión Nacional sobre el Cambio Climático; CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 del Decreto Supremo N° 006-2009-MINAM, establece que la Comisión Nacional sobre el Cambio Climático tiene por función general realizar el seguimiento de los diversos sectores públicos y privados concernidos en la materia, a través de la implementación de la Convención Marco sobre el Cambio Climático, así como el diseño y promoción de la Estrategia Nacional de Cambio Climático, cuyo contenido debe orientar e informar en este tema a las estrategias, planes y proyectos de desarrollo nacionales, sectoriales y regionales; Que, los artículos 4 y 6 del Decreto Supremo N° 006-2009-MINAM, modificado por el Decreto Supremo N° 015-2013-MINAM, establecen que la Comisión Nacional sobre el Cambio Climático estará integrada por representantes, entre otras entidades, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y que la Presidencia de Consejo de Ministros, los ministerios y demás entidades públicas que integran la Comisión Nacional sobre el Cambio Climático designarán a un representante titular, con el nivel de Director General o similar, y uno alterno, mediante Resolución del Titular del Pliego correspondiente; Que, mediante Resolución Ministerial N° 4002012-MTC/02 se designó al Director General de la Dirección General de Asuntos Socio - Ambientales como representante titular del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, ante la Comisión Nacional sobre el Cambio Climático; y, por la Resolución Ministerial N° 6382013-MTC/02, se designó a la ingeniera Sandra Lucía Bazán Velásquez, como representante alterna de este Ministerio ante la referida Comisión Nacional; Que, se debe dejar sin efecto la designación correspondiente al Director General de Asuntos Socio Ambientales dispuesta por la Resolución Ministerial N° 400-2012-MTC/02, así como, la designación correspondiente a la ingeniera Sandra Lucía Bazán Velásquez dispuesta por la Resolución Ministerial N° 6382013-MTC/02; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29370, el Decreto Supremo N° 021-2007-MTC y el Decreto Supremo N° 006-2009-MINAM, modificado por el Decreto Supremo N° 015-2013-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dejar sin efecto las designaciones efectuadas mediante las Resoluciones Ministeriales N° 400-2012-MTC/02 y N° 638-2013-MTC/02. Artículo 2.- Designar al Director (a) General de Asuntos Socio Ambientales y al Director (a) de Gestión Ambiental, como representantes titular y alterno, respectivamente, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, ante la Comisión Nacional sobre el Cambio Climático. Artículo 3.- Los representantes del Ministerio designados en el artículo precedente deberán llevar a cabo el encargo encomendado, de conformidad con lo dispuesto en la Directiva N° 001-2007-MTC/09, aprobada mediante Resolución Ministerial N° 001-2007-MTC/09. Artículo 4.- Notificar la presente Resolución Ministerial al Ministerio del Ambiente, a la Comisión Nacional sobre

el Cambio Climático, y a los representantes designados por el artículo 2. Regístrese, comuníquese y publíquese JOSÉ MANUEL HERNÁNDEZ CALDERÓN Ministro de Agricultura y Riego Encargado de la Cartera de Transportes y Comunicaciones 1425974-1

Autorizan viajes de Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil a los EE.UU. y Colombia
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 720-2016 MTC/01.02 Lima, 6 de setiembre de 2016 VISTOS: La solicitud de la empresa PERUVIAN AIR LINE S.A.C., mediante Carta PA GOP N° 537/2016 recibida el 30 de junio del 2016, el Informe N° 574-2016-MTC/12.04 de la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil y el Informe N° 391-2016MTC/12.04 de la Dirección General de Aeronáutica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27619, en concordancia con su norma reglamentaria aprobada por Decreto Supremo N° 0472002-PCM, regula la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, la Ley N° 30372, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, en el numeral 10.1 del artículo 10, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo entre otros casos, los viajes que realicen los inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspección y vigilancia de actividades de aeronáutica civil, los cuales se autorizan mediante resolución del titular de la entidad; Que, la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, prevé que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y en el marco de dicha competencia es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aéreas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronáutico de los explotadores aéreos así como el material aeronáutico que emplean; Que, la empresa PERUVIAN AIR LINE S.A.C. ha presentado ante la autoridad de aeronáutica civil, una solicitud para la evaluación de su personal aeronáutico, acompañando los requisitos establecidos en el Procedimiento N° 05 correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil, previsto en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2002-MTC y sus modificatorias; Que, asimismo, la empresa PERUVIAN AIR LINE S.A.C. ha cumplido con el pago del derecho de tramitación correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administración del Ministerio; por lo que, los costos del viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos; Que, la solicitud presentada por la empresa PERUVIAN AIR LINE S.A.C. ha sido calificada y aprobada por la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio, según se