Norma Legal Oficial del día 01 de noviembre del año 2016 (01/11/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano / Martes 1 de noviembre de 2016

NORMAS LEGALES

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Artículo 2.- Afectación presupuestal Disponer que los gastos que demande el cumplimiento de la presente resolución se ejecutan con cargo al presupuesto del Pliego 165: Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre. Artículo 3.- Equivalencia en moneda nacional Disponer que la equivalencia en moneda nacional sea establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Artículo 4.- Refrendo La presente resolución suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República RICARDO LUNA MENDOZA Ministro de Relaciones Exteriores 1448563-14

funcionarios públicos, modificada por la Ley N.º 28807, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 047-2002PCM y sus modificatorias, la Ley N.º 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 130-2003-RE y sus modificatorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N.° 135-2010-RE; y el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N.º 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Ministro en el Servicio Diplomático de la República Carlos Manuel Vallejo Martell, Director de Protección y Asistencia al Nacional, y del Consejero en el Servicio Diplomático de la República Miguel Ángel Gamarra Malca, Jefe de Departamento de Política Migratoria, de la Dirección de Protección y Asistencia al Nacional, ambos de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, a la ciudad de Asunción, República del Paraguay, del 2 al 4 de noviembre de 2016, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, autorizando la salida del país del 1al 5 de noviembre de 2016; Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0053774 Negociación de Acuerdos Migratorios, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Pasaje Viáticos Aéreo Clase Número por día económica de días US$ US$ 970,00 970,00 370,00 370,00 3+1 3+1 Total Viáticos US$ 1 480,00 1 480,00

Autorizan viaje de funcionarios diplomáticos a Paraguay, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0959/RE-2016 Lima, 27 de octubre de 2016

Nombres y Apellidos

VISTA: La Nota VMAAT/DGCA/N.° 299/2016, de fecha 12 de octubre de 2016, de la Dirección General de Asuntos Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Paraguay, país que ejerce la Presidencia Pro Témpore de la Conferencia Suramericana sobre Migraciones (CSM), mediante la cual ha invitado a nuestro país a participar en la XVI Reunión de la citada Conferencia, que tendrá lugar en la ciudad de Asunción, República del Paraguay, del 3 al 4 de noviembre de 2016; CONSIDERANDO: Que, la referida Conferencia Suramericana sobre Migraciones (CSM), se desarrollará bajo el lema "Hacia el libre tránsito" e incluirá el tratamiento de temas relativos al Seguimiento del Plan Suramericano de Desarrollo Humano de las Migraciones (PSDHM), las migraciones y los procesos de integración regional, el fortalecimiento de la gestión migratoria y la proyección internacional de la región suramericana; Que, la XV Conferencia Suramericana sobre Migraciones (CSM), también permitirá el debate de importantes temas de la agenda migratoria regional como la regularización migratoria, la trata y el tráfico de migrantes, migración y género y las remesas de los migrantes; Que, el 2 de noviembre de 2016, se ha programado una reunión de Jefes de Delegación para la aprobación de la agenda de la XVI CSM; Que, considerando la importancia de los temas a tratar, se estima necesaria la participación de funcionarios de la Dirección de Protección y Asistencia al Nacional, de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, a fin de dar debido seguimiento diplomático y político del tema; Teniendo en cuenta las Hojas de Trámite (GAC) N.° 3866 y N.° 3957, ambas del Despacho Viceministerial, de 18 y 26 de octubre de 2016, respectivamente; y la Memoranda (DGC) N.° DGC1067/2016 y N.° DGC1104/2016, ambas de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, de 18 y 26 de octubre de 2016, respectivamente; y (OPR) N.° OPR0311/2016, de la Oficina de Programas y Presupuesto, de 27 de octubre de 2016, que otorga la certificación de crédito presupuestal correspondiente; De conformidad con la Ley N.º 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y
Carlos Manuel Martell Vallejo

Miguel Ángel Gamarra Malca

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, los citados funcionarios diplomáticos deberán presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese RICARDO LUNA MENDOZA Ministro de Relaciones Exteriores 1448237-1

SALUD
Rectifican el error material incurrido en la R.M. N° 755-2016/MINSA
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 854-2016/MINSA Lima, 28 de octubre del 2016 Visto, el Expediente Nº 16-094399-001, que contiene el Memorando N° 1954-2016-OGRH-OARH-EIE/MINSA, de la Oficina General de Recursos Humanos; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 755-2016/ MINSA de fecha 29 de setiembre de 2016 se dio por concluida la asignación de funciones de la licenciada en comunicación social Conny Cindy Campos Salazar, efectuada mediante Resolución Ministerial N° 097-2016/MINSA; Que, mediante documento del visto, la Oficina General de Recursos Humanos señala que se incurrió en error