Norma Legal Oficial del día 20 de julio del año 2016 (20/07/2016)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Miércoles 20 de julio de 2016

NORMAS LEGALES

593573

Ambiente, en la misma fecha de publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL PULGAR-VIDAL OTÁLORA Ministro del Ambiente 1406469-2

Artículo 2.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fin que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5 de la Ley N° 27856, modificada por Ley Nº 28899 y Ley Nº 30209. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAKKE VALAKIVI ALVAREZ Ministro de Defensa

DEFENSA
Autorizan ingreso al territorio nacional de personal militar de EE.UU.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 738-2016-DE/SG Lima, 19 de julio de 2016 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nro. 550, del 13 de julio de 2016, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, con Oficio Nº 3793 CCFFAA/CIOEC/SG, del 15 de julio de 2016, el Secretario General del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, el referido personal militar ingresará a territorio de la República, del 20 de julio de 2016 al 20 de febrero de 2017, con la finalidad de proveer entrenamiento al personal del Ejército del Perú y sostener reuniones con personal del Comando de Inteligencia y Operaciones Especiales Conjuntas de las Fuerzas Armadas del Perú; Que, el artículo 5 de la Ley N° 27856, Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República1, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especificar los motivos, la cantidad de personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Secretaría General del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899 y la Ley Nº 30209; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, a cuatro (04) militares de los Estados Unidos de América, del 20 de julio de 2016 al 20 de febrero de 2017, con la finalidad de proveer entrenamiento al personal del Ejército del Perú y sostener reuniones con personal del Comando de Inteligencia y Operaciones Especiales Conjuntas de las Fuerzas Armadas del Perú.
1 Modificado por el artículo único de la Ley Nº 28899 y por el artículo único de la Ley Nº 30209

1406316-1

ENERGIA Y MINAS
Otorgan autorización a Infraestructura y Energías del Perú S.A.C. para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en central térmica ubicada en el distrito de Yarinacocha, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 288-2016-MEM/DM Lima, 13 de julio de 2016 VISTO: El Expediente Nº 33362415, organizado por INFRAESTRUCTURAS Y ENERGÍAS DEL PERÚ S.A.C., persona jurídica inscrita en la Partida Nº 11090506 del Registro de Personas Jurídicas de la Zona Registral Nº VI - Sede Pucallpa de la Oficina Registral de Pucallpa, sobre solicitud de otorgamiento de autorización para generación de energía eléctrica; CONSIDERANDO: Que, mediante documento con Registro Nº 2512276 de fecha 01 de julio de 2015, INFRAESTRUCTURAS Y ENERGÍAS DEL PERÚ S.A.C. ha solicitado autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la futura Central Térmica Reserva Fría Planta Pucallpa, con una potencia instalada de 45,7 MW, ubicada en el distrito de Yarinacocha, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali, cuyas coordenadas UTM figuran en el Expediente; Que, la petición se ampara en las disposiciones contenidas en el artículo 38 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y, en el artículo 67 de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 00993-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentación; Que, mediante Resolución Directoral Nº 303-2014MEM/DGAAE de fecha 09 de octubre de 2014, la Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos del Ministerio de Energía y Minas, aprobó el Estudio de Impacto Ambiental del proyecto "Reserva Fría de Generación Planta Pucallpa"; Que, mediante documento COES/D/DP-1449-2015 de fecha 08 de setiembre de 2015, el Comité de Operación Económica del Sistema ­ COES, otorgó la conformidad al Estudio de Pre Operatividad de la Central Térmica Pucallpa - Reserva Fría de 40 MW; Que, mediante Carta GG Nº 391-2016 con Registro Nº 2581568 de fecha 23 de febrero de 2016, INFRAESTRUCTURAS Y ENERGÍAS DEL PERÚ S.A.C. informó que mediante Carta Nº GG254-2015 con Registro Nº 2545464, solicitó al Ministerio de Energía y Minas la