Norma Legal Oficial del día 02 de julio del año 2016 (02/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Sábado 2 de julio de 2016

NORMAS LEGALES

591501

aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2013-MC, corresponde al Ministerio de Cultura promover el acceso al Patrimonio Material e Inmaterial de la Nación; Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 4692015-MC, de fecha 29 de diciembre de 2015, modificada con Resolución Ministerial N° 114-2016-MC de fecha 18 de marzo de 2016, se aprobó el Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad del Ministerio de Cultura para el Ejercicio Fiscal 2016, el cual entre otros, contiene los valores del boletaje de ingreso a los Museos a nivel nacional; Que, el artículo 34 de la Ley Nº 29408, Ley General de Turismo, establece que, con el objeto de promover el turismo interno, las autoridades competentes pueden establecer en determinados periodos tarifas promocionales para el ingreso a las áreas naturales protegidas o a los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación, las cuales deben ser comunicadas al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ­ MINCETUR o al Órgano Regional competente para su difusión; Que, asimismo el numeral 32.2 del artículo 32 del Decreto Supremo N° 003-2010-MICETUR dispone que el Instituto Nacional de Cultura (hoy Ministerio de Cultura) y demás entidades públicas encargadas de la administración de los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación vinculados a la actividad turística, así como las entidades encargadas de la administración de las áreas naturales de alcance nacional o regional, deben comunicar al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo las tarifas promocionales a que se refiere el artículo 34 de la Ley citada en el considerando precedente, cuando menos con quince (15) días calendario de anticipación a la fecha de inicio de las campañas de difusión de dichas tarifas, indicando sus condiciones y periodo de vigencia; Que, mediante Informe N° 066-2016-DE-UE005PENL-VMPCIC-MC de fecha 13 de junio de 2016, el Director Ejecutivo del Proyecto Especial Naylamp Lambayeque, remite la solicitud efectuada por el Director del Museo Arqueológico Nacional Brüning, para que se disponga el ingreso libre a dicho museo el día 08 de julio, en el marco del programa de actividades de celebración del nonagésimo quinto aniversario del mismo; Que, a través del Informe N° 000175-2016/DGM/ VMPCIC/MC, de fecha 20 de junio de 2016, la Dirección General de Museos brinda su conformidad a la solicitud de facilitar el ingreso libre al Museo Arqueológico Nacional Brüning el día 08 de julio de 2016, en el marco de las actividades de celebración del aniversario de dicho museo, a fin de motivar el interés de la población y celebrar dicho acontecimiento como un acto de promoción cultural; Que, bajo ese contexto y siendo atribución del Ministerio de Cultura, disponer acciones para fomentar el acceso a la cultura y difundir la expresión de nuestra identidad nacional, resulta conveniente establecer una tarifa promocional de S/. 0.00 (Cero Soles), que permita el ingreso libre al Museo Arqueológico Nacional Brüning el día 08 de julio de 2016, debiéndose además comunicar dicha disposición al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; Con el visado del Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, de la Secretaria General, del Director General de la Dirección General de Museos y de la Directora General designada temporalmente de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29565, que crea el Ministerio de Cultura; la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0112006-ED; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer el ingreso libre al Museo Arqueológico Nacional Brüning el día 08 de julio de 2016, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- La Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial Naylamp - Lambayeque en coordinación con

la Dirección del Museo Arqueológico Nacional Brüning dispondrán las acciones correspondientes, para el cumplimiento de lo establecido en la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. DIANA ALVAREZ-CALDERÓN Ministra de Cultura 1398784-1

DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Designan funcionaria responsable de remitir ofertas de empleo del Programa Nacional Cuna Más al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 653-2016-MIDIS/PNCM Lima, 16 de junio del 2016 VISTO El Informe N° 001-2016-MIDIS/PNCM/URH, de fecha 14 de junio de 2016, emitido por la Unidad de Recursos Humanos del Programa Nacional Cuna Mas; CONSIDERANDO: Que, con fecha 28 de junio de 2008, se publicó en el Diario Oficial El Peruano, el Decreto Legislativo N° 1057 que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios; Que, con fecha 25 de noviembre de 2008, se publicó en el Diario Oficial El Peruano, el Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1057, que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios; Que, con fecha 27 de julio de 2011, se publicó en el Diario Oficial El Peruano, el Decreto Supremo Nº 0652011-PCM que establece modificaciones al Reglamento del Régimen de Contratación Administrativa de Servicios; Que, mediante Resolución Ministerial N° 122-2016-MIDIS, de fecha 10 de junio de 2016, se aprobó el Manual de Operaciones del Programa Nacional Cuna Mas, derogándose la Resolución Ministerial N° 175-2012-MIDIS; Que, mediante Memorándum N° 236-2016-MIDIS/ PNCM/DE, de fecha 13 de junio de 2016, se encargó las funciones de Jefa (e) de la Unidad de Recursos Humanos a la servidora Nilza Borda Luna; Que, el Decreto Supremo 012-2004-TR, por el que se dictan disposiciones reglamentarias de la Ley Nº 27736, referente a la transmisión radial y televisiva de ofertas laborales del sector público y privado, precisa que todo organismo público y empresa del Estado está obligada al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo las ofertas de puestos públicos que tengan previsto concursar; Que, conforme lo dispuesto por el artículo 2° de la norma referida en el considerando precedente, los organismos públicos y empresas del Estado, designarán al funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la entidad. Dicha designación se debe realizar mediante resolución del titular de la entidad publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 346-2016-MIDIS/PNCM, de fecha 17 de marzo de 2016, se designó al señor Victor Emilio Romero Herbozo, como el servidor responsable de remitir las ofertas de empleo del Programa al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, mediante el Informe N° 001-2016-MIDIS/ PNCM/URH, de fecha 14 de junio de 2016, la Unidad de Recursos Humanos del Programa señala que en mérito al Memorándum N° 236-2016-MIDIS/PNCM/DE y al literal c) del artículo 19 del Manual de Operaciones del Programa Nacional Cuna Mas que indica que la Unidad de Recursos