Norma Legal Oficial del día 29 de enero del año 2016 (29/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES

Viernes 29 de enero de 2016 /

El Peruano

Que, respecto a la información que debe contener la declaración de interés, conforme a lo señalado en el artículo 17 del Decreto Supremo N° 020.2008-AG, es: a) Un resumen del proyecto contenido en la iniciativa privada, que comprende: (i) Objeto y alcance del proyecto de inversión; (ii) Bienes sobre los cuales se desarrollará el proyecto; (iii) Monto referencial de la inversión; (iv) Cronograma propuesto del proyecto de inversión; (v) Forma de retribución propuesta; b) Elementos esenciales del proyecto de contrato, de acuerdo a los criterios que establezca el Organismo Promotor de la Inversión Privada; c) Garantías de fiel cumplimiento de las obligaciones contractuales; d) Requisitos de precalificación del Concurso de proyectos que se convoque; e) Factor de competencia del Concurso de Proyectos que se convoque; f) Modelo de la carta de expresión de interés y modelo de la carta fianza a presentar por terceros interesados en la ejecución del proyecto Que Mediante Informe Legal Nº 771-2015-GR.LAMB/ ORAJ, de fecha 03 de Diciembre del 2015 el Jefe de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica de la Sede del Gobierno Regional de Lambayeque, emite opinión favorable considerando que es PROCEDENTE que el Consejo Regional a través de un Acuerdo Regional, declare de interés la Iniciativa Privada denominada "Proyecto de Irrigación para el Cultivo de Maíz en el Fundo Caña Cruz Alto" propuesto por el señor Amarildo Roberto Samame Leyva, en representación del Consorcio Agronegocios del Norte Peruano ­ CANNP, el mismo que cumple con los requisitos establecidos en el artículo 16 y artículo 17 del Decreto Supremo N° 0202008-AG, Reglamento del Decreto Legislativo N° 994 que promueve la inversión privada en proyectos de irrigación para la ampliación de la frontera agrícola Que, en el Dictamen Nº 005-2015-GR.LAMB/CPTICI se señala como conclusión las siguientes: "1. Que, lo solicitado por la Gobernación Regional respecto a la Solicita aprobación de la propuesta sobre Iniciativa Privada denominada "Proyecto de Irrigación para el Cultivo de Maíz en el Fundo Caña Cruz Alto", es viable y está amparado en la Ley. 2.- La iniciativa Privada denominada "Proyecto de Irrigación para el Cultivo de Maíz en el Fundo Caña Cruz Alto" propuesto por el señor Amarildo Roberto Samame Leyva, en representación del Consorcio Agronegocios del Norte Peruano ­ CANNP, cumple con los requisitos establecidos en el artículo 16° y artículo 17° del Decreto Supremo N° 020-2008-AG. 3.- Es procedente que el Consejo Regional del Gobierno Regional de Lambayeque, conforme a sus competencias establecidas en el artículo 37 inciso a) de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales DECLARE de INTERES la Iniciativa Privada denominada "Proyecto de Irrigación para el Cultivo de Maíz en el Fundo Caña Cruz Alto", es viable y está amparado en la Ley" Que, asimismo, el Dictamen Nº 005-2015-GR.LAMB/ CPTICI recomienda lo siguiente: "1. DECLARAR de Interés la Iniciativa Privada "Proyecto de Irrigación para el Cultivo de Maíz en el Fundo Caña Cruz Alto", propuesta por el señor Amarildo Roberto Samame Leyva, en representación del Consorcio Agronegocios del Norte Peruano ­ CANNP. 2. APROBAR el contenido de los anexos sobre de Interés la Iniciativa Privada "Proyecto de Irrigación para el Cultivo de Maíz en el Fundo Caña Cruz Alto". 3. APROBAR el presente Dictamen.". Que, el artículo 49º del Reglamento Interno del Consejo Regional de Lambayeque establece: "Los dictámenes son documentos que contienen una exposición fundamentada, precisa y clara, de los estudios que realizan las comisiones del Consejo Regional sobre las proposiciones de ordenanzas o acuerdos que son sometidos a su conocimiento. Los dictámenes deben contener las conclusiones y recomendaciones derivadas de dicho estudio. Que, de conformidad con el Artículo 39° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional.

Por lo que, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 37°, inciso a) de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, de conformidad con los considerandos expuestos, y en atención a lo aprobado por Mayoría por el Consejo Regional en su Sesión Extraordinaria de fecha 18.DIC.2015; SE ACUERDA: Artículo Único.- APROBAR el dictamen Nº 0052015-GR.LAMB/CPTICI, con las conclusiones y recomendaciones que contiene, respecto a la propuesta de la Iniciativa Privada denominada "Proyecto de Irrigación para el Cultivo de Maíz en el Fundo Caña Cruz Alto" . Registrese, comuniquese y cumplase. RAUL VALENCIA MEDINA Consejero Delegado Consejo Regional MIGUEL ARTURO BAZAN ZARATE Consejero Delegado Consejo Regional DECLARATORIA DE INTERÉS REGIONAL INICIATIVA PRIVADA PERFIL: "PROYECTO DE IRRIGACIÓN PARA EL CULTIVO DE MAÍZ EN EL FUNDO CAÑA CRUZ ALTO" FUNDO "CAÑA CRUZ ALTO" LA COMPUERTA OYOTUN C O N S O R C I O AGRONEGOCIOS DEL NORTE PERUANO ­ CANNP. ROBERTO

LUGAR: SECTOR: DISTRITO: PROPONENTE:

REPRESENTANTE: AMARILDO SAMAME LEYVA CONTENIDO I.- RESUMEN DEL PROYECTO

1.1- OBJETO Y ALCANCE DEL PROYECTO 1.2- BIENES SOBRE LOS CUALES SE DESARROLLA EL PROYECTO 1.3- MONTO REFERENCIAL DE LA INVERSION 1.4- CRONOGRAMA PROPUESTO DEL PROYECTO DE INVERSION 1.5- FORMA DE RETRIBUCION PROPUESTA II.- ELEMENTOS ESENCIALES DEL PROYECTO DE CONTRATO III.- GARANTIAS DE FIEL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES CONTRACTUALES IV.- REQUISITOS DE PRECALIFICACION DEL CONCURSO DE PROYECTOS V.- FACTOR DE COMPETENCIA DEL CONCURSO DEL PROYECTO VI.- MODELO DE CARTA DE EXPRESION DE INTERES VII.- MODELO DE CARTA FIANZA I.- RESUMEN DEL PROYECTO El proyecto está conformado por dos componentes interrelacionados cuya finalidad redunda en la ampliación de la frontera agrícola del ámbito local de Oyotún, y Regional de Lambayeque, en 285.4089 Hás. El primer componente está referido a la inversión en infraestructura hidráulica, con la perforación de pozos tubulares que permitan el aprovechamiento de aguas subterráneas previamente identificadas, así como la construcción de un reservorio y la instalación de riego tecnificado por goteo. Adicionalmente, considera inversiones en saneamiento de la propiedad y habilitación del área del proyecto.