Norma Legal Oficial del día 26 de enero del año 2016 (26/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano / Martes 26 de enero de 2016

NORMAS LEGALES

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para el bienestar físico, psicológico, social y económico del ser humano, a fin de mejorar de esta manera el nivel, estándar y la calidad de vida de los Asentamientos Humanos garantizando el respeto de los derechos, la protección y el mejoramiento del ser humano, por lo que las constancias de posesión son exclusivamente para los fines a que se refiere la norma señalada, reiterando que tendrán una vigencia sólo hasta la efectiva instalación de los servicios básicos; Que, el Proyecto de Ordenanza permitirá atender y emitir las respectivas constancias de posesión en beneficio y apoyo de los vecinos de la jurisdicción, garantizando de esta manera el respeto de los derechos, la protección y el mejoramiento de la calidad de vida del ser humano, por lo que las constancias de posesión son exclusivamente para los fines a que se refiere la norma señalada, teniendo vigencia sólo hasta la efectiva instalación de los servicios básicos, sin que ello deje de lado el cumplimiento técnico por parte de los administrados, previo a expedir la documentación correspondiente de ser el caso; Que, con Informe N° 025-2016-SGPUCOPHU-GDU/ MVMT de la Sub Gerencia de Planeamiento Urbano, Catastro, Obras Privadas y Habilitaciones Urbanas, reformula el proyecto de Ordenanza Régimen Excepcional que regula el Procedimiento para la Expedición de la Constancia de Posesión Especial, Visación de Planos Especial, de Uso Exclusivo para la Factibilidad de Acceso de Dotación de Servicios Básicos para los Pobladores del Distrito de Villa María del Triunfo; Que, mediante Informe Legal Nº 012-2015GAJ/MVMT, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina favorablemente por la aprobación del referido Proyecto de Ordenanza por considerar que el mismo se encuentra enmarcado dentro de las funciones y competencias exclusivas de la Municipalidad, por lo que es atribución del Concejo Municipal la aprobación de Ordenanzas, ello de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, en atención al artículo 79º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley 27972 es competencia de las Municipalidades la organización del espacio físico y uso del suelo, ello concordante con el artículo 80º de la norma acotada, la misma que establece la reglamentación del servicio de agua potable, alcantarillado y desagüe; Que, de conformidad con el artículo 9 inciso 8) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, corresponde al Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; Estando a los considerandos precedentes, teniéndose los informes favorables de la Gerencia de Desarrollo Urbano, Sub Gerencia de Planeamiento Urbano, Catastro, Obras Privadas y Habilitaciones Urbanas, Gerencia de Asesoría Jurídica, y el Dictamen Favorable de la Comisión de Desarrollo Urbano del Concejo Municipal de Villa María del Triunfo; y, en uso de las facultades conferidas por el artículo 9°, y artículo 40° de la Ley N° 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades; el Concejo Municipal, con el Voto UNÁNIME del Pleno del Concejo Municipal, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE ESTABLECE EL RÉGIMEN EXCEPCIONAL QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO PARA LA EXPEDICIÓN DE LA CONSTANCIA DE POSESIÓN ESPECIAL , VISACIÓN DE PLANOS ESPECIAL Y MEMORIA DESCRIPTIVA, DE USO EXCLUSIVO PARA FACTIBILIDAD DE ACCESO DE DOTACIÓN DE SERVICIOS BÁSICOS, PARA LOS POBLADORES DEL DISTRITO DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Artículo Primero.- APROBAR la Ordenanza Municipal que establece el Régimen Excepcional que regula el Procedimiento para la Expedición de la Constancia de Posesión Especial , Visación de Planos Especial y Memoria Descriptiva, de Uso Exclusivo para Factibilidad de Acceso de Dotación de Servicios Básicos, para los pobladores del Distrito de Villa María del Triunfo; el mismo que consta de 02 Títulos, 11 artículos, 05 Disposiciones Complementarias y Finales; el cual forma parte integrante de la presente Ordenanza, los mismos que deberán publicarse en su integridad en la página web de la Municipalidad de Villa María del Triunfo y el presente texto aprobatorio en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Desarrollo Social y Gerencia de Administración y Gerencia de Planeamiento, el desarrollo de las acciones correspondientes a fin de Implementar las acciones para el cumplimiento de la presente Ordenanza Artículo Tercero.- Déjese sin efecto cualquier norma o disposición que se oponga o contradiga a la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- La presente norma entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS A.PALOMINO ARIAS Alcalde 1337832-1

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHONTABAMBA
Aprueban la Estructura Orgánica, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el Cuadro de Asignación de Personal Provisional (CAP) de la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 012-2015-MDCH Chontabamba, 20 de noviembre de 2015 EL CONCEJO CHONTABAMBA POR CUANTO: El Concejo Municipal Distrital de Chontabamba, en Sesión Ordinaria de Concejo Nº 022-2015, de fecha 20 de noviembre del año 2015; VISTO: La Carta Nº 05-2015-CONSULTORIA-MDCH, de fecha 12 de noviembre del 2015, presentado por el CPC Oscar Díaz Quispe; Informe Nº 0399-2015-DRRHH/ OAF/MDCH, Jefe del Departamento de Recursos Humanos; Informe Nº 361-2015-OPP-JCMÑ/MDCH, Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; Informe Nº 100-2015-MDCH-BQM/ALE, Jefe de la Oficina de Asesoría Legal Externa; Registro Externo Nº 2500-2015, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley Nº 28607, Ley de Reforma de los Artículos 91º, 191º y 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en su Artículo 40º establece que las ordenanzas son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administrativa y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 001-2012MDCH, de fecha de publicación 23 de enero del 2012 la Municipalidad Distrital de Chontabamba modifica la Estructura Orgánica y Reglamento de Organización y Funciones (ROF), aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 006-2011-MDCH; MUNICIPAL DISTRITAL DE