Norma Legal Oficial del día 21 de diciembre del año 2016 (21/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano / Miércoles 21 de diciembre de 2016

NORMAS LEGALES

607163

"Artículo 1.- Designar a la Dirección General de Políticas y Desarrollo Pesquero del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura, así como a la Dirección General de Políticas y Regulación del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, para la evaluación de las solicitudes de acogimiento al Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, según corresponda" Artículo 2.- Comunicación Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada ­ PROINVERSION, en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles, contados a partir de su emisión. Artículo 3.- Publicación La presente Resolución Ministerial será publicada en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www. produce.gob.pe) en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE Ministro de la Producción 1465398-2

Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, y de la Ley Nº 30372 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorización de pago de cuotas Autorizar al Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI a efectuar los pagos de las cuotas internacionales comprendidas en la Ley de Presupuesto N° 30372 correspondientes al año 2016, de acuerdo al siguiente detalle:
PLIEGO PRESUPUESTARIO MONTO (En soles) 38 287.00 PERSONA JURÍDICA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL-OMPI INTERNATIONAL ASSOCIATION OF INSOLVENCY REGULATORS-IAIR CONVENIO INTERNACIONAL PARA LA PROTECCIÓN DE LAS OBTENCIONES VEGETALES-UPOV COMITÉ DE COMPETENCIA DE LA ORGANIZACIÓN PARA LA COOPERACIÓN Y EL DESARROLLO ECONÓMICO -OECD

RELACIONES EXTERIORES
Autorizan al INDECOPI efectuar pagos de cuotas internacionales a diversas personas jurídicas
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 273-2016-RE Lima, 18 de diciembre de 2016 VISTA: La Carta N° 735-2016/PRE-INDECOPI, de 28 de noviembre de 2016, del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, mediante el cual solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la emisión de la resolución suprema que autorice el pago de diversas cuotas; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30372 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se aprobó el "Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2016", donde se detallan las entidades y montos que corresponden a cuotas internacionales a ser otorgadas durante el año fiscal 2016, Que, de conformidad con el inciso 1.3 del artículo 1 la Ley Nº 30372 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, las cuotas internacionales no contempladas en el referido Anexo se sujetan a lo establecido en el artículo 67 de la Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Que, de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, las cuotas se pagan con cargo al presupuesto institucional de cada una de las entidades del sector público, previa aprobación de la resolución suprema refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores; Que, en el presupuesto del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, se han previsto recursos para el pago de diversas cuotas, conforme el detalle que se consigna en la presente resolución, a fin de autorizar los respectivos pagos;

183: Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual

5 139.00

36 045.00

42 660.00

Artículo 2.- Autorización de pago de cuotas Autorizar al Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI a efectuar el pago de la cuota internacional no comprendida en la Ley de Presupuesto N° 30372 correspondientes al año 2016, de acuerdo al siguiente detalle:
PLIEGO PRESUPUESTARIO 183: Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual MONTO (En soles) PERSONA JURÍDICA

42 660.00

COMITÉ DE CONSUMIDOR DE LA ORGANIZACIÓN PARA LA COOPERACIÓN Y EL DESARROLLO ECONÓMICO-OECD

Artículo 3.- Afectación presupuestal Disponer que los gastos que demande el cumplimiento de la presente resolución se ejecutan con cargo al presupuesto del Pliego 183: Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual. Artículo 4.- Equivalencia en moneda extranjera Disponer que la equivalencia en moneda extranjera sea establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Artículo 5.- Refrendo La presente resolución suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República RICARDO LUNA MENDOZA Ministro de Relaciones Exteriores 1465764-4