Norma Legal Oficial del día 25 de abril del año 2016 (25/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Lunes 25 de abril de 2016

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 007-2014-SA, se aprobó el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1156, que dicta medidas destinadas a garantizar el servicio público de salud en los casos en que exista un riesgo elevado o daño a la salud y la vida de las poblaciones o la existencia de un evento que interrumpa la continuidad de los servicios de salud, en el ámbito Nacional, Regional o Local; Que, en virtud al artículo 1 del Decreto Supremo N° 015-2015-SA, se incorporó al Reglamento del Decreto Legislativo N° 1156, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2014-SA, el "Capítulo VIII - DEL COMITÉ INTERGUBERNAMENTAL DE EMERGENCIA SANITARIA", estableciéndose en sus artículos 27, 28 y 29 que dicho Comité Intergubernamental se encuentra encargado de articular una respuesta conjunta entre la autoridad sanitaria nacional y los gobiernos regionales frente a cada situación de emergencia sanitaria declarada por Decreto Supremo; así también, se señala que el Comité Intergubernamental de Emergencia Sanitaria está adscrito al Ministerio de Salud y está conformado por el Alto Comisionado Sanitario del Ministerio de Salud quien lo presidirá y por un representante del Ministerio de Salud, entre otros, que serán designados mediante Resolución Ministerial; Que, por Decreto Supremo N° 014-2016-SA, se declaró en emergencia sanitaria, por el plazo de noventa (90) días calendario, a los departamentos de Ancash, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huánuco, Junín, La Libertad, Lambayeque, Loreto, Madre de Dios, Piura, San Martín, Tumbes y Ucayali, debido a la diseminación del dengue y otras arbovirosis en las zonas con epidemia, así como por el alto riesgo para la salud pública; Que, con Informe N° 478 -2016-OGAJ/MINSA, la Oficina General de Asesoría Jurídica ha emitido la opinión legal correspondiente; Que, es necesario emitir el acto resolutivo que designe al Alto Comisionado Sanitario del Ministerio de Salud, quien presidirá el Comité Intergubernamental de Emergencia Sanitaria en el departamento de La Libertad y el Comité Intergubernamental de Emergencia Sanitaria en el departamento de Lambayeque, declarada mediante Decreto Supremo N° 014-2016-SA, así como a los representantes del Ministerio de Salud ante dichos Comités Intergubernamentales; Estando a lo propuesto por el Despacho Viceministerial de Salud Pública; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud y del Viceministro de Salud Pública; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en el Decreto Legislativo N° 1156 que dicta medidas destinadas a garantizar el servicio público de salud en los casos en que exista un riesgo elevado o daño a la salud y la vida de las poblaciones; en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2016SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al médico cirujano Constantino Severo Vila Córdova, como Alto Comisionado Sanitario del Ministerio de Salud, quien presidirá los Comités Intergubernamentales de Emergencia Sanitaria en los departamentos de La Libertad y Lambayeque, declarada por el Decreto Supremo N° 014-2016-SA. Artículo 2.- Designar a la licenciada en enfermería Rosa Capristan Carhuapoma, Asesora de Enlace Regional de La Libertad, como representante del Ministerio de Salud ante el Comité Intergubernamental de Emergencia Sanitaria en el departamento de La Libertad, declarada por el Decreto Supremo N° 0142016-SA. Artículo 3.- Designar a la Obstetra Ana María Quiñones Vasquez, Asesora de Enlace Regional de Lambayeque, como representante del Ministerio de

Salud ante el Comité Intergubernamental de Emergencia Sanitaria en el departamento de Lambayeque, declarada por el Decreto Supremo N° 014-2016-SA. Artículo 4.- Disponer que la presente Resolución Ministerial se notifique a los profesionales designados. Artículo 5.- Disponer que la Oficina General de Comunicaciones publique la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Salud en la dirección electrónica: http://www.minsa.gob.pe/ transparencia/index.asp?op=115. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA Ministro de Salud 1371859-4 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 278-2016/MINSA Lima, 21 de abril del 2016 Visto, el Expediente N° 16-040452-001, que contiene el Memorándum N° 148-2016-DVM-SP/MINSA; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 007-2014-SA, se aprobó el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1156, que dicta medidas destinadas a garantizar el servicio público de salud en los casos en que exista un riesgo elevado o daño a la salud y la vida de las poblaciones o la existencia de un evento que interrumpa la continuidad de los servicios de salud, en el ámbito Nacional, Regional o Local; Que, en virtud al artículo 1 del Decreto Supremo N° 015-2015-SA, se incorporó al Reglamento del Decreto Legislativo N° 1156, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2014-SA, el "Capítulo VIII - DEL COMITÉ INTERGUBERNAMENTAL DE EMERGENCIA SANITARIA", estableciéndose en sus artículos 27, 28 y 29 que dicho Comité Intergubernamental se encuentra encargado de articular una respuesta conjunta entre la autoridad sanitaria nacional y los gobiernos regionales frente a cada situación de emergencia sanitaria declarada por Decreto Supremo; así también, se señala que el Comité Intergubernamental de Emergencia Sanitaria está adscrito al Ministerio de Salud y está conformado por el Alto Comisionado Sanitario del Ministerio de Salud quien lo presidirá y por un representante del Ministerio de Salud, entre otros, que serán designados mediante Resolución Ministerial; Que, por Decreto Supremo N° 014-2016-SA, se declaró en emergencia sanitaria, por el plazo de noventa (90) días calendario, a los departamentos de Ancash, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huánuco, Junín, La Libertad, Lambayeque, Loreto, Madre de Dios, Piura, San Martín, Tumbes y Ucayali, debido a la diseminación del dengue y otras arbovirosis en las zonas con epidemia, así como por el alto riesgo para la salud pública; Que, con Informe N° 478-2016-OGAJ/MINSA, la Oficina General de Asesoría Jurídica ha emitido la opinión legal correspondiente; Que, es necesario emitir el acto resolutivo que designe al Alto Comisionado Sanitario del Ministerio de Salud, quien presidirá el Comité Intergubernamental de Emergencia Sanitaria en el departamento de Tumbes y el Comité Intergubernamental de Emergencia Sanitaria en el departamento de Piura, declarada mediante Decreto Supremo N° 014-2016-SA, así como a los representantes del Ministerio de Salud ante dichos Comités Intergubernamentales; Estando a lo propuesto por el Despacho Viceministerial de Salud Pública; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud y del Viceministro de Salud Pública; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en el Decreto