Norma Legal Oficial del día 04 de septiembre del año 2015 (04/09/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Viernes 4 de setiembre de 2015

NORMAS LEGALES

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autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, los recursos solicitados no han sido autorizados en la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, por lo que, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas de la Reserva de Contingencia del pliego Ministerio de Economía y Finanzas hasta por la suma de TRES MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS VEINTINUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 864 529,00), a favor del pliego: 241 Instituto Tecnológico de la Producción - ITP, para ser destinado a financiar el inicio de la ejecución del proyecto de inversión pública denominado "Creación de Servicios Tecnológicos en la cadena productiva de cuero y calzado, distrito El Porvenir, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad"; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de TRES MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS VEINTINUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 864 529,00), a favor del pliego 241: Instituto Tecnológico de la Producción - ITP, para financiar el inicio de la ejecución del proyecto de inversión pública denominado: "Creación de Servicios Tecnológicos en la cadena productiva de cuero y calzado, distrito El Porvenir, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad", conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: En Nuevos Soles

la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado instruirá a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requiera, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los tres días del mes de setiembre del año dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas 1283317-1

SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.0 Reserva de Contingencia TOTAL EGRESOS A LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA 3 864 529,00 -----------------3 864 529,00 ========== ACTIVIDAD

Autorizan Transferencia de Partidas a favor del pliego Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida Sin Drogas (DEVIDA) en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015
DECRETO SUPREMO Nº 246-2015-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA: CONSIDERANDO:

En Nuevos Soles : Gobierno Central 241 : Instituto Tecnológico Producción - ITP 001 : Instituto Tecnológico Producción - ITP Productivo de de de la la las

PROGRAMA PRESUPUESTAL 0093 : Desarrollo Empresas PROYECTO

2275669 : Creación de Servicios Tecnológicos en la cadena productiva de cuero y calzado, distrito El Porvenir, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad 1 : Recursos Ordinarios 3 864 529,00 -----------------3 864 529,00 ==========

FUENTE DE FINANCIAMIENTO

GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros TOTAL EGRESOS

Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueba mediante Resolución,

Que, mediante Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, se aprobó, el presupuesto institucional del pliego 007 Ministerio del Interior; Que, laSexagésima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, autoriza al Ministerio del Interior, durante el año fiscal 2015, a efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, a favor de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida Sin Drogas (DEVIDA), hasta por el monto de VEINTIDÓS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 22 000 000,00), como apoyo a la Dirección de Operaciones del Proyecto Especial de Control y Reducción de Cultivos Ilegales en el Alto Huallaga, para evitar la resiembra y expansión de nuevos cultivos ilegales de hoja de coca, así como para la ejecución del Programa de Responsabilidad Social Comunitaria en las comunidades afectadas por la producción y tráfico ilícito de drogas, en el marco de la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas 20122016; asimismo, señala que las referidas modificaciones presupuestarias se aprueban mediante Decreto Supremo, refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro del Interior, a propuesta de este último; Que, la Trigésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector