Norma Legal Oficial del día 13 de noviembre del año 2015 (13/11/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano / Viernes 13 de noviembre de 2015

NORMAS LEGALES

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el Certificado del SECIGRA DERECHO y el Certificado de Bono de Reconocimiento, los que sólo se elaborarán si el (la) secigrista cumple con los requisitos previstos en la normatividad, esto es, contar con los Informes Parcial, Final y Personal, y con el total de asistencia. 1310722-1

PRODUCE
Aprueban la Directiva N° 05-2015-ITP/DE "Directiva para la aprobación, ejecución, seguimiento y evaluación de los Convenios de Desempeño"
INSTITUTO TECNOLÓGICO DE LA PRODUCCIÓN RESOLUCIÓN EJECUTIVA Nº 110-2015-ITP/DE Callao, 12 de noviembre de 2015 VISTOS: El Informe N° 1936-2015-ITP/DGTTDC, emitido por la Dirección General de Transferencia Tecnológica y Desarrollo para el Consumo; el Informe N° 331-2015-ITP/ OGPP, emitido por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 545-2015-ITP/OGAJ, emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica y el Acuerdo N° SO 100-20-2015-ITP/CD, emitido por el Consejo Directivo; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ejecutiva N° 85-2015ITP/DE, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 25 de setiembre de 2015, se aprobó la Directiva Nº 03-2015-ITP/DE, "Directiva para la aprobación, ejecución, seguimiento y evaluación de los Convenios de Desempeño", en el marco de la Ley N° 27267, Ley de Centros de Innovación Tecnológica, la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, la Ley N° 30230, Ley que establece medidas tributarias, simplificación de procedimientos y permisos para la promoción y dinamización de la inversión en el país y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2015-PRODUCE, modificado por el Decreto Supremo N° 023-2015-PRODUCE; Que, mediante el Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica ­ CITE, Decreto Legislativo N° 1228, publicado en Diario Oficial "El Peruano" el 25 de setiembre de 2015, se norma la creación, implementación, desarrollo, funcionamiento y gestión de los CITE; estableciéndose como finalidad establecer lineamientos en materia de innovación productiva para la mejora de la productividad y el desarrollo industrial en sus respectivas cadenas productivas y de valor; Que, el citado Decreto Legislativo, dispone en su Disposición Complementaria Derogatoria, la derogación de la Ley N° 27267, Ley de Centros de Innovación Tecnológica y modificatorias; Que, el literal d) del artículo 19 del Decreto Legislativo N° 1228 establece como función del Consejo Directivo del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) aprobar los convenios de desempeño que se suscriben entre el ITP y los CITE; Que, a fin que el Instituto Tecnológico de la Producción continúe con la aprobación, ejecución, evaluación y seguimiento de los Convenios de Desempeño, en el marco de las funciones establecidas por el Decreto Legislativo N° 1228, por la Ley N° 30230, Ley que establece medidas tributarias, simplificación de procedimientos y permisos para la promoción y dinamización de la inversión en el país y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2015-PRODUCE, modificado por el Decreto Supremo N° 023-2015-PRODUCE, se hace necesaria aprobar una nueva Directiva para la aprobación, ejecución, seguimiento y evaluación de los convenios de desempeño;

Que, el principio administrativo de legalidad, regulado en el numeral 1.1 del Artículo IV del Título Preliminar de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la ley y al derecho, dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fines para los que les fueron conferidas; Que, el numeral 1.2.1 del artículo 1° de la norma antes acotada, señala que: "Los actos de administración interna de las entidades destinados a organizar o hacer funcionar sus propias actividades o servicios son regulados por cada entidad, con sujeción a las disposiciones del Título Preliminar de esta Ley, y de aquellas normas que expresamente así lo establezcan"; asimismo, el numeral 62.3 del artículo 62° refiere que toda entidad es competente para realizar las tareas materiales internas necesarias para el eficiente cumplimiento de su misión y objetivos; Que, mediante Acuerdo del Consejo Directivo N° SO 100-20-2015-ITP/CD, adoptado en la Sesión Ordinaria N° 20-2015-ITP/CD, de fecha 06 de noviembre de 2015, se aprueba la "Directiva para la aprobación, ejecución, seguimiento y evaluación de los Convenios de Desempeño"; Con las visaciones de la Dirección General de Transferencia Tecnológica y Desarrollo para el Consumo, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaría General; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica ­ CITE, el Decreto Legislativo 92, Ley del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) y el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), aprobado por Resolución Ministerial Nº 344-2012-PRODUCE, por la Ley N° 30230, Ley que establece medidas tributarias, simplificación de procedimientos y permisos para la promoción y dinamización de la inversión en el país y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2015-PRODUCE, modificado por el Decreto Supremo N° 023-2015-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1.- DEROGAR, la Resolución Ejecutiva N° 852015-ITP/DE, que aprueba la Directiva Nº 03-2015-ITP/ DE, "Directiva para la aprobación, ejecución, seguimiento y evaluación de los Convenios de Desempeño". Artículo 2.- APROBAR, la Directiva N° 05-2015-ITP/ DE, "Directiva para la aprobación, ejecución, seguimiento y evaluación de los Convenios de Desempeño", que en documento anexo forma parte de la presente Resolución. Artículo 3.- ENCARGAR, la implementación y operatividad de la Directiva aprobada por el artículo 2 de la presente Resolución, a la Dirección General de Transferencia Tecnológica y Desarrollo para el Consumo. Artículo 4.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano"; y en el mismo día en el portal institucional del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) www.itp.gob.pe conjuntamente con su Anexo. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ALARCÓN DÍAZ Director Ejecutivo 1311606-1

Otorgan a San Fernando S.A. la calificación para operar como "Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Privado - CITEagroalimentario SAN FERNANDO"
INSTITUTO TECNOLÓGICO DE LA PRODUCCIÓN RESOLUCIÓN EJECUTIVA Nº 111-2015-ITP/DE Callao, 12 de noviembre de 2015