Norma Legal Oficial del día 10 de mayo del año 2015 (10/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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SE RESUELVE: Articulo 1.- Autorizacion Autorizar al Instituto Peruano de Energia Nuclear ­ IPEN a efectuar el pago de S/. 473,000.00 (cuatrocientos setenta y tres mil y 00/100 nuevos soles) al Organismo Internacional de Energia Atomica ­ OIEA. Articulo 2.- Afectacion presupuestal Disponer que los gastos que demande el cumplimiento de la presente resolucion se ejecuten con cargo al presupuesto del Pliego 220: Instituto Peruano de Energia Nuclear. Articulo 3.- Refrendo La presente resolucion suprema sera refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Ministra de Relaciones Exteriores

El Peruano MORDAZA 10 de MORDAZA de 2015

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TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan a El Vencedor S.R.L. la modificacion de los terminos de su autorizacion contenida en la R.D. Nº 3126-2012-MTC/15
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1580-2015-MTC/15
MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2015 VISTOS: Los Partes Diarios Nºs. 027677 y 044808, presentado por la empresa denominada EL VENCEDOR S.R.L.; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 3126-2012MTC/15 de fecha 16 de agosto de 2012 y publicada en el Diario Oficial El Peruano el 22 de setiembre de 2012, se autorizo a la empresa denominada EL VENCEDOR S.R.L. con RUC Nº 20534127775 y domicilio en la Av. Centenario Nº 361, Distrito de Independencia, Provincia de MORDAZA, Departamento de MORDAZA, para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, en adelante La Escuela, conforme a lo dispuesto en El Reglamento; a efectos de impartir los conocimientos teoricos - practicos requeridos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA a los postulantes para obtener una Licencia de conducir de la clase A II / A III y B II-c, asi como dictar el Curso de Capacitacion Anual para Transporte de Personas, Transporte de Mercancias Transporte Mixto; curso de Seguridad Vial y Sensibilizacion del Infractor y Cursos de Reforzamiento para revalidacion de la Clase A Categorias II y III, y de la Clase B Categoria II-c.; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 1138-2014MTC/15 de fecha 12 de marzo de 2014 y publicada en el Diario Oficial El Peruano el 03 de MORDAZA de 2014, se autorizo a La Escuela, para impartir los cursos de capacitacion a quienes aspiran obtener la licencia de conducir clase A categoria I; Que, mediante Parte Diario Nº 027677 de fecha 12 de febrero de 2015, La Escuela solicita la modificacion de los terminos de su autorizacion, contenida en la Resolucion Directoral Nº 3126-2012-MTC/15, cambiando la ubicacion de las oficinas administrativas, aulas de ensenanza para las clases teoricas y el taller de ensenanza teorico - practico de mecanica, por el ubicado en el: Km. 8.0 de la Autopista de MORDAZA a Caraz del Centro Poblado de MORDAZA MORDAZA, Distrito de Independencia, Provincia de MORDAZA, Departamento de Ancash; Que, mediante Oficio Nº 1158-2015-MTC/15.03 de fecha 23 de febrero de 2015, esta Administracion formulo las observaciones pertinentes a la solicitud presentada por La Escuela, requiriendole la subsanacion correspondiente, para lo cual se le otorgo un plazo de diez (10) dias habiles;

Que, mediante Parte Diario Nº 044808 de fecha 11 de marzo de 2015, La Escuela emite respuesta a lo requerido mediante oficio indicado en el parrafo precedente; Que, mediante Oficio Nº 1757-2015-MTC/15.03 de fecha 23 de marzo de 2015, se programo la fecha de inspeccion ocular, para el dia 26 de marzo de 2015, con el objetivo de verificar las condiciones de infraestructura del local propuesto por La Escuela; Que, mediante Informe Nº 004-2015-MTC/15.jmjf de fecha 31 de marzo de 2015, se adjunta el acta de inspeccion ocular realizada a las instalaciones del local propuesto por La Escuela; Que, el articulo 60º del Reglamento Nacional de Licencias de conducir Vehiculos automotores y no motorizados de transporte terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, establece que "La autorizacion como Escuela de Conductores, asi como su modificacion, suspension o caducidad, para surtir efectos juridicos seran publicadas en el Diario Oficial El Peruano"; asimismo, el primer parrafo del articulo 61º de El Reglamento, dispone que "Procede la solicitud de modificacion de autorizacion de La Escuela de Conductores cuando se produce la variacion de alguno de sus contenidos indicados en el articulo 53º de El Reglamento..."; Que, el literal d) del articulo 53º de El reglamento indica que "La Resolucion de Autorizacion como Escuela de Conductores contendra lo siguiente:...d) Ubicacion del(los) establecimiento(s) de la Escuela de Conductores para la cual se otorga autorizacion,..."; Que, la solicitud de autorizacion para el cambio de local destinado a las oficinas administrativas, aulas de ensenanza para las clases teoricas y el taller de ensenanza teorico practico de mecanica, presentada por la empresa denominada EL VENCEDOR S.R.L., implica la variacion de uno de los contenidos del articulo 53º de El Reglamento, en razon que La Escuela, ha solicitado el cambio de local autorizado mediante Resolucion Directoral Nº 3126-2012-MTC/15, en ese sentido, y considerando lo establecido en el articulo 60º de El Reglamento, la Resolucion que modifica la autorizacion, debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, por haberse producido la variacion del contenido de la autorizacion; Que, el MORDAZA parrafo del articulo 56º de El Reglamento, establece que previamente a la expedicion de la resolucion de autorizacion respectiva, la Direccion General de Transporte Terrestre realizara la inspeccion con el objeto de verificar el cumplimiento de las condiciones de acceso establecidas en El Reglamento; Que, mediante Informe Nº 004-2015-MTC/15.jmjf de fecha 31 de marzo de 2015, sobre la inspeccion ocular realizada a las instalaciones del local propuesto por La Escuela, el Inspector concluye que la empresa denominada EL VENCEDOR S.R.L., cumple con lo indicado en los literales a), b), c), d), e) y f) del numeral 43.3 del articulo 43º de El Reglamento, como parte de una de las condiciones de acceso para el funcionamiento de una Escuela de Conductores; Que, estando a lo opinado por la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, en el Informe Nº 530-2015-MTC/15.03, procede emitir el acto administrativo correspondiente, y; Que, de conformidad a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC; la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General y la Ley Nº 29370 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la empresa denominada EL VENCEDOR S.R.L., en su calidad de Escuela de Conductores Integrales, la modificacion de los terminos de su autorizacion contenida en la Resolucion Directoral Nº 3126-2012-MTC/15, cambiando la ubicacion de local (oficinas administrativas, aulas de ensenanza para las clases teoricas y el taller de ensenanza teorico - practico de mecanica), el mismo que se encuentra ubicado en el: Km. 8.0 de la Autopista de MORDAZA a Caraz del Centro Poblado de MORDAZA MORDAZA, Distrito de Independencia, Provincia de MORDAZA, Departamento de Ancash. Articulo Segundo.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancias ­ SUTRAN, MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Articulo Tercero.- Encargar a la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, la ejecucion de la presente Resolucion Directoral. Articulo Cuarto.- La presente Resolucion Directoral surtira efectos a partir del dia siguiente de su publicacion en