Norma Legal Oficial del día 07 de mayo del año 2015 (07/05/2015)


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estableciendo plazos razonables para las investigaciones preliminares, asi como dotando a las fiscalias de personal calificado y presupuesto para efectuar las pericias, tanto del aspecto fisico como presupuestal de la ejecucion de los proyectos. Decimoprimero.- El arbitraje en las contrataciones publicas celebradas para la ejecucion de infraestructura de saneamiento. El arbitraje en el ambito de las contrataciones publicas puede ser de MORDAZA institucional o Ad hoc. No obstante, la falta de regulacion de los aspectos organizativos, administrativos y logisticos en el arbitraje Ad hoc, lo convierten en la modalidad menos recomendable en el ambito de las contrataciones publicas. Esto se corrobora con la evidencia empirica. Asi, de acuerdo con la informacion proporcionada por el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), en el periodo 2011-2013 se emitieron 131 laudos arbitrales referidos a controversias sobre infraestructura de saneamiento. En el 95% de estos laudos, la parte que presenta la demanda es la contratista; el 69% fue emitido en un arbitraje Ad hoc, el 28% se sometio a un arbitraje institucional, y solo el 3% se emitio en un arbitraje institucional administrado por el OSCE. De otro lado, en los arbitrajes Ad hoc con arbitros designados directamente por las partes, el 72.9% de los puntos controvertidos fueron decididos de manera favorable a las empresas contratistas, y solo un 24.6%, a favor de las entidades publicas. En cambio, cuando los arbitros fueron designados por un tercero imparcial, el 45.8% de los puntos controvertidos fueron decididos a favor de las entidades publicas, y el 41.7%, a favor de las empresas contratistas. Estos datos reflejan una problematica en la resolucion de controversias en el ambito de las contrataciones publicas que podria obedecer a la existencia de una regulacion deficiente. Sobre el particular, el Estado esta en la obligacion de prever mecanismos que garanticen la adecuada defensa de sus intereses, no solo porque estan comprometidos recursos publicos sino tambien porque en muchos casos esta de por medio el derecho de la poblacion a acceder a servicios esenciales. En ese sentido, una mejor regulacion sobre el MORDAZA de arbitraje a seguir en las contrataciones publicas, la facultad que tienen las partes para la designacion de los arbitros, la calidad de los arbitros designados, asi como la redaccion de un adecuado convenio arbitral son de MORDAZA importancia para los fines del arbitraje en el Estado. Asimismo, es necesario que estos aspectos MORDAZA materia de estudios por parte del OSCE, que incluyan diagnosticos y propuestas normativas que conlleven a una mejor regulacion, mas aun si dicha entidad cuenta con informacion valiosa respecto del uso del arbitraje en el ambito del Estado. Igualmente, hemos podido apreciar que los laudos arbitrales referidos a controversias sobre infraestructura de saneamiento, emitidos en el periodo 2011-2013, no senalan el Codigo de SNIP del proyecto de inversion en virtud del cual se originaron las controversias. Esto dificulta el acceso de la ciudadania a informacion sobre estos arbitrajes, lo cual colisiona con el deber de publicidad y el MORDAZA de transparencia que deben primar en las contrataciones publicas. Decimosegundo.- Condiciones para el acceso a sistemas de informacion sobre la ejecucion de obras publicas. En el MORDAZA de las obligaciones de transparencia que tiene el Estado, se han creado en el MORDAZA algunas herramientas de caracter informatico que permiten a los ciudadanos, con acceso a la Internet y un conocimiento minimo sobre su uso, acceder a informacion sobre las diferentes etapas del ciclo de los proyectos de inversion publica a nivel nacional. De esta manera, el Sistema Nacional de Inversion Publica (SNIP) opera y registra informacion durante la fase de preinversion, a traves del Banco de Proyectos. Durante la fase de inversion, se puede acceder a la informacion sobre el avance de la ejecucion fisica de las obras publicas, a traves del Sistema Operativo de Seguimiento y Monitoreo (Sosem) y el Registro de Informacion y Participacion Ciudadana en el Control de Obras Publicas (Infobras), administrado por la Contraloria General de la Republica. La existencia de estos tres sistemas, en algunos aspectos, genera duplicidad de informacion respecto de los proyectos de inversion publica y, en otros casos, presenta

El Peruano Jueves 7 de MORDAZA de 2015

datos contradictorios o informacion desactualizada. Ello dificulta el acceso de la ciudadania a estos aplicativos, asi como la transparencia de sus contenidos. Asimismo, la existencia de diversos sistemas con informacion sobre la ejecucion de proyectos de inversion publica genera una sobrecarga de responsabilidades a las entidades para el registro de la informacion, lo cual podria desincentivar a que estas cumplan con registrar sus obras publicas. A su vez, esta situacion tambien puede incidir en desincentivar a la poblacion a la vigilancia ciudadana sobre la gestion de las inversiones publicas por parte de las entidades del Estado. En ese sentido, coadyuvaria a una mejor accesibilidad y a un mayor registro de las obras publicas que el Ministerio de Economia y Finanzas, la Contraloria General de la Republica y el OSCE realicen un esfuerzo conjunto para centralizar la informacion sobre los proyectos de inversion publica en un sistema integrado que presente la informacion de manera uniforme, y de conformidad con el ciclo del proyecto. De acuerdo con ello, y con el visto MORDAZA de la Primera Adjuntia y de la Adjuntia para el Medio Ambiente, los Servicios Publicos y los Pueblos Indigenas, SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR el Informe Defensorial Nº 170, «El derecho humano al agua y saneamiento. El control del gasto publico en la ejecucion de infraestructura de acceso». Articulo Segundo.- RECOMENDAR al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento: a) Intervenir en la culminacion de los siguientes proyectos de agua y alcantarillado paralizados y que han recibido financiamiento del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento: i. «Mejoramiento y ampliacion de los sistemas de agua potable e instalacion del sistema de alcantarillado sanitario para los centros poblados de Huanchaquito y el Tropico» (SNIP 14374), y ii. «Mejoramiento de las redes de agua potable y alcantarillado de la Urbanizacion San Carlos-Jose MORDAZA Ortiz-Chiclayo» (SNIP 112814). b) Evaluar la intervencion en la ejecucion de los siguientes cinco proyectos de agua y saneamiento financiados por el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento entre los anos 2009 al 2013, los cuales registran, en promedio, un retardo de 6 anos en su culminacion: - «Mejoramiento y ampliacion de los sistemas de agua potable y alcantarillado de la MORDAZA de Abancay (SNIP 90700)», localizado en la region Apurimac.» - «Sistema de agua y alcantarillado del centro poblado de Macabi bajo (SNIP 29066)», localizado en la region La Libertad. - «Construccion del Sistema Integral Agua Potable y Alcantarillado de Pitipo Cercado y otras localidades: Cachinche, Algarrobito, La U y La MORDAZA del distrito de Pitipo (SNIP 46332)», localizado en la region Lambayeque. - «Mejoramiento y ampliacion integral de los sistemas de agua potable y alcantarillado de la localidad de MORDAZA (SNIP 65101)». - «Mejoramiento y ampliacion del sistema de agua potable y alcantarillado de MORDAZA Cancas en la Provincia de Contralmirante MORDAZA del departamento de Tumbes (SNIP 29120)». c) Monitorear, evaluar y generar reportes derivados de la aplicacion de la Resolucion Ministerial Nº 086-2015VIVIENDA, mediante la cua se autoriza la intervencion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento en la ejecucion directa de proyectos de agua y alcantarillado cuyo monto de inversion sea superior a los S/. 5´775,000.00. d) Elaborar una relacion de aquellos proyectos de agua y saneamiento que, a la fecha, se encuentran paralizados, a efectos de evaluar su intervencion en el MORDAZA de lo establecido en la Novena disposicion complementaria final de la Ley Nº 30045, Ley de modernizacion de los servicios de saneamiento. e) Fortalecer la Unidad de Monitoreo y Control, a fin que pueda efectuar un seguimiento oportuno, por