Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2015 (27/07/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Lunes 27 de julio de 2015

NORMAS LEGALES

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Proyecto Especial Jaén - San Ignacio - Bagua, efectuada mediante Resolución Ministerial Nº 0556-2014-MINAGRI, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor Marco Antonio Moreno Infante, como representante del Ministerio de Agricultura y Riego ante el Consejo Directivo del Proyecto Especial Jaén - San Ignacio - Bagua. Artículo 3.- Notificar la presente Resolución Ministerial al Despacho Viceministerial de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego, al Proyecto Especial Jaén - San Ignacio - Bagua, así como al representante y ex representante mencionados, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN MANUEL BENITES RAMOS Ministro de Agricultura y Riego 1267938-1

Humanos, comunica la precitada renuncia, señalando que resulta necesario designar al Secretario Técnico de los órganos instructores del procedimiento administrativo disciplinario del Ministerio de Salud, proponiendo se designe al abogado César Mirko Mosqueira Gutiérrez, en adición a sus funciones; Que, en mérito a lo señalado en los considerandos precedentes, resulta pertinente adoptar las acciones necesarias a fin de asegurar el normal funcionamiento de la citada Secretaría Técnica; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y de la Secretaria General; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil y su Reglamento General, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM y en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE:

SALUD
Designan Secretario Técnico de los órganos instructores del procedimiento administrativo disciplinario del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 452-2015/MINSA Lima, 24 de julio del 2015 Visto, el Expediente Nº 15-063192-002 que contiene el Memorando Nº 1353-2015-OGGRH-OARH-EIE/MINSA, emitido por la Directora General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30057, se aprobó la Ley del Servicio Civil, que estableció un régimen único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades públicas del Estado, así como para aquellas personas que están encargadas de su gestión, del ejercicio de sus potestades y de la prestación del servicio a cargo de éstas; Que, por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, publicado en el Diario Oficial "El Peruano" el 13 de junio de 2014, se aprobó el Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, el cual en su artículo 94 señala que las autoridades de los órganos instructores del procedimiento administrativo disciplinario cuentan con el apoyo de una Secretaría Técnica que puede estar compuesta por uno o más servidores, indicando que de preferencia serán abogados; Que, asimismo, el artículo 92 de la Ley Nº 30057, establece que las autoridades del procedimiento cuentan con el apoyo de un Secretario Técnico, que es de preferencia abogado y designado mediante resolución del titular de la entidad. El Secretario Técnico puede ser un servidor civil de la entidad que se desempeña como tal, en adición a sus funciones. El Secretario Técnico es el encargado de precalificar las presuntas faltas, documentar la actividad probatoria, proponer la fundamentación y administrar los archivos emanados del ejercicio de la potestad sancionadora disciplinaria de la entidad pública. No tiene capacidad de decisión y sus informes u opiniones no son vinculantes; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 682-2014/ MINSA de fecha 12 de setiembre de 2014, se designó al abogado Luis Alberto Porturas Castro como Secretario Técnico de los órganos instructores del procedimiento administrativo disciplinario del Ministerio de Salud; Que, mediante comunicación de fecha 1 de julio de 2015, el abogado Luis Alberto Porturas Castro, ha formulado renuncia; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 169-2015/ MINSA, de fecha 16 de marzo de 2015, se designó al abogado César Mirko Mosqueira Gutiérrez, en el cargo de Jefe de Equipo, Nivel F3, de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud; Que, a través del documento de visto, la Directora General de la Oficina General de Gestión de Recursos

Artículo 1°.- Dar por concluida la designación del abogado Luis Alberto Porturas Castro, como Secretario Técnico de los órganos instructores del procedimiento administrativo disciplinario del Ministerio de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2°.- Designar al abogado César Mirko Mosqueira Gutiérrez, como Secretario Técnico de los órganos instructores del procedimiento administrativo disciplinario del Ministerio de Salud, en adición a sus funciones de Jefe de Equipo de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud. Artículo 3°.- Notificar la presente Resolución Ministerial a la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud y al Secretario Técnico designado, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANIBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA Ministro de Salud 1267869-2

ORGANISMOS EJECUTORES

AGENCIA PERUANA DE COOPERACION INTERNACIONAL
Designan Asesor de la Dirección Ejecutiva de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI
RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 108-2015/APCI-DE Miraflores, 16 de julio de 2015 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en la Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), Ley Nº 27692 y sus normas modificatorias, la APCI es un organismo público adscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores responsable en su calidad de ente rector de la cooperación técnica internacional, de conducir, programar, organizar, priorizar y supervisar la cooperación internacional no reembolsable que se gestiona a través del Estado y que proviene de fuentes del exterior de carácter público y/o privado en función de la política nacional de desarrollo; Que, el artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones de la APCI, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 028-2007-RE, establece que la Dirección Ejecutiva cuenta con el apoyo de asesores; Que, es necesario designar a un Asesor para la Dirección Ejecutiva de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional ­ APCI;