Norma Legal Oficial del día 08 de julio del año 2015 (08/07/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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VISTO : El Memorándum N° 1565-2015-MTC/09.05 del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 520-2015-MTC/09.05 del Director de la Oficina de Organización y Racionalización sobre la aprobación del nuevo Manual de Operaciones del Proyecto Especial Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao - AATE; y, CONSIDERANDO : Que, mediante el Decreto Supremo N° 032-2010-MTC se dispuso que la AATE constituye un Proyecto Especial, encargado de las actividades de preparación, gestión, administración y ejecución de las obras y mantenimiento de la infraestructura civil y electromecánica y del equipamiento del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao, Línea 1, Villa El Salvador - Distrito de San Juan de Lurigancho, hasta que se extinga la concesión; encargándose al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) la aprobación del Manual de Operaciones de la AATE; Que, el artículo 4 de los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de las entidades de la Administración Pública, aprobados por Decreto Supremo N° 043-2006PCM, dispone que la definición de las funciones y, de ser el caso, la estructura orgánica de los programas y proyectos se aprueba mediante un Manual de Operaciones; Que, por Resolución Ministerial N° 357-2010-MTC/02, se aprobó el Manual de Operaciones (MO) de la AATE; Que, mediante el Decreto Supremo N° 039-2010-MTC se aprobó el Reglamento Nacional del Sistema Eléctrico de Transporte de Pasajeros en vías férreas que forman parte del Sistema Ferroviario Nacional, y por Decreto Supremo N° 0592010-MTC, modificado por el Decreto Supremo N° 009-2013MTC, se aprobó la Red Básica del Metro de Lima - Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao; Que, con Decreto Supremo N° 032-2011-MTC se encargó a la AATE, la proyección, planificación, ejecución y administración de la infraestructura ferroviaria correspondiente a la Red Básica del Metro de Lima Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao, aprobada por Decreto Supremo N° 059-2010-MTC, hasta que se concluyan las obras o se extinga la concesión para su ejecución, explotación, operación y mantenimiento. Asimismo, se delegó a la AATE, las competencias señaladas en los literales b) , c) , d) y e) del numeral 7.1.2 del artículo 7 del Reglamento Nacional del Sistema Eléctrico de Transporte de Pasajeros en Vías Férreas que forman parte del Sistema Ferroviario Nacional, aprobado por el Decreto Supremo N° 039-2010-MTC; Que, la Oficina de Programación, Evaluación e Información de la AATE, mediante el Informe N° 040-2015MTC/33.7 manifiesta que ha formulado un nuevo Manual de Operaciones que permitirá a la AATE ejercer las competencias establecidas, conforme a las disposiciones legales vigentes; Que, mediante el Memorándum N° 1565-2015MTC/09.05 del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, se adjunta el Informe N° 520-2015-MTC/09.05 del Director de la Oficina de Organización y Racionalización, con el cual emite opinión favorable al proyecto de Manual de Operaciones de la AATE, manifestándose que cumple con los Lineamientos aprobados por el Decreto Supremo N° 043-2006-PCM; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del MTC, aprobado por el Decreto Supremo N° 0212007-MTC, en su artículo 37 establece como una de las funciones de la Oficina de Organización y Racionalización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, elaborar, evaluar y/o actualizar los documentos de gestión institucional, en el marco de las normas y lineamientos del Sistema de Racionalización; Que, teniendo en cuenta el marco legal vigente señalado y las opiniones vertidas, resulta procedente la aprobación del nuevo Manual de Operaciones de la AATE; De conformidad con la Ley N° 29370 y el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE : Artículo 1.- Aprobar el Manual de Operaciones - MO del Proyecto Especial Autoridad Autónoma del Sistema

El Peruano Miércoles 8 de julio de 2015

Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao - AATE, que consta de cuatro (4) títulos, cinco (5) capítulos, veintiséis (26) artículos, cuatro (4) disposiciones complementarias finales y un anexo que contiene el Organigrama de la AATE; que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal del Estado Peruano (www. peru.gob.pe) , en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.mtc.gob.pe) y en el Portal Institucional del Proyecto Especial Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao - AATE (www.aate.gob.pe) , al día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 3.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 357-2010-MTC/02 de fecha 6 de agosto de 2010. Regístrese, comuníquese y publíquese JOSÉ GALLARDO KU Ministro de Transportes y Comunicaciones MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES PROYECTO ESPECIAL AUTORIDAD AUTÓNOMA DEL SISTEMA ELÉCTRICO DE TRANSPORTE MASIVO DE LIMA Y CALLAO (AATE) 2015 MANUAL DE OPERACIONES ÍNDICE TÍTULO I : DISPOSICIONES GENERALES TÍTULO II : NATURALEZA, OBJETO Y FUNCIONES GENERALES TÍTULO III : ESTRUCTURA Y FUNCIONES CAPÍTULO I : ÓRGANO DE DIRECCIÓN Dirección Ejecutiva CAPÍTULO II : ÓRGANO DE CONTROL Órgano de Control Institucional CAPÍTULO III : ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO Oficina de Asesoría Legal Oficina de Programación, Evaluación e Información Oficina de Seguimiento y Monitoreo CAPÍTULO IV : ÓRGANO DE APOYO Oficina de Administración CAPÍTULO V : ÓRGANOS DE LÍNEA Unidad Gerencial de Desarrollo Unidad Gerencial de Infraestructura Unidad Gerencial de Operaciones TÍTULO IV : DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES ANEXO : ORGANIGRAMA TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1°.- Alcance El presente Manual de Operaciones - MO es un documento técnico normativo de gestión institucional, en el que se determinan la naturaleza, funciones, estructura orgánica y ámbito de competencia de cada uno de los órganos que conforman el Proyecto Especial Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao (AATE) , (en adelante, AATE) . Artículo 2°.- Ámbito de Aplicación Las disposiciones contenidas en el presente Manual de Operaciones son de aplicación en todos los órganos de la AATE.