Norma Legal Oficial del día 22 de febrero del año 2015 (22/02/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano MORDAZA 22 de febrero de 2015

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con lo establecido en el articulo 200º numeral 4) de la Constitucion Politica del Peru, que otorga el rango de Ley a las Ordenanza Municipales; Que, el articulo 74º de la Constitucion Politica del Peru en concordancia con la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado ­ TUO del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-2013EF, otorga a los gobiernos locales potestad para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, asi como exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, al respecto la Ley de Tributacion Municipal, aprobada por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, establece en su articulo 69º que la determinacion por servicios publicos o arbitrios debe sujetarse a los criterios de racionalidad que permitan determinar el monto por el servicio prestado; Que, en merito a las normas legales citadas la Municipalidad de La MORDAZA emitio la Ordenanza Nº 202-2014/MLV que aprobo el regimen tributario de los Arbitrios Municipales para el ejercicio 2015, la misma que fue ratificada por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA mediante Acuerdo de Concejo Nº 2432-2014-MML; Que, la citada Ordenanza fue emitida en base a los parametros de caracter vinculante establecidos por el Tribunal Constitucional mediante las sentencias recaidas en los expedientes Nº 041-2004-AI/TC y Nº 053-2004-AI/TC; sin embargo mediante Informe, la Gerencia de Servicios de Administracion Tributaria manifiesta que resulta necesario subvencionar parte de los costos de Arbitrios de los predios que reflejan un incremento sustancial en el presente ejercicio, a efectos de que el impacto sea asumido progresivamente en cada ejercicio por los contribuyentes hasta alcanzar un nivel optimo que evite perjuicio economico para los mismos. En tal sentido, la citada Gerencia ha propuesto fijar un tope de 20% en el incremento de los Arbitrios Municipales del ano 2015 para los predios cuyo uso sea destinado a MORDAZA Habitacion; Que, en virtud de las normas legales glosadas y de las facultades otorgadas a las municipalidades en materia tributaria, se observa que se encuentra dentro de las competencias del corporativo fijar el tope propuesto al incremento de Arbitrios, a fin de no perjudicar a los contribuyentes del distrito y de esta forma coadyuvar a promover el cumplimiento de las obligaciones tributarias y por ende obtener una mayor recaudacion que permita financiar los servicios publicos locales, tal como se ha efectuado durante los ejercicios 2008 al 2014 mediante las respectivas Ordenanzas; Que, mediante Dictamen Nº 001-2015-CPRDE/ MDLV, la Comision Permanente de Rentas y Desarrollo Economico recomienda aprobar la Ordenanza que Fija Tope en el Incremento de Arbitrios Municipales para el Ejercicio 2015 en el Distrito de La MORDAZA, solicitando elevar los actuados al Pleno del Concejo Municipal para su conocimiento, debate y aprobacion correspondiente; Estando a los fundamentos expuestos, contando el pronunciamiento de la Gerencia de Asesoria Juridica, Gerencia de Servicios de Administracion Tributaria, y la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, cuyos informes se detallan en el dictamen de vistos, que forman parte integrante de la presente, y en uso de las atribuciones conferidas en los articulos 40º y 9º numerales 8) y 9) de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, contando con el MORDAZA por unanimidad de los senores Regidores asistentes a la Sesion de Concejo de la fecha, y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas, se ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE FIJA TOPE EN EL INCREMENTO DE ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO 2015 EN EL DISTRITO DE LA MORDAZA Articulo 1º.- Aprobar el Tope a los incrementos de la Ordenanza Nº 202-2014/MLV Fijar un tope de veinte por ciento (20%) en el incremento de los Arbitrios Municipales del ano 2015 determinados y aprobados por la Ordenanza Nº 202-2014/MLV, para los predios cuyo uso sea destinado a MORDAZA Habitacion. Este incremento tiene como referente lo determinado por la Municipalidad de La MORDAZA en dicho uso para los Arbitrios Municipales del ano 2014.

asi como al funcionario responsable de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA de Transparencia; Estando a las facultades conferidas en el Art. 20º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972; con la visacion de la Gerencia de Asesoria Juridica y Gerencia Municipal; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DESIGNAR al Senor MORDAZA MORDAZA GUISADO MORDAZA, Sub Gerente de Tramite Documentario y Archivo como FUNCIONARIO RESPONSABLE DE ENTREGAR LA INFORMACION DE ACCESO PUBLICO de la Municipalidad Distrital de Carabayllo, quien atendera las solicitudes de informacion de los administrados al MORDAZA de la Ley Nº 27806 "Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica", con las excepciones previstas en los Articulos 16º y 17º que la Ley establece. Articulo Segundo.- DESIGNAR al Ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sub Gerente de Informatica como FUNCIONARIO RESPONSABLE DE LA ELABORACION Y ACTUALIZACION DEL MORDAZA INSTITUCIONAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARABAYLLO, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27806 "Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica", Articulo Tercero.- DISPONER, que todos los funcionarios y Servidores de las instancias administrativas de esta Institucion MORDAZA proporcionen y faciliten bajo responsabilidad, toda la informacion que sea requerida por los funcionarios designados, dentro de los plazos legales establecidos para el ejercicio de esta labor. Articulo Cuarto.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, Secretaria General, Funcionarios designados y las Unidades Organicas de La Municipalidad Distrital de Carabayllo, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1202018-1

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Fijan tope en el incremento de Arbitrios Municipales en el distrito para el ejercicio 2015
ORDENANZA Nº 208-2015/MDLV La MORDAZA, 18 de febrero del 2015 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LA MORDAZA VISTO; en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 18 de Febrero del 2015, el Dictamen Nº 001-2015-CPRDE/ MDLV de la Comision Permanente de Rentas y Desarrollo Economico; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru en concordancia con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, los gobiernos locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, la autonomia MORDAZA indicada y las funciones de gobierno de las Municipalidades son ejercidas por los Concejos Municipales a traves de la aprobacion de Ordenanzas y Acuerdos, de conformidad a lo estipulado en el articulo 39º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades; lo cual guarda correspondencia