Norma Legal Oficial del día 20 de febrero del año 2015 (20/02/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano Viernes 20 de febrero de 2015

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b) Sociedad Civil Organizada · Un/ Una Representante de las organizaciones de base ligadas a iniciativas de conservacion, y control y/o vigilancia de los bosques. · Un/ Una Representante de la organizaciones de base y/o mesas o plataformas de participacion ciudadana ligada a la lucha de los derechos de la poblacion mas vulnerable en la region y/o ligadas al cambio climatico y manejo de recursos naturales. · Un/ Una Representante de las organizaciones no gubernamentales que se encuentren ligadas a la tematica social y/o ambiental c) Sector privado y academia · Un/ Una Representante de la universidad o academia relacionado con el manejo de los recursos naturales, gestion economica y/o ciencias sociales. · Un/ Una Representante del sector privado relacionadas al manejo sostenible de los recursos naturales. d) Pueblos Indigenas · Un/ Una Representante del pueblo Awajun de San MORDAZA · Un/ Una Representante del pueblo Kichwa-lamista de San MORDAZA · Un/ Una Representate del pueblo Shawi de la region San MORDAZA Todos los representantes mencionados anteriormente deberan asegurar la representatividad del sector, institucion y/u organizacion a la que representan mediante una coordinacion y articulacion permanente con el resto de actores representados. Para su trabajo el presente Comite estara acompanado de un grupo facilitador conformado por la Autoridad Regional Ambiental y Conservacion Internacional, quienes seran encargados de acompanar al Comite y facilitar las funciones del mismo. Se podra contar con la participacion de observadores, siempre y cuando quede aprobado por los miembros del Comite Regional de Salvaguardas, quedando dispuestas sus funciones, obligaciones y derechos en el reglamento que acompana la presente ordenanza. Articulo Tercero: Son funciones del Comite Regional de Salvaguardas; 1. Trabajar las salvaguardas sociales y ambientales en el MORDAZA los Acuerdos de Cancun alcanzados en la Convencion MORDAZA de las naciones Unidas sobre el Cambio Climatico (CMNUCC), con el objetivo de que aporten a la construccion y consolidacion de un Sistema de Informacion de Salvaguardas ­ SIS, para la reduccion de emisiones derivadas de la deforestacion y degradacion de los bosques (REDD+). 2. Construir, contribuir y validar los procesos de analisis del cumplimiento de las salvaguardas para la reduccion de emisiones derivadas de la deforestacion y degradacion de los bosques (REDD+), en la Region San MORDAZA, en el MORDAZA de las decisiones adoptadas bajo la Conferencia de las partes de la Convencion MORDAZA de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climatico (CMNUCC) y el MORDAZA normativo nacional y regional. 3. Identificar como seran abordadas y respetadas las salvaguardas para la reduccion de emisiones derivadas de la deforestacion y degradacion de los bosques (REDD+) para la region San MORDAZA, en el MORDAZA de la Convencion MORDAZA de las Naciones Unidas para el cambio Climatico, respetando el MORDAZA normativo y la planificacion de la region. 4. Contribuir con el MORDAZA de diseminacion de las salvaguardas para la reduccion de emisiones derivadas de la deforestacion y degradacion de los bosques (REDD+) en la region San Martin. 5. Proporcionar orientacion y soporte al Gobierno Regional de San MORDAZA para garantizar la participacion plena y efectiva de grupos de actores involucrados en el MORDAZA de consolidacion de las salvaguardas ambientales y sociales y el Sistema de Informacion de Salvaguardas ­ SIS, para la reduccion de emisiones derivadas de la deforestacion y degradacion de los bosques (REDD+).

Que, el afrontar estos problemas exige medidas concertadas y articuladas entre los diversos sectores del Estado, de la sociedad civil, sector privado, que permitan abordar de manera conjunta la gestion del cambio climatico adoptando medidas y estrategias para tal fin; en este contexto, y de acuerdo al interes que la region San MORDAZA ha demostrado en la implementacion de medidas relacionadas a la reduccion de emisiones provenientes de la deforestacion y degradacion (REDD+) se hace necesaria la participacion efectiva de los actores claves en un espacio de dialogo y concertacion; Que, para ello se propone la creacion de un Comite Regional de Salvaguardas que se encargue de formular los indicadores ambientales y sociales de la region San MORDAZA, que permitan contar con medidas de proteccion ante cualquier impacto de caracter negativo y asegurar, y maximizar, los beneficios derivados de la implementacion de herramientas de retribucion por servicios ecosistemicos asociados a la reduccion de la deforestacion y degradacion de los bosques; Que, con Informe Legal N° 546-2014-GRSM/ORAL, de fecha 04 de noviembre del presente ano, la Asesoria Legal del GRSM, opina favorable para que se apruebe en el Consejo Regional declara de Interes Regional las medidas relacionadas con la reduccion de emisiones provenientes de la deforestacion y degradacion de los bosques y las salvaguardas ambientales y sociales y ademas crear el comite Regional de Salvaguardas de San MORDAZA, para garantizar la participacion equilibrada de los actores en la identificacion, establecimiento y reporte de las salvaguardas ambientales y sociales para la reduccion de las emisiones derivadas de la deforestacion y degradacion de bosques; Que, mediante Informe Legal N° 059-2014-SCRGRSM/ALE, de fecha 06 de noviembre del presente ano, el Asesor Legal Externo del CRSM, opina favorablemente para que el Consejo Regional apruebe la Ordenanza Regional de Creacion del Comite Regional de Salvaguardas de San Martin; Que, el literal o) del articulo 21º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que es atribucion del Presidente Regional promulgar Ordenanzas Regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de quince (15) dias habiles y ejecutar los acuerdos del Consejo Regional; Que, el articulo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA, en Sesion Extraordinaria desarrollada en el Auditorio del Consejo Regional de San MORDAZA, llevado a cabo el dia jueves 20 de noviembre del presente ano, aprobo por unanimidad la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Articulo Primero: DECLARAR de interes regional las medidas relacionas con la reduccion de emisiones provenientes de la deforestacion y degradacion de los bosques y las salvaguardas ambientales y sociales que estas conlleven, asi como el interes regional en cumplir y promover la implementacion de las Salvaguardas de la CMNUCC. Articulo Segundo: CREAR el Comite Regional de Salvaguardas de San MORDAZA, para garantizar la participacion equilibrada de los actores en la identificacion, establecimiento y reporte de las salvaguardas ambientales y sociales para la reduccion de emisiones derivadas de la deforestacion y degradacion de los bosques. Este Comite Regional de Salvaguardas estara liderado por la Autoridad Regional Ambiental de San MORDAZA e integrado por un total de 11 miembros conformado por cuatro grupos de actores, representado por las siguientes instituciones y/u organizaciones: a) Sector publico · Un/ Una Representante del Programa Nacional de Conservacion de Bosques del Ministerio del Ambiente. · Un/ Una Representante de la Autoridad Regional Ambiental. · Un/ Una Representante de las municipalidades provinciales o distritales de la region San MORDAZA