Norma Legal Oficial del día 09 de febrero del año 2015 (09/02/2015)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 12

546450
ANEXO 2 TASACION - EJECUCION DEL SISTEMA ELECTRICO DE TRANSPORTE MASIVO DE MORDAZA Y CALLAO DEL PROYECTO DE LA LINEA 2 DE LA RED BASICA DEL METRO DE MORDAZA
CODIGO DE IDENTIFINo. CACION DEL PREDIO SUJETO ACTIVO MONTO DE LA TASACION EN NUEVOS SOLES MAS EL 10% A QUE SE REFIERE EL ARTICULO 5.3 DE LA LEY 30025

El Peruano Lunes 9 de febrero de 2015

SUJETO PASIVO

UBICACION

COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL

2

PL 24-02

MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES

Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA y la Sucesion intestada del Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Yhony, conformada por sus herederos: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Ketty MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Luz MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Jhonny MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de acuerdo a la declaratoria de herederos inscrita en la Partida Registral 11159660 del Registro de Sucesion Intestada de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao.

Segun la PARTIDA ELECTRONICA: Se adquiere el 0,371432% de las acciones y derechos de la Asociacion de Comerciantes Ambulantes Pequenos Productores y Artesanos del MORDAZA Ferial Las MORDAZA, adquiridas por los sujetos pasivos mediante escritura publica de fecha 01.02.1996, aclarada y modificada mediante minuta de fecha 22.09.1997, inscrita en la Partida Electronica matriz No. 11055763 de Registros Publicos de MORDAZA, de la MORDAZA Registral No. IX Sede Lima. Segun la escritura publica de adquisicion de acciones y derechos, aclarada y modificada mediante minuta de fecha 22.09.1997, se senala que dichas acciones y derechos representaran el Lote 22 de la Mz. Q, rubro metal mecanica, con un area de 200 m2, en el MORDAZA de independizacion e inscripcion de la urbanizacion, el mismo que se encuentra Independizado provisionalmente en la Partida Electronica 12898416 y cuyos linderos y medidas perimetricas son los siguientes: LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS DEL AREA AFECTADA: · Por el frente: Con la MORDAZA 12 con 10.00 ml. · Por la derecha: Con el Lote 21 (del mismo propietario) con 20.00 ml. · Por la izquierda: Con el Lote 23 (Propiedad de terceros) con 20.00 ml. · Por el Fondo: Con el Lote 20 (Propiedad de terceros) con 10.00 ml. Se precisa que el area total del terreno matriz es de 180,690.03 m2, (Partida electronica N° 11055763). Se cuenta con el Certificado de Busqueda Catastral expedida por los Registros Publicos de MORDAZA, MORDAZA Registral N° IX, Sede Lima.

VERTICE LADO DISTANCIA A B C D A-B B-C C-D D-A 20,00 10,00 20,00 10,00

ESTE

NORTE

289,313.3203 8'668,108.9495 289,331.8959 8'668,116.3654 289,335.6014 8'668,107.0777 289,317.0274 8'668,099.6621

S/. 989,993.02

1198051-1

Declaran aprobada renovacion de autorizacion otorgada por R.M. Nº 159-95-MTC/15.17 a favor de Radio Tarma E.I.R.L. para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en FM, en localidad del departamento de MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL N° 71-2015-MTC/03 MORDAZA, 4 de febrero del 2015 CONSIDERANDO: Que, con Resolucion Ministerial N° 159-95-MTC/15.17 del 26 de MORDAZA de 1995, publicada en el Diario Oficial "El Peruano", el 04 de MORDAZA de 1995, se autorizo a la empresa RADIO TARMA E.I.R.L., por el plazo de diez (10) anos, el establecimiento de una estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en el distrito y provincia de Chanchamayo, departamento de Junin; Que, mediante escrito de registro N° 2006-014958 del 09 de junio de 2006, la empresa RADIO TARMA E.I.R.L., solicito renovacion de la autorizacion otorgada mediante Resolucion Ministerial N° 159-95-MTC/15.17; Que, a traves del escrito de registro P/D N° 060357 del 07 de setiembre de 2006, la empresa RADIO TARMA E.I.R.L. solicito el acogimiento a los beneficios de la Ley

N° 28853, a efectos que se continue con la renovacion de la autorizacion otorgada por Resolucion Ministerial N° 159-95-MTC/15.17; al respecto, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones a traves del Oficio N° 4037-2008-MTC/28, senala que la referida empresa se encuentra dentro de los alcances de la Ley N° 28853, al cumplir con los requisitos previstos en los articulos 4° y 5° de la acotada Ley, por lo que es factible otorgarle los beneficios de dicha ley; Que, el articulo 15° de la Ley de Radio y Television ­ Ley N° 28278, concordado con los articulos 21° y 67° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 0052005-MTC, establecen que el plazo MORDAZA de vigencia de una autorizacion es de diez (10) anos, renovable por periodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos; Que, los articulos 69° y 71° del Reglamento de la Ley de Radio y Television disponen que para obtener la renovacion de la autorizacion para continuar prestando el servicio de radiodifusion, es necesario cumplir con las condiciones y requisitos que en ellas se detallan; Que, el articulo 19° de la Ley de Radio y Television, concordante con el numeral 3) del articulo 71° de su Reglamento, establece que el plazo MORDAZA para resolver las solicitudes de autorizacion o renovacion es de ciento veinte (120) dias; procedimiento que se encuentra sujeto a silencio administrativo positivo, conforme a lo establecido en el MORDAZA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Ley del Silencio Administrativo, Ley N° 29060, modificada con Decreto Legislativo N° 1029, senala que los procedimientos administrativos,