Norma Legal Oficial del día 11 de enero del año 2015 (11/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA 11 de enero de 2015

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complementarias, hasta por los montos maximos previstos en la legislacion vigente. k) Resolver las solicitudes de ampliacion del plazo contractual. l) Aprobar el expediente de contratacion y las bases administrativas cuando el Ministerio de la Produccion actue en compras corporativas facultativas como entidad encargada. m) Suscribir convenios interinstitucionales para la realizacion de compras corporativas facultativas. n) Ejercer la representacion legal del Ministerio de la Produccion ante las entidades financieras, para hacer efectiva la ejecucion de las garantias presentadas por los contratistas. o) Hacer de conocimiento del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­ OSCE los hechos producidos por proveedores, participantes, postores y contratistas que pudieran dar lugar a la aplicacion de sanciones por infraccion a las normas de contratacion del Estado. p) Suscribir y gestionar la tramitacion de las comunicaciones, actuaciones, pedidos de sancion y actos vinculados a los procesos de adquisicion y contratacion, que tengan que realizarse ante el OSCE y el Tribunal de Contrataciones del Estado, asi como gestionar las publicaciones requeridas por mandato legal y los pedidos de informacion y consulta que resulten necesarios realizar ante otras entidades sobre temas vinculados a las contrataciones del Estado. 2.3 En materia administrativa y de gestion: a) Suscribir los convenios interinstitucionales y de cooperacion tecnica con entidades publicas o privadas que involucren las funciones de la Oficina General de Administracion, las que deberan cenirse a las disposiciones normativas vinculadas al Presupuesto Publico para el Ano Fiscal 2015, asi como a las disposiciones internas del Ministerio de la Produccion. b) Representar al Ministerio de la Produccion ante cualquier MORDAZA de autoridades y dependencias administrativas para iniciar y proseguir procedimientos; formular solicitudes y presentar escritos de caracter administrativo, desistirse, participar en cualquier MORDAZA de audiencias administrativas e interponer recursos administrativos de impugnacion, en los que sea parte interesada o tenga legitimo interes. Para el caso de representacion ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria ­ SUNAT, se hace extensiva dicha atribucion, en su nivel y competencia, al Director de la Oficina de Contabilidad y al Director de la Oficina de Tesoreria. El Director General de la Oficina General de Administracion esta obligado a dar cuenta mensualmente a la Secretaria General respecto de las actuaciones derivadas de esta delegacion de facultades. Articulo 3.- Delegacion de facultades al Director General de la Oficina General de Recursos Humanos Delegar en el Director General de la Oficina General de Recursos Humanos del Ministerio de la Produccion, las siguientes facultades y atribuciones: a) Tramitar, autorizar y resolver acciones del personal respecto a las asignaciones, ceses, renuncias, rotaciones, reconocimiento de remuneraciones, destaques, prorrogas o renovaciones de contratos, y todas aquellas que MORDAZA necesarias para una adecuada conduccion y direccion del personal, adscrito al regimen laboral del Decreto Legislativo N° 276, hasta el Nivel F-3. b) Disponer el encargo de puesto, encargo de funciones o la suplencia de funciones hasta el Nivel F-3 en los empleados publicos del Ministerio de la Produccion. c) Suscribir los convenios interinstitucionales y convenios de cooperacion tecnica con entidades publicas o privadas que involucren las funciones de la Oficina General de Recursos Humanos, las que deberan cenirse a las disposiciones normativas vinculadas al Presupuesto Publico para el Ano Fiscal 2015, asi como a las disposiciones internas del Ministerio de la Produccion. d) Constituir el Comite Electoral para la eleccion de los representantes de los trabajadores ante el Comite de Administracion del Fondo de Asistencia y Estimulo ­ CAFAE. e) Constituir el Comite Electoral para la Eleccion de los representantes de los trabajadores ante la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios. f) Suscribir los contratos relativos a la prestacion de los servicios regulados por el Decreto Legislativo N° 276

h) Designar a los integrantes del Comite de Administracion del Fondo de Asistencia y Estimulo del Ministerio de la Produccion ­ CAFAE PRODUCE para el Ejercicio Fiscal 2015. i) Autorizar las contrataciones y suscribir los Terminos de Referencia del Servicio, asi como los contratos, las prorrogas o renovaciones de los mismos, con cargo al Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Publico, de conformidad a los Lineamientos para la Administracion del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Publico, aprobado por la Resolucion Ministerial N° 416-2014-EF/10, que se requiera en el Despacho Ministerial y Despachos Viceministeriales, previa solicitud e informe tecnico sustentatorio de las dependencias requirentes. Asimismo, emitir la conformidad del servicio de los referidos contratos. j) Remitir la documentacion correspondiente al personal altamente calificado, de conformidad a lo senalado en el numeral 6.2. de los Lineamientos para la Administracion del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Publico en el MORDAZA de la Ley N° 29806, aprobado por la Resolucion Ministerial N° 283-2012 y modificada por la Resolucion Ministerial N° 061-2014-EF/10. Articulo 2.- Delegacion de facultades al Director General de la Oficina General de Administracion Delegar en el Director General de la Oficina General de Administracion del Ministerio de la Produccion, las siguientes facultades y atribuciones: 2.1 En materia Presupuestaria: a) Supervisar y controlar la correcta implementacion de las medidas de disciplina fiscal, racionalidad y austeridad del gasto publico a ser ejecutadas por la Entidad, contenidas en la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015 y demas normas complementarias vinculadas a la materia. 2.2 En materia de Contrataciones del Estado: a) Aprobar el Plan Anual de Contrataciones de la Entidad correspondiente al Ejercicio Fiscal 2015 y sus modificaciones, conforme a lo dispuesto en los numerales 3.1 y 6.2 del rubro VI Disposiciones Especificas de la Directiva N° 005-009-OSCE/CD sobre Plan Anual de Contrataciones. b) Aprobar el MORDAZA de estandarizacion de bienes de acuerdo a lo senalado en el numeral VI.4 de las Disposiciones Especificas de la Directiva N° 10-009-OSCE/ CD sobre Lineamientos para la Contratacion en la que se hace referencia a determinada MORDAZA o MORDAZA particular. c) Aprobar los expedientes de contratacion para la realizacion de los procesos de seleccion, a excepcion de los procesos de Adjudicacion de Menor Cuantia. Los expedientes de Adjudicacion de Menor Cuantia seran aprobados por el funcionario a cargo de la Oficina de Logistica. d) Designar a los integrantes titulares y suplente de los comites especiales de los procesos de seleccion de Licitacion Publica, Concurso Publico, Adjudicacion Directa y Adjudicacion de Menor Cuantia. En este ultimo caso podra designar un Comite Especial Ad Hoc o Permanente, cuando lo considere conveniente. Asimismo, podra aprobar la recomposicion de los mismos. e) Aprobar la reserva del valor referencial en los procesos de seleccion. f) Aprobar las bases de los procesos de seleccion que convoque la Entidad. g) Aprobar previo al otorgamiento de la buena pro, las propuestas de los postores que superen el valor referencial en los procesos de seleccion para la ejecucion de obras, hasta el limite MORDAZA del diez por ciento (10%) del mismo, siempre que se cuente con la asignacion suficiente de recursos, de acuerdo a lo prescrito por el articulo 33 de la Ley de Contrataciones del Estado y el articulo 76 de su Reglamento. h) Aprobar la cancelacion parcial o total de los procesos de seleccion, por causal debidamente motivada y bajo los lineamientos dispuestos en el Decreto Legislativo N° 1017 y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 184-2008-EF y modificatorias. i) Aprobar la resolucion de contratos suscritos para la adquisicion de bienes, contratacion de servicios y ejecucion de obras, con excepcion de los provenientes de exoneraciones. j) Autorizar, la ejecucion de prestaciones adicionales o la reduccion de las mismas, respecto de los contratos suscritos por la entidad, asi como las contrataciones