Norma Legal Oficial del día 19 de agosto del año 2015 (19/08/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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NORMAS LEGALES

Miércoles 19 de agosto de 2015 /

El Peruano

Rural, el Esquema de Zonificación de Áreas Urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamiento Humano y demás planes específicos de acuerdo con el Plan de Acondicionamiento Territorial; concordante con el numeral 40.1 del artículo 40º del Decreto supremo Nº 04-2011-VIVIENDA; Que, con respecto a la Anexión al Área Urbana y Asignación de Zonificación para el predio que cuenta con un área de 97.22066 Has, inscrito en la partida electrónica Nº 90209035, que cuentan con un área equivalente a 132.7398 Has. (40 fanegadas), ubicado en el distrito de Asia, provincia de Cañete, departamento de Lima, con relación a los predios de propiedad de OSCAR ANDRÉS MANCO ROJAS; JEAN CALLUPE CÓRDOVA; PATROCINIA VENERANDA TORRES ZAVALA DE CALLIRGOS; FELICITA ROCA CUYA CHUMPITAZ; LUIS CÉSAR TORRES CUYA; GUALBERTO RUDY ALVARADO ZAVALA; ANA MARÍA ANICETO SOLÍS;HERNÁN WALTER ALVARADO ZAVALA; JUAN MAURICIO SOLÍS ZAVALA Y "LOS PORTALES S.A.", es oportuno realizar un análisis tanto de los hechos invocados, así como de la normativa aplicable al presente caso, a fin de determinar su procedencia o improcedencia; Que, el procedimiento de anexión al área urbana y asignación de zonificación, son procedimientos administrativos contemplados en el TUPA de la Municipalidad Provincial de Cañete, mediante el cual se permite la incorporación de áreas al Plan de Desarrollo Urbano asignándole una Zonificación Urbana que permite el desarrollo de proyectos urbanísticos; Que, el artículo 40º del Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2011-VIVIENDA, establece que es de competencia exclusiva de la Municipalidad Provincial respecto a la aprobación del Plan de Desarrollo Urbano; Que, en este orden de ideas, el artículo 49º del citado cuerpo normativo, señala que el Consejo Municipal Provincial, es competente para aprobar las modificaciones y/o actualizaciones a los Planes que corresponde, considerando que las modificaciones deben ser, en procura de un óptimo beneficio para la comunidad. Tales modificaciones y/o actualizaciones pueden versar sobre "Plan de Acondicionamiento Territorial", "Plan de Desarrollo Metropolitano" y " Plan de Desarrollo Urbano"; Que, respecto al asunto materia de análisis, versa sobre modificación y/o actualización al Plan de Desarrollo Urbano, específicamente respecto al literal 3, numeral 3 del artículo 49º del Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2011-VIVIENDA, la misma que expresa: "Las que dirijan la expansión urbana hacia lugares y direcciones diferentes a las establecidas originalmente en el Plan"; Que, mediante informe técnico de la referencia, señala que: En el presente expediente técnico, el predio materia en consulta se encuentra en la jurisdicción del distrito de Asia; asimismo, cuenta con el poder de los propietarios. Respecto al área se explica lo siguiente: Terreno materia de consulta con un área de 40 fanegadas se ha independizado del terreno matriz que obra inscrito en el tomo 002, fojas 303, asiento I, rectificado en las fojas 305 del mismo tomo con 288.95 Has, del studio de la partida matriz, se puede determinar que existe un total de 4 independizaciones, de 42.5 fanegadas; 2 fanegadas y 1 Has. Toda esta sumatoria equivale al área rectificada de 288.95 Has.; Que, en tal sentido el predio en consulta corresponde al terreno independizado de 40 fanegadas a 132.7398 Has., dentro del cual se está solicitando la anexión y asignación de zonificación de 97.22066 Has., estando el saldo calificado como UUT; Que, el Reglamento de Usos de Suelos de la Provincia de Cañete, aprobado por Ordenanza Nº 006-95-MPC y modificado por Ordenanza Nº 26-2002-MPC, señala que la zonificación que le corresponde al predio es de UUT (uso urbano turístico) dicha zonificación se corrobora en el Certificado de Zonificación y Vías, otorgadas por la Municipalidad Provincial de Cañete; Que, mediante Oficio Nº 079-2014-ODUR/MDA, de fecha 14 de octubre del 2014, la Gerencia de Obras de la municipalidad distrital de Asia, ha emitido la opinión técnica favorable por la propuesta de modificación del Plan Urbano del distrito de Asia, mediante Anexión al área urbana y asignación de zonificación;

Que, mediante Memorándum Nº 1091-2014-GODURMPC, de fecha 05 de diciembre del 2014, la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, de la Municipalidad Provincial de Cañete, solicita el inicio de aprobación de la modificación del Plan Urbano del distrito de Asia, mediante los procedimientos de Anexión al Área Urbana y Asignación de Zonificación para el Desarrollo de Proyectos en Zonificación RESIDENCIAL DE DENSIDAD MEDIA (R-3 Y R-4); Que, mediante Informe Legal Nº 146-2015-GAJMPC, de fecha 17 de abril del 2015, la Oficina de Asesoría Jurídica opina que es factible realizar la aprobación de la propuesta de Modificación del Plan de Desarrollo Urbano (PDU) de la Municipalidad Distrital de Asia, mediante procedimientos de Anexión de predio al área urbana y asignación de zonificación, precisando que debe aprobarse mediante Ordenanza Municipal; Que, se cuenta con el Dictamen Nº 008-2015-CODUR-MPC , de fecha 23 de junio del 2015, de la Comisión de Obras, Desarrollo Urbano y Rural de la Municipalidad Provincial de Cañete, quien opina que es procedente la propuesta de modificación del Plan de Desarrollo Urbano del distrito de Asia, mediante procedimientos de Anexión de Predio al Área Urbana y la Asignación de Zonificación al predio materia del análisis, elevándolo al pleno del Concejo para su debate y ulterior aprobación; Estando a lo dispuesto, a lo preceptuado en la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con el voto unánime y, con la dispensa del trámite de Lectura y Aprobación del Acta se aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo 1º.- Aprobar la Modificación del Plan Urbano del Distrito de Asia, mediante los Procedimientos de Anexión al Área Urbana, para el predio de propiedad de OSCAR ANDRÉS MANCO ROJAS, JEAN CALLUPE CÓRDOVA, PATROCINIA VENERANDA TORRES ZAVALA DE CALLIRGOS, FELICITA ROSA CUYA CHUMPITAZ, LUIS CÉSAR TORRES CUYA, ROSARIO INÉS TORRES CUYA, GUALBERTO RUDI ALVARADO ZAVALA, ANA MARÍA ANICETO SOLÍS, HERNÁN WALTER ALVARADO ZAVALA, JUAN MAURICIO SOLÍS ZAVALA Y LOS PORTALES S.A., que cuenta con un área de 97.22066 Has., que forma parte del área de 132.7398 Hás. (40 fanegadas) del predio inscrito en la partida electrónica Nº 90209035; ubicado en la jurisdicción del Distrito de Asia, Provincia de Cañete, Departamento de Lima, y asignarle la siguiente Zonificación:
Lote Mínimo en(M2) 160.00 160.00 Frente Mínimo En (ml) 8.00 8.00 CoefiAltura ciente de Edifide Edificación cación 3 PISOS 4 PISOS 2.1 2.8 2.8 Área Libre 30.00% 30.00% 30%

USO Zonificación UNIFAMILIAR Residencial De Densidad MULTIFAMILIAR Media (R3) CONJUNTO RESIDENCIAL

450.00

15.00

4 PISOS

USO Zonificación Residencial UNIFAMILIAR De Densidad Media (R3) MULTIFAMILIAR CONJUNTO RESIDENCIAL

Lote Mínimo En (m2) 90.00 120.00 450.00

Frente Mínimo En (ml) 6.00 6.00 15.00

CoefiAltura ciente de Edifide Edificación cación 3 PISOS 4 PISOS 4 PISOS 2.1 2.8 2.8

Área Libre 30.00% 30.00% 30.00%

AREAS DE APORTES REGLAMENTARIOS: DE CONFORMIDAD CON EL REGLAMENTO NACIONAL DE EDIFICACIONES. Artículo 2º.- PRECISAR que el Plano Propuesta de Zonificación, la lámina P-03 y la Memoria Justificativa de Anexión al Área Urbana y Asignación de Zonificación