Norma Legal Oficial del día 06 de agosto del año 2015 (06/08/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano / Jueves 6 de agosto de 2015

NORMAS LEGALES

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Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaría General de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial "El Peruano", y a la Unidad de Desarrollo Tecnológico y Estadística,la publicación del presente Decreto de Alcaldía y el Anexo que forma parte integrante del mismo, en la página web de la entidad: www.munives.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. GUIDO IÑIGO PERALTA Alcalde 1269893-1

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA
Aprueban el Reglamento de Elecciones de Autoridades Municipales de Centros Poblados de la Provincia de Huaura
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 019-2015 Huacho, 22 de julio del 2015. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA POR CUANTO: Visto en Sesión Ordinaria de la fecha, el Proyecto de Ordenanza que aprueba el Reglamento de Elecciones de Autoridades Municipales de Centros Poblados de la Provincia de Huaura, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local, que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, correspondiendo al Concejo Municipal, la función normativa a través de Ordenanzas, en concordancia al inciso 8) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972. Que, la Ley de Elecciones de Autoridades de las Municipalidades de Centros Poblados ­ Ley Nº 28440, regula el proceso de elección democrática de Alcaldes y Regidores de las Municipalidades de Centros Poblados, de conformidad a lo previsto en el artículo 132º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972. Que, de conformidad al artículo 5º de Ley, Nº 28440, la convocatoria, fecha del sufragio, funciones, conformación del Padrón Electoral e inscripción de listas de candidatos, impedimentos, tachas, reglas sobre el cómputo y proclamación de las Autoridades de Centros Poblados, impugnaciones, asunción y juramentación de los cargos y demás aspectos relacionados, se establecen por Ordenanza Provincial. Que, el Artículo 2º de la precitada Ley, establece: "El alcalde provincial convoca a elecciones con ciento veinte (120) días naturales de anticipación al acto del sufragio, comunicando el acto al Jurado Nacional de Elecciones, bajo responsabilidad. En el caso de municipalidades de centro poblado nuevas, la convocatoria debe llevarse a cabo dentro de los noventa (90) días naturales, contados a partir de la fecha de su creación por ordenanza". Que, mediante Ordenanza Provincial Nº 006-2011MPH de fecha 17.03.2011, se aprobó el Reglamento

Electoral para Elecciones de Autoridades de Centros Poblados de la Provincia de Huaura, Ordenanza que es pertinente adecuar a la normatividad vigente. Que, con Informe Nº 168-2015-SGJYPV/MPH de fecha 06 de julio del 2015 la Sub Gerencia de la Juventud y Participación Vecinal, remite la propuesta del Proyecto de Ordenanza y Reglamento que Regula las Elecciones de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados de la Provincia de Huaura, asimismo, hace de conocimiento que el presente año finaliza el Período de Gobierno de las actuales Autoridades de las cuatro Municipalidades de Centros Poblados elegidos el 14 de agosto del 2011. Cuenta con opinión favorable de la Gerencia de Desarrollo Humano mediante Informe Nº 1322 -2015 GDH/MPH, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto a través del Proveído Nº 3269-2015-GPP/MPH-H, Gerencia de Asesoría Jurídica con Informe Legal Nº 862-2015GAJ/MPH y Gerencia Municipal mediante Informe Nº 158-2015-GM/MPH. Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas en el inciso 8) y 9) del artículo 9º y 39º , de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, concordante con el artículo 40º del precitado marco legal, con la votación unánime y con la dispensa de la aprobación del acta, el Pleno del Concejo ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ELECCIONES DE AUTORIDADES MUNICIPALES DE CENTROS POBLADOS DE LA PROVINCIA DE HUAURA Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de Elecciones de Autoridades Municipales de Centros Poblados de la Provincia de Huaura, que consta de 202º Artículos, 08 Disposiciones Complementarias y 03 Disposiciones Transitorias; conforme al texto que como Anexo, forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- AUTORIZAR al Alcalde Provincial, actualizar el Cronograma para cada Proceso Electoral, según lo regulado en la presente Ordenanza el cual será aprobado con Decreto de Alcaldía con el que se Convoca a Elecciones de Autoridades Municipalidades de Centros Poblados. Artículo Tercero.- AUTORIZAR al Alcalde Provincial, actualizar la Tabla de Tasas para cada Proceso Electoral, según porcentajes fijados en el Reglamento de Elecciones y la variación de la Unidad Impositiva Tributaria, lo que debe ser aprobado con el Decreto de Alcaldía con el que se convoca a Elecciones de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia de Administración y Finanzas, así como a la Gerencia de Desarrollo Humano, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza; conforme a sus atribuciones. Artículo Quinto.- DEROGAR la Ordenanza Provincial Nº 006-2011-MPH de fecha 17.03.2011, que aprobó el Reglamento Electoral para Elecciones de Autoridades de Centros Poblados de la Provincia de Huaura. Artículo Sexto .- DISPONER la publicación del texto aprobatorio de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, encargando a la Sub Gerencia de Tecnologías, Sistemas de Información y Estadística, la publicación del texto íntegro del Reglamento en el Portal Institucional www.munihuacho.gob.pe y en el portal del Estado www.peru.gob.pe. POR TANTO MANDO: Se registre, publique y cumpla. JORGE HUMBERTO BARBA MITRANI Alcalde Provincial 1270337-1