Norma Legal Oficial del día 25 de septiembre del año 2014 (25/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano Jueves 25 de setiembre de 2014

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Supremo N° 059-2005-EM, senala que el Estado solo asume la tarea de remediacion de las areas con pasivos ambientales mineros que no cuenten con responsables identificados o remediadores voluntarios; pudiendo proceder a remediar las areas con pasivos ambientales mineros en caso que una empresa de propiedad del Estado sea responsable en no menos de dos tercios del monto correspondiente a la remediacion, o excepcionalmente en funcion de la debida tutela del interes publico; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 094-2013MEM/DM se dispuso que, excepcionalmente y en funcion de la debida tutela del interes publico, el Estado asuma la remediacion de los pasivos ambientales mineros de los proyectos de remediacion "Relavera Ticapampa", "Acombamba", "Lichicocha", "Pacococha", "Chugur", "Santa MORDAZA 2", "Azulmina", "Delta Upamayo y Rio San Juan" y "Saramarca", ubicados en las regiones de MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Huancavelica, Pasco, MORDAZA e Ica, respectivamente, calificados de alto riesgo y de muy alto riesgo, conforme figuran en los Anexos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9 de dicha resolucion; disponiendose a su vez, encargar a la empresa estatal Activos Mineros S.A.C. para que ejecute la remediacion de los pasivos ambientales mineros senalados en dicha resolucion; Que, mediante escrito N° 2271422, Minera Germania S.A. solicito el reaprovechamiento de pasivos ambientales mineros del area que comprende las coordenadas detalladas en dicho escrito, dentro de la cual se ubican diecisiete (17) pasivos ambientales mineros, de los cuales cuatro (4) forman parte del proyecto de remediacion "Pacococha", identificados en el inventario de pasivos con los ID 9813, 9814, 9840 y 9838; y que se incluyen en el Anexo 4 de la Resolucion Ministerial N° 094-2013-MEM/ DM; mientras que los otros trece (13), se encuentran incluidos en la Resolucion Ministerial N° 234-2014-MEM/ DM, que actualizo el inventario de pasivos ambientales mineros; Que, conforme lo indica el Informe N°130-2014-MEMDGM/DTM/PAM de la Direccion Tecnica Minera de la Direccion General de Mineria, la Direccion Regional de Energia y Minas de MORDAZA, en respuesta a la solicitud efectuada por la Direccion General de Mineria, ha informado que la Unidad Economica Administrativa "Pacococha", cuyo titular es Minera Germania S.A., cuenta con certificacion ambiental para explotacion, aprobada mediante Resolucion Directoral N° 250-2013GRL-GRDE-DREM, de fecha 5 de diciembre de 2013, la misma que incluye el reaprovechamiento de diecisiete (17) pasivos ambientales, incluidos los cuatro (4) pasivos senalados en el considerando precedente; Que, el Informe mencionado en el considerando anterior, indica que mediante escrito N° 2375455, Activos Mineros S.A.C. informo a la Direccion General de Mineria que la OPI-FONAFE aprobo recientemente los terminos de referencia para contratar a la empresa que realizara el estudio del perfil del proyecto de remediacion "Pacococha", por lo que el referido proyecto no cuenta con la viabilidad SNIP y, en consecuencia, tampoco cuenta con estudio ambiental para el cierre de pasivos ambientales mineros; Que, el articulo 12 del Reglamento de Pasivos Ambientales de la Actividad Minera, aprobado por Decreto Supremo N° 059-2005-EM, senala cuales son las modalidades de remediacion voluntaria, el mismo que indica que cualquier persona o entidad, sea titular de concesiones mineras o no, podra asumir la responsabilidad de remediar voluntariamente pasivos ambientales mineros, inventariados o no, que se encuentren ubicados en su propia concesion minera, de tercero o en areas de libre denunciabilidad; Que, entre dichas modalidades se encuentra el reaprovechamiento, cuya solicitud debe dirigirse a la Direccion General de Mineria, precisando la informacion que permita su identificacion en el inventario de pasivos, conforme lo indica el articulo 61 del reglamento MORDAZA referido; Que, por lo tanto, es conveniente excluir los pasivos ambientales mineros que forman parte del proyecto "Pacococha", identificados mediante ID 9813, 9814, 9840 y 9838 de la relacion de pasivos encargada a Activos Mineros S.A.C., mediante Resolucion Ministerial N° 0942013-MEM/DM, considerando que Minera Germania S.A. ha solicitado su reaprovechamiento, en virtud del articulo 12 y otros del Reglamento de Pasivos Ambientales de la Actividad Minera; Que, por otro lado, mediante Resolucion Ministerial N° 482-2012-MEM/DM se dispuso que, excepcionalmente

de nucleos ejecutores la adquisicion de determinados bienes a las MYPE, entre otros, la adquisicion de cocinas para el Ministerio de Energia y Minas; Que, al MORDAZA del Decreto de Urgencia N° 058-2011, mediante Oficio N° 025-2013-MEM/DM el Ministerio de Energia y Minas comunica al Ministerio de la Produccion, que tiene previsto adquirir cocinas de dos hornillas a Gas Licuado de Petroleo (GLP); Que, conforme al numeral 9.3 del articulo 9 del Decreto de Urgencia N° 058-2011, las instituciones publicas correspondientes debian acreditar a sus representantes ante el Nucleo Ejecutor; Que, en ese sentido, mediante Resolucion Ministerial Nº 509-2013-MEM/DM, se designo al senor MORDAZA MORDAZA Napuri como representante del Ministerio de Energia y Minas ante el Nucleo Ejecutor de Compra de kits de cocinas a GLP y cocinas mejoradas, conforme establece el Decreto de Urgencia N° 058-2011; Que, mediante documento de fecha 25 de MORDAZA de 2014, el senor MORDAZA MORDAZA Napuri, renuncio al Ministerio de Energia y Minas; Que, en ese sentido, corresponde designar un MORDAZA representante del Ministerio de Energia y Minas ante el Nucleo Ejecutor de Compra de kits de cocinas a GLP y cocinas mejoradas; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto de Urgencia N° 058-2011; Ley N° 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; Decreto Ley Nº 25962, Ley Organica del Sector Energia y Minas, Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Energia y Minas aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1.- Designar a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Profesional CAS de la Direccion General de Eficiencia Energetica del Ministerio de Energia y Minas; como representante del Ministerio de Energia y Minas ante el Nucleo Ejecutor de Compra de kits de cocinas a GLP y cocinas mejoradas, conforme establece el Decreto de Urgencia N° 058-2011. Articulo 2.- Dejar sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 509-2013-MEM/DM. Articulo 3.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a los Ministerios de Desarrollo e Inclusion Social, de la Produccion, al Fondo de Cooperacion para el Desarrollo Social - FONCODES, y a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Energia y Minas, para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 1141388-1

Excluyen pasivos ambientales mineros que forman parte de ex unidades mineras de la relacion de pasivos encargados a Activos Mineros S.A.C., a traves de las RR.MM. N°s. 094-2013MEM/DM y 482-2012-MEM/DM
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 420-2014-MEM/DM MORDAZA, 18 de setiembre de 2014 VISTO: el Informe N°130-2014-MEM-DGM/DTM/PAM de la Direccion Tecnica Minera de la Direccion General de Mineria, respecto a la exclusion de pasivos ambientales mineros de la Resolucion Ministerial N° 094-2013-MEM/ DM y de la Resolucion Ministerial N° 482-2012-MEM/DM; CONSIDERANDO: Que, el articulo 20 del Reglamento de Pasivos Ambientales de la Actividad Minera, aprobado por Decreto