Norma Legal Oficial del día 02 de septiembre del año 2014 (02/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano Martes 2 de setiembre de 2014

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tiempo real. Esta adecuacion permitira que los reportes del Poder Judicial MORDAZA consultados por las demas instituciones de justicia; a fin de lograr a futuro la obtencion de reportes transversales y unificados; d) Formatos de recojo de informacion: Considera el diseno de formatos que permitan recopilar informacion de todas las sedes y subsedes que conforman el Distrito Judicial, superando de esta manera los problemas de interconexion del sistema; y, e) Glosario de terminos: La propuesta considera finalmente un anexo que unifica los terminos que se utilizaran en el MORDAZA de elaboracion y reporte de datos que servira, posteriormente, para nutrir los indicadores; lo que permitira, a su vez, una medicion uniforme con datos obtenidos en distintas sedes judiciales. Quinto. Que, en cuanto a la clasificacion de la propuesta formulada sobre indicadores de medicion, se tiene lo siguiente: i) Acceso a la justicia; ii) Presupuesto e Insumos; iii) Litigiosidad y carga de trabajo; iv) Produccion y productividad; v) Duracion y dilacion; vi) Justicia alternativa; vii) Calidad y control judicial; viii) Oralidad y publicidad de los procesos; ix) Certeza juridica y debido proceso; x) Acciones penitenciarias; xi) Acceso a la informacion y participacion en el proceso; xii) Capacitacion y reforzamiento de habilidades; y, xiii) Transparencia. Sexto. Que, del correlato descrito, es evidente que los indicadores propuestos por el Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal, permitira obtener una lectura estadistica exacta de la implementacion y aplicacion del Codigo Procesal Penal, coadyuvando en su seguimiento y monitoreo MORDAZA, lo que evidentemente permitira potenciar, en el tiempo, la mejora continua de los resultados. Asimismo, resulta MORDAZA, que la estructura de indicadores propuesta permitira ordenar la base de datos del Poder Judicial con informacion relevante para la implementacion del Codigo Procesal Penal, mas aun concentraran las bases de datos de todos los Distritos Judiciales de una forma mas eficaz; en consecuencia, resulta conveniente aprobar la propuesta presentada por el Presidente del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal. Setimo. Que, el numeral 26 del articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, determina como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, adoptar acuerdos y demas medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por estos fundamentos; en merito al Acuerdo N° 4072014 de la decimo sexta sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores MORDAZA MORDAZA, De MORDAZA MORDAZA, Lecaros MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Cardenas; en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar los "Indicadores para el Seguimiento y Evaluacion de la Reforma Procesal Penal en el Poder Judicial", los cuales se detallan en el documento anexo, el mismo que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial, en coordinacion con el Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del Codigo Procesal Penal, realice en forma inmediata y simultanea, acciones de desarrollo y mejora del Sistema Integrado Judicial -SIJy Formulario Estadistico Electronico -FEE-, con el fin de obtener reportes sistematizados adecuados a la totalidad de los indicadores aprobados mediante la presente resolucion. En ese sentido, la Gerencia General debera remitir al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial el cronograma de implantacion en todo el territorio nacional, debiendo dar estricta prioridad a los indicadores reportados al Ministerio de Economia y Finanzas, mediante el Programa Presupuestal 086 Mejora de los Servicios del Sistema de Justicia Penal. Articulo Tercero.- La Gerencia General del Poder Judicial informara trimestralmente al Equipo Tecnico

Aprueban "Indicadores para el Seguimiento y Evaluacion de la Reforma Procesal Penal en el Poder Judicial"
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 175-2014-CE-PJ MORDAZA, 14 de MORDAZA de 2014 VISTOS: El Oficio N° 68-2014-ETI-CPP/PJ, cursado por el Presidente del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal, y la propuesta de Indicadores para el Seguimiento y Evaluacion de la Reforma Procesal Penal en el Poder Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que mediante Decreto Legislativo N° 957, de fecha 29 de MORDAZA de 2004, se promulgo el Codigo Procesal Penal que desarrolla un MORDAZA sistema procesal y cuya implementacion es progresiva; conforme a un cronograma de entrada en vigencia. En ese sentido, uno de los desafios mas importantes para el Poder Judicial ha sido y es lograr que el sistema de justicia y la ciudadania cuenten con informacion relevante respecto a los avances y resultados de la implementacion; asi como aquellos datos sobre la adecuada aplicacion del Codigo Procesal Penal que se viene alcanzando. Segundo. Que, dentro del contexto senalado, resulta de MORDAZA importancia que el Poder Judicial refleje estadisticamente el funcionamiento real de cada una de las areas jurisdiccionales y administrativas, que vienen aplicando el MORDAZA modelo procesal penal. Situacion que a su vez permitira mejorar el nivel de eficiencia de la gestion judicial, mediante controles efectivos de seguimiento y monitoreo de la labor en cada modulo penal del pais. En aras de conseguir ese proposito, el Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del Codigo Procesal Penal ha desarrollado una propuesta de indicadores para ser validados e incluidos en el Sistema Integrado Judicial a corto, mediano y largo plazo. Estos indicadores, conforme a la propuesta formulada, tienen por objetivo general evaluar de manera integral el MORDAZA de implementacion y aplicacion del Codigo Procesal Penal dentro del Poder Judicial. Tercero. Que, en ese orden de ideas, mediante la aplicacion de indicadores de medicion para organos jurisdiccionales del Codigo Procesal Penal para el seguimiento y evaluacion de la reforma procesal penal en el Poder Judicial, se podra realizar el seguimiento permanente a traves de la recopilacion sistematica de datos sobre indicadores especificos que permita potenciar la toma de decisiones de los responsables de la implementacion de la reforma procesal penal, tanto local (Equipo Tecnicos de Implementacion Distritales y Comisiones Distritales de Implementacion del Codigo Procesal Penal); asi como nacional (Equipo Institucional de Implementacion del Codigo Procesal Penal, Consejo Ejecutivo y Presidente del Poder Judicial), con informacion sobre el cumplimiento de los objetivos, y sobre todo el uso de los fondos destinados para tal fin. Cuarto. Que los criterios considerados en la elaboracion de los Indicadores de Medicion de Desempeno de los Organos Jurisdiccionales del Codigo Procesal Penal son los siguientes: a) Individualizacion de los sistemas procesales aplicados: El proposito es separar los procesos que vienen conociendo los organos jurisdiccionales del Poder Judicial en materia penal; teniendo en cuenta que muchos de ellos tramitan procesos del Codigo Procesal Penal teniendo en adicion de funciones procesos del Codigo de Procedimientos Penales o viceversa; asi como tambien los organos jurisdiccionales Mixtos y de Paz Letrado que conocen procesos de otras especialidades; b) Identificacion de hitos estadisticos: El proposito es entrelazar informacion sobre los estadios procesales medidos y la eficiencia con las que se cumplen; c) Reportes del sistema: El objetivo es actualizar los reportes del Sistema Integrado Judicial (SIJ) con los indicadores propuestos, a fin de obtener informacion detallada en