Norma Legal Oficial del día 30 de octubre del año 2014 (30/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano Jueves 30 de octubre de 2014

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en la direccion electronica: http://www.minsa.gob.pe/ transparencia/normas.asp Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud 1156400-3

del Ministerio de Salud y la elaboracion de Manuales de Procesos y Procedimientos; Que, a traves de la Resolucion Ministerial N° 598-2014/MINSA se aprobo el documento "Mapa de Procesos del Ministerio de Salud" asi como las "Fichas Tecnicas de los procesos de nivel cero del Ministerio de Salud"; Que, de conformidad con el articulo 19 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo 023-2005-SA y sus normas modificatorias, corresponde a la Oficina de Organizacion de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, proponer los modelos de organizacion asi como los sistemas y procesos organizacionales, ademas de elaborar las normas tecnicas de organizacion en el Ministerio de Salud, organos desconcentrados y organismos publicos descentralizados; Que, considerando lo propuesto en el informe de Visto, corresponde aprobar el instrumento normativo y metodologico a traves del cual se establezca los lineamientos que coadyuven a la implementacion de la gestion por procesos en el Ministerio de Salud, y que establezca criterios institucionales para la formulacion del Mapa de Procesos, Manuales de Procesos y otros documentos tecnicos de caracter organizacional; Estando a lo informado y propuesto por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y con las visaciones del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica, del Secretario General, del Viceministro de Salud Publica y del Viceministro (e) de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo 1161, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobar la Directiva Administrativa N° 203MINSA/OGPP-V.01 "Lineamientos para la implementacion de la gestion por procesos en el Ministerio de Salud", asi como sus Anexos, que forman parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2.- Aprobar la Guia Tecnica de la Fase 1: "Disenar procesos en el Ministerio de Salud" y sus respectivos anexos, que forman parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 3.- Constituir el Equipo de Implementacion de la Gestion por Procesos en el Ministerio de Salud, el mismo que estara conformado de la siguiente manera: · Un representante de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, que lo presidira. · Un representante de la Alta Direccion del Ministerio de Salud. · Un representante de cada Direccion General del Ministerio de Salud. · Un representante de cada Oficina General del Ministerio de Salud. · Un representante de cada Programa y de cada Proyecto del Ministerio de Salud. · Un representante de cada organo desconcentrado del Ministerio de Salud. El Equipo de Implementacion tendra a su cargo las funciones y responsabilidades que le establece la Directiva Administrativa aprobada en el articulo 1 de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 4.- Establecer un plazo no mayor de ciento veinte (120) dias habiles para la MORDAZA de los proyectos de Manuales de Procesos de la Entidad a la Alta Direccion. Articulo 5.- Para efecto de la Directiva que se aprueba mediante la presente Resolucion Ministerial, no se consideran organos desconcentrados del Ministerio de Salud a aquellos que, en cumplimiento del Decreto Legislativo N° 1167, se encuentren en MORDAZA de transferencia al Instituto de Gestion de Servicios de Salud (IGSS). Articulo 6.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones, la publicacion de la presente Resolucion Ministerial en el MORDAZA institucional del Ministerio de Salud,

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Declaran improcedente la comunicacion de huelga indefinida presentada por el Sindicato de Trabajadores de Fibras Industriales - SINTRAFISA
RESOLUCION DIRECTORAL GENERAL N° 145-2014/MTPE/2/14 MORDAZA, 24 de setiembre de 2014 VISTOS: El escrito presentado por el SINDICATO DE TRABAJADORES DE FIBRAS INDUSTRIALES SINTRAFISA (en adelante, EL SINDICATO), por el cual la referida organizacion sindical interpone recurso de revision contra la Resolucion Directoral N° 38-2014MTPE/1/20, mediante la cual la Direccion Regional de Trabajo y Promocion del Empleo de MORDAZA Metropolitana confirmo el Auto Directoral N° 078-2014-MTPE/1/20.2, que declaro improcedente la comunicacion de huelga presentada por dicha organizacion sindical, a realizarse de manera indefinida a partir de las 00:00 horas del dia 09 de setiembre del 2014. CONSIDERANDO: I. Aspectos formales. 1. De los recursos administrativos Los recursos administrativos deben su existencia al "logico ofrecimiento [a los administrados] de posibilidades defensivas ante eventuales violaciones de sus derechos o atentados a sus intereses por parte de la Administracion. La administracion tiene tambien ocasion asi de revisar sus conductas, rectificando las desviaciones en que pueda haber incurrido frente a lo dispuesto por el ordenamiento juridico o simplemente, sin que MORDAZA producido ilegalidad, adoptando una nueva decision mas razonable (...)1". Conforme a lo dispuesto por el articulo 206º de la Ley del Procedimiento Administrativo General (en adelante, LPAG), aprobada por Ley N° 27444, el administrado tiene el derecho de contradecir el acto administrativo que se supone esta violando, desconociendo o lesionando un derecho o interes legitimo, lo que se materializa a traves de los recursos administrativos detallados en el articulo 207º del referido cuerpo normativo; a saber: i) Recurso de reconsideracion, ii) Recurso de apelacion y iii) Recurso de revision. 2. Del recurso de revision Es el recurso excepcional interpuesto ante una tercera instancia de competencia nacional (en el caso de que las dos instancias anteriores fueron resueltas por autoridades que no son de competencia nacional), correspondiendo dirigirlo a la misma autoridad que expidio el acto impugnado para que esta eleve lo actuado al superior jerarquico. El recurso de revision se fundamenta en el ejercicio de la tutela administrativa que la legislacion encarga a

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MORDAZA MORDAZA, Ramon. Manual de Derecho Administrativo. Editorial Aranzadi. 2005. Navarra. pp. 309-310.