Norma Legal Oficial del día 16 de octubre del año 2014 (16/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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Articulo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolucion, seran con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 ­ Administracion General del Pliego Ministerio de Economia y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pasajes Aereos : Viaticos (3 + 2 dias) : US $ US $ 5 879,99 1 925,00

El Peruano Jueves 16 de octubre de 2014

el articulo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas y el item CE02 del Anexo Nº 01 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 061-2006-EM; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y el visto MORDAZA del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar concesion temporal a favor de la empresa ABENGOA PERU S.A., que se identificara con el codigo Nº 27350314, para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados a la actividad de generacion de energia electrica de la futura Central Eolica MORDAZA Poroma, para una capacidad instalada estimada de 49,5 MW, los cuales se realizaran en los distritos de Nazca y Marcona, provincia de Nazca y departamento de Ica, por un plazo de veinticuatro (24) meses contados a partir de la vigencia de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los estudios se realizaran al MORDAZA de la presente concesion temporal, y comprenderan la MORDAZA delimitada por las siguientes coordenadas UTM (PSAD 56): VERTICE 1 2 3 4 ESTE 491 000 499 000 499 000 491 000 NORTE 8 342 000 8 342 000 8 336 000 8 336 000

Senor MORDAZA MORDAZA De Urioste Samanamud Pasajes Aereos : Viaticos (9 + 2 dias) : US $ US $ 8 649,61 4 235,00

Articulo 3.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado los viajes, las citadas personas deberan presentar ante el Titular de la Entidad, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. En el mismo plazo presentaran la rendicion de cuentas por los viaticos entregados. Articulo 4.- La presente MORDAZA no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de aduana de cualquier clase o denominacion a favor de las personas cuyos viajes se autorizan. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA VASI Ministro de Economia y Finanzas 1150984-1

ENERGIA Y MINAS
Otorgan concesion temporal a favor de la empresa Abengoa Peru S.A. para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados a la actividad de generacion de energia electrica que se realizara en el departamento de Ica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 427-2014-MEM/DM MORDAZA, 19 de setiembre de 2014 VISTO: El Expediente Nº 27350314 sobre otorgamiento de concesion temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generacion de energia electrica de la futura Central Eolica MORDAZA Poroma, presentado por ABENGOA PERU S.A., persona juridica inscrita en la Partida Nº 00381616 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, ABENGOA PERU S.A., mediante documento con registro de ingreso Nº 2414167 de fecha 16 de MORDAZA de 2014, ha presentado solicitud sobre otorgamiento de concesion temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generacion de energia electrica de la futura Central Eolica MORDAZA Poroma, al MORDAZA de lo dispuesto por el articulo 30 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, los estudios mencionados en el considerando que antecede se desarrollaran en los distritos de Nazca y Marcona, provincia de Nazca y departamento de Ica, en la MORDAZA comprendida dentro las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la Empresa solicitante ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, ha emitido el Informe Nº 494-2014-DGE-DCE; Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 23 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas,

Articulo 3º.- El concesionario esta obligado a realizar los estudios respetando las normas tecnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nacion, asi como el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y demas normas legales pertinentes. De conformidad con el articulo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, si vencido el plazo mencionado en el articulo 1 de la presente Resolucion, el concesionario no cumpliera con las obligaciones contraidas en su solicitud, respecto de la ejecucion de los estudios y cumplimiento del Cronograma de Ejecucion de Estudios, la Direccion General de Electricidad ejecutara la garantia otorgada. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez y por cuenta del interesado, y entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 1141794-1

PRODUCE
Designan Director Ejecutivo Cientifico del Instituto Tecnologico de la Produccion - ITP
RESOLUCION SUPREMA Nº 014-2014-PRODUCE MORDAZA, 15 de octubre de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 007-2014PRODUCE, publicada el 07 de agosto de 2014, se acepto la renuncia de la Directora Ejecutiva Cientifica del Instituto Tecnologico de la Produccion ­ ITP resolviendo encargar,