Norma Legal Oficial del día 13 de mayo del año 2014 (13/05/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 99

El Peruano Martes 13 de MORDAZA de 2014

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VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de la Fiscalia de la Nacion Nº 1580-2014-MP-FN de fecha 30 de MORDAZA de 2014, se acepto la renuncia al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al cargo de confianza de Secretario General de la Fiscalia de la Nacion del Ministerio Publico; En uso de las atribuciones conferidas por el 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico. SE RESUELVE: Articulo Primero.- NOMBRAR al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Fiscal Superior Provisional del Distrito Judicial de MORDAZA, adscrito al Despacho de la Fiscalia de la Nacion, en el Area Especializada en Enriquecimiento Ilicito y Denuncias Constitucionales, con retencion de su cargo de carrera. Articulo Segundo.- ENCARGAR a partir de la fecha la Secretaria General de la Fiscalia de la Nacion del Ministerio Publico al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Superior Provisional del Distrito Judicial de MORDAZA, en adicion a sus funciones jurisdiccionales que le corresponde desempenar en el Area Especializada materia de su nombramiento. Articulo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolucion, a las Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Judiciales a Nivel Nacional, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluacion de Fiscales y al Fiscal mencionado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion 1082061-3 FE DE ERRATAS RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 1745-2014-MP-FN Mediante Oficio N° 8908-2014-MP-FN-SEGFIN el Ministerio Publico solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion de la Fiscalia de la Nacion N° 17452014-MP-FN, publicada en la edicion del 11 de MORDAZA de 2014. En el Articulo Primero; DICE: "(...), en el Despacho de la Decima Tercera Fiscalia Provincial Penal de MORDAZA, materia de la Resolucion de la Fiscalia de la Nacion N°440-2013-MP-FN, de fecha 15 de febrero de 2013." DEBE DECIR: "(...), en el Despacho de la Setima Fiscalia Provincial Penal de MORDAZA, materia de la Resolucion de la Fiscalia de la Nacion N°827-2011-MP-FN, de fecha 17 de MORDAZA de 2011." En el Articulo Cuarto; DICE: "(...), en el Despacho de la Decima Tercera Fiscalia Provincial Penal de Lima." DEBE DECIR: "(...), en el Pool de Fiscales de Lima." 1082060-1

GOBIERNOS LOCALES PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA
Aprueban Programa de Segregacion en la Fuente y Recoleccion Selectiva de Residuos Solidos Domiciliarios en un 25% de viviendas urbanas del distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 005-2014-AL/MPB Barranca, 23 de MORDAZA del 2014 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA VISTOS; El Informe Nº 269-2014-SGMA-MPB, emitido por la Sub Gerencia de Salud y Medio Ambiente, Informe Nº 047-2014-GSP/MBB-MPB de la Gerencia de Servicios Publicos, y Memorandum Nº 0308-2014-GM/MPB, de la Gerencia Municipal, relacionados a la aprobacion del "Programa de Segregacion en la Fuente y Recoleccion Selectiva de los Residuos Solidos Domiciliarios", en un 25% de viviendas urbanas del Distrito de Barranca ­ Ano 2014; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son Organos de Gobierno Local, con autonomia Politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia de conformidad con lo establecido en el Art. 194º de la Constitucion Politica del Peru. Que, el numeral 22 del articulo 2 de la Constitucion Politica del Peru precisa que toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su MORDAZA, lo que, desde una perspectiva constitucional, se traduce en la obligacion de los propios particulares, de mantener las condiciones en que la MORDAZA humana exista en un entorno ambientalmente MORDAZA y aceptable donde las personas puedan disfrutar de un ambiente en el que sus elementos se desarrollan e interrelacionan de manera natural y armonica; Que, la Ley Nº 27972 Organica de Municipalidades, establece en su articulo 80 que, en materia de saneamiento, salubridad y salud, es funcion especifica exclusiva de las municipalidades distritales el proveer del servicio de limpieza publica determinando las areas de acumulacion de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios; Que, la Ley Nº 27314 General de Residuos Solidos, modificado por Decreto Legislativo Nº 1065 establece como competencia de las municipalidades distritales y provinciales, en lo que concierne a los distritos del Cercado, la responsabilidad por la prestacion de los servicios de recoleccion y transporte de los residuos solidos municipales y de la limpieza de vias, espacios y monumentos publicos en su jurisdiccion; Que, el Decreto Supremo Nº 012-2009-MINAM, que aprobo la Politica Nacional del Ambiente, prescribe, en el Eje de Politica 2: Gestion Integral de la calidad ambiental; componente 4. Residuos Solidos, como un Lineamiento de Politica del Sector, el fortalecimiento de la gestion de los gobiernos regionales y locales en materia de residuos solidos de ambito municipal, priorizando su aprovechamiento; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 014-2013AL/CPB de fecha 15 de MORDAZA del 2013, Modifica la Ordenanza Municipal Nº 016-2007-AL/CPB., mediante la cual se aprueba la Comision Ambiental Municipal (CAM), con el fin de implementar politicas ambientales y una