Norma Legal Oficial del día 12 de mayo del año 2014 (12/05/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano Lunes 12 de MORDAZA de 2014

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modificatorias, durante la vigencia de la inscripcion de un programa de emision, el emisor u ofertante se encuentra obligado a mantener actualizada toda la informacion y documentacion correspondiente, incluyendo el prospecto informativo; y, cualquier modificacion que se efectue debe ser presentada a la Superintendencia del MORDAZA de Valores - SMV, acompanada de la documentacion e informacion pertinente, con anterioridad a su entrega a los inversionistas, pudiendo suspenderse la colocacion o venta hasta que se hubiere registrado dicha modificacion; Que, se ha verificado que Scotiabank Peru S.A.A. ha cumplido con presentar la informacion requerida por la Ley de MORDAZA de Valores, Decreto Legislativo Nº 861 y sus normas modificatorias, asi como del Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios y sus normas modificatorias, para el caso de registro de variacion fundamental de la informacion y documentacion correspondiente a un valor inscrito en el Registro Publico del MORDAZA de Valores; Que, el articulo 2, numeral 2), de las Normas Relativas a la Publicacion y Difusion de las Resoluciones Emitidas por los Organos Decisorios de la SMV, aprobadas por Resolucion CONASEV Nº 073-2004-EF-94.10, establece que las resoluciones administrativas referidas a la inscripcion de valores mobiliarios el registro de los prospectos informativos correspondientes y la exclusion de estos del Registro Publico del MORDAZA de Valores, deben ser difundidas a traves del Boletin de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA del MORDAZA de Valores de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (www.smv.gob.pe); y, Estando a lo dispuesto por los articulos 53 y siguientes de la Ley del MORDAZA Valores, asi como a lo dispuesto por el articulo 46, inciso 4, del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia del MORDAZA de Valores, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 216-2011-EF, que faculta a la Intendencia General de Supervision de Conductas para resolver solicitudes vinculadas a las ofertas publicas primarias y todo tramite vinculado a dichas ofertas; RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer el registro de la variacion fundamental de la documentacion e informacion del Prospecto Complementario correspondiente al "Segundo Programa de Bonos Corporativos Scotiabank Peru Septima Emision" del "Segundo Programa de Bonos Corporativos Scotiabank Peru" de Scotiabank Peru S.A.A. en el Registro Publico del MORDAZA de Valores referida al plazo de vigencia de colocacion de dicha emision, el cual, por efecto de la misma, es de tres (03) anos contados a partir de su inscripcion, siendo su fecha de vencimiento el 22 de marzo de 2016. Articulo 2º.- Publicar la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA del MORDAZA de Valores de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (www.smv.gob.pe). Articulo 3º.- Transcribir la presente Resolucion a Scotiabank Peru S.A.A, en su calidad de emisor y agente estructurador; al Banco de Credito del Peru, en su calidad de Representante de los Obligacionistas; a Scotia Sociedad Agente de Bolsa S.A., en su calidad de agente colocador; a CAVALI S.A. ICLV, y; a la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA Intendente General Intendencia General de Supervision de Conductas de Mercados
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ORGANOS AUTONOMOS ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES
Amplian delegacion de facultades para evaluar y declarar la viabilidad de proyectos de inversion publica a la Presidenta de la Comision Organizadora de la Universidad Nacional de MORDAZA
COMISION DE COORDINACION INTERUNIVERSITARIA RESOLUCION Nº 0637-2014-ANR

MORDAZA, 15 de MORDAZA de 2014 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: El Oficio Nº 161-2014-P-UNAM, de fecha 28 de marzo de 2014; informe N° 011-2014-DPIDI, de fecha 04 de MORDAZA de 2014; memorando 326-2014-DGPP-ANR, de fecha 10 de MORDAZA de 2014; memorando Nº 304-2014-SE de fecha 14 de MORDAZA de 2014; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27293, que crea el Sistema Nacional de Inversion Publica modificada mediante Leyes Nº 28522 y Nº 28802, determina en su articulo 2º numeral 2.1 que quedan sujetos a lo dispuesto en la referida Ley del Sistema Nacional de Inversion Publica, las Entidades y Empresas del Sector Publico No Financiero de los tres niveles de gobierno que ejecuten proyectos de inversion con Recursos Publicos; Que, el numeral 10.1 del articulo 10º de la precitada Ley senala que la MORDAZA autoridad ejecutiva en cada sector constituye el Organo Resolutivo y que, en concordancia con la normatividad presupuestal vigente, es el principal responsable por el cumplimiento de la Ley del Sistema Nacional de Inversion Publica y su Reglamento; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 003-2011EF/68.01, se aprueba la Directiva General del Sistema Nacional de Inversion Publica, Directiva Nº 001-2011EF/68.01, la que en su articulo 7º, numeral 4, senala que el precitado Organo Resolutivo puede delegar, previa opinion favorable de su Oficina de Programacion e Inversiones, la facultad para evaluar y declarar la viabilidad de los Proyectos de Inversion Publica que se enmarquen en su responsabilidad funcional, a favor de la MORDAZA autoridad de las Entidades bajo el ambito de su sector; delegacion que debera realizarse conforme al articulo 38º de la indicada directiva; Que, el articulo 22º de la citada directiva establece determinados niveles minimos de estudios para la declaratoria de viabilidad de los Proyectos de Inversion Publica, correspondiente al nivel "Perfil" montos de inversion que MORDAZA iguales o menores a S/. 10 000 000,00 (Diez millones y 00/100 Nuevos Soles); Que, mediante Resolucion Nº 0591-2011-ANR, se delego a los Rectores de las Universidades Publicas la facultad de evaluar y declarar la viabilidad de sus proyectos de inversion publica hasta por el monto de S/. 10 000 000,00 (Diez millones y 00/100 Nuevos Soles), solo si acreditan cumplir con las condiciones minimas establecidas en el articulo 38º de la Directiva Nº 0012011-EF/68.01; Que, mediante oficio de vistos, la Universidad Nacional de MORDAZA, comunica a la Asamblea Nacional de