Norma Legal Oficial del día 29 de marzo del año 2014 (29/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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El Peruano Sabado 29 de marzo de 2014

Modifican el Reglamento del Fideicomiso y de las Empresas de Servicios Fiduciarios, el Reglamento para la Evaluacion y Clasificacion del Deudor y la Exigencia de Provisiones y otras normas, con la finalidad de simplificar los procesos de transferencias en fideicomiso
RESOLUCION SBS Nº 1882-2014 MORDAZA, 26 de marzo de 2014 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES: CONSIDERANDO: Que, la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702 y sus normas modificatorias, en adelante Ley General, establece en el Capitulo II del Titulo III de la Seccion MORDAZA, entre otros aspectos, las normas generales para la realizacion de las operaciones de fideicomiso; Que, mediante la Resolucion SBS Nº 1010-99 y sus normas modificatorias y complementarias, se aprobo el Reglamento del Fideicomiso y de las Empresas de Servicios Fiduciarios, en el cual se establecen, entre otros aspectos, las disposiciones aplicables a las empresas del sistema financiero y de seguros que participen en fideicomisos en calidad de fideicomitentes y/o fiduciarios; Que, mediante la Resolucion SBS Nº 084-2000 y sus normas modificatorias, se aprobaron las normas para el tratamiento contable del fideicomiso y de las comisiones de confianza; Que, mediante la Resolucion SBS Nº 11356-2008 y sus normas modificatorias, se aprobo el Reglamento para la Evaluacion y Clasificacion del Deudor y la Exigencia de Provisiones; Que, mediante la Resolucion SBS N° 1027-2001 se aprobo el Reglamento de los Contratos de Financiamiento con Garantia de Cartera Crediticia; Que, mediante la Resolucion SBS N° 895-98 y sus normas modificatorias y complementarias, se aprobo el Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero, en adelante Manual de Contabilidad; Que, mediante la Resolucion SBS N° 9-2010 se incorporo en el Capitulo V del Manual de Contabilidad, el Reporte Nº 31 denominado "Detalle de Fideicomisos por Contrato"; Que, mediante la Resolucion SBS Nº 348-95 y sus normas modificatorias y complementarias, se aprobo el Plan de Cuentas para Empresas del Sistema Asegurador, en adelante Plan de Cuentas; Que, mediante la Resolucion SBS N° 11699-2008 y sus normas modificatorias, se aprobo el Reglamento de Auditoria Interna, el cual establece los requisitos y estandares de auditoria interna para las empresas del sistema financiero y empresas de seguros, con la finalidad de brindar a los ahorristas y al asegurado una adecuada proteccion; Que, resulta necesario introducir modificaciones a las normas MORDAZA citadas, con la finalidad de simplificar los procesos de transferencias en fideicomiso, asi como modificar requerimientos prudenciales sobre la base de la experiencia en supervision; Que, a efectos de recoger las opiniones del publico en general respecto de las propuestas de modificacion a la normativa del sistema financiero, se dispuso la prepublicacion del proyecto de resolucion en el MORDAZA electronico de la Superintendencia, al MORDAZA de lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; Contando con el visto MORDAZA de las Superintendencias Adjuntas de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y Seguros, Banca y Microfinanzas, Riesgos, Estudios Economicos y Asesoria Juridica; y, En uso de las atribuciones conferidas por los numerales 7, 9 y 13 del articulo 349º de la Ley General;

RESUELVE: Articulo Primero.- Modificar el Reglamento del Fideicomiso y de las Empresas de Servicios Fiduciarios, aprobado mediante la Resolucion SBS Nº 1010-99 y sus normas modificatorias, en los terminos siguientes: 1. Sustituyase en el Titulo I, el articulo 1° conforme a lo siguiente: "Articulo 1°. ­ Definiciones Para efecto de lo dispuesto en la presente MORDAZA, considerense las siguientes definiciones: a) Bienes: Los muebles e inmuebles establecidos en los articulos 885º y 886º del Codigo Civil, respectivamente. b) Dias: Dias calendario, a menos que se senale que se tratan de habiles. c) Bienes adjudicados y recuperados: Aquellos bienes definidos en el Reglamento para el Tratamiento de los Bienes Adjudicados y Recuperados y sus Provisiones, aprobado por la Resolucion SBS N° 1535-2005 y sus normas modificatorias. d) Cartera crediticia: Conformada por los creditos directos, creditos indirectos, creditos castigados y otras operaciones de naturaleza similar; o por los derechos vinculados a ellos, incluyendo, pero no limitandose, a los flujos de caja. e) Factor fiduciario: Persona natural designada por el fiduciario para la administracion del patrimonio fideicometido. f) Grupo economico: Aquel definido en las Normas Especiales sobre Vinculacion y Grupo Economico, aprobadas mediante Resolucion SBS N° 445-2000 y sus normas modificatorias. g) Ley General: Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus normas modificatorias. h) Mecanismos de cobertura: Medios destinados a garantizar el cumplimiento de las obligaciones que el patrimonio fideicometido contraiga con los tenedores de los instrumentos emitidos con su respaldo o con el de un tercero, entre los cuales se encuentran la subordinacion de la emision, sobrecolateralizacion, exceso de flujos de MORDAZA, sustitucion de cartera, avales, polizas de seguro, contratos de apertura de credito y fideicomisos en garantia. i) Manual de Contabilidad: Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero aprobado mediante la Resolucion SBS N° 895-98 y sus normas modificatorias y complementarias. j) Mejorador: Persona natural o juridica que otorga garantias adicionales para el pago de los derechos que confieren los instrumentos emitidos en virtud del fideicomiso de titulizacion. k) Vinculacion: De acuerdo con lo establecido en el articulo 202° de la Ley General, y que se precisa en las Normas Especiales sobre Vinculacion y Grupo Economico aprobadas mediante Resolucion SBS N° 445-2000 y sus normas modificatorias, asi como en el numeral 6 de la Circular B-2148-2005, F-0488-2005, S-0613-2005, CM-0335-2005, CR-0204-2005, EAF-0231-2005, EDPYME-0119-2005, FOGAPI-0026-2005 y sus normas modificatorias. l) Plan de Cuentas: Plan de Cuentas para Empresas del Sistema Asegurador aprobado mediante la Resolucion SBS Nº 348-95 y sus normas modificatorias y complementarias. m) Servidor: Persona responsable de la custodia, cobranza, venta, mantenimiento, reposicion y/o demas actos relacionados con los bienes que integran el patrimonio fideicometido, de acuerdo con lo establecido en el acto constitutivo del fideicomiso. n) Superintendencia: Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones. o) Valor de enajenacion: Valor asignado a los bienes objeto del fideicomiso en garantia para efectos de su ejecucion, en caso del incumplimiento de la obligacion u obligaciones que se encuentran respaldadas con dicho fideicomiso." 2. Eliminese en el Titulo II, el MORDAZA parrafo del articulo 2°.