Norma Legal Oficial del día 08 de marzo del año 2014 (08/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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Que el numeral 1 de la Septima Disposicion Complementaria Final de la Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, aprobada por Ley N.º 29816, dispone que mediante Resolucion de Superintendencia, la SUNAT aprueba sus propias medidas de austeridad y disciplina en el gasto, no siendole aplicables las establecidas en las Leyes Anuales de Presupuesto u otros dispositivos; Que en tal virtud, mediante Resolucion de Superintendencia N.º 013-2012/SUNAT se aprobaron las normas de austeridad y disciplina en el gasto de la SUNAT, aplicables a partir del Ano Fiscal 2012, en las que se preve la prohibicion de viajes al exterior de los trabajadores de la SUNAT, con cargo al presupuesto institucional, salvo los que se efectuen con la finalidad de cumplir con los objetivos institucionales y los que se realicen en el MORDAZA de la negociacion de acuerdos o tratados comerciales y ambientales, negociaciones economicas y financieras y las acciones de promocion de importancia para el Peru; Que asimismo, el numeral 2 de la Septima Disposicion Complementaria Final de la Ley N.º 29816, establece que mediante Resolucion de Superintendencia, la SUNAT autorizara los viajes al exterior de sus funcionarios y servidores; Que en consecuencia, siendo que dicho viaje cumple con lo dispuesto en la Resolucion de Superintendencia N.º 013-2012/SUNAT, resulta necesario por razones de itinerario, autorizar el viaje del trabajador MORDAZA MORDAZA MORDAZA O´Phelan del 24 al 29 de marzo de 2014; debiendo la SUNAT asumir, con cargo a su presupuesto los gastos por concepto de pasajes aereos que incluye la Tarifa Unica por Uso de Aeropuerto (TUUA), y los viaticos; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes N.os 27619 y 29816, el Decreto Supremo N.º 047-2002-PCM y la Resolucion de Superintendencia N.º 013-2012/SUNAT; y en uso de la facultad conferida por el literal u) del Articulo 19º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo N.º 115-2002PCM y normas modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del trabajador MORDAZA MORDAZA MORDAZA O´Phelan, Gerente (e) de Fiscalizacion Internacional y Precios de Transferencia de la Intendencia Nacional de Cumplimiento Tributario del 24 al 29 de marzo de 2014, para que participe en la Tercera Reunion Anual del Foro Mundial sobre Precios de Transferencia de la OCDE, a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA, Republica Francesa. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, seran con cargo al Presupuesto del 2014 de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria - SUNAT, de acuerdo al siguiente detalle: Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA O´Phelan Pasajes (incluye la Tarifa Unica por Uso de Aeropuerto - TUUA) US$ 2 105,11 Viaticos US$ 2 700,00 Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado trabajador debera presentar ante el Titular de la Entidad, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de aduana de cualquier clase o denominacion a favor del trabajador cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional 1058331-1 CONSIDERANDO:

El Peruano Sabado 8 de marzo de 2014

Autorizan viaje de trabajadora de la SUNAT a Belgica, en comision de servicios
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA N° 070-2014/SUNAT MORDAZA, 7 de marzo de 2014

Que mediante correo electronico de fecha 10 de febrero de 2014, la Direccion de Facilitacion y Cumplimiento de la Organizacion Mundial de Aduanas (OMA), remite la Carta N° 14.FL-0083E/T.H. emitida por el Secretario General de la OMA, por la cual cursa invitacion a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria SUNAT para participar en la Primera Reunion del Grupo de Trabajo de la OMA sobre el Acuerdo de Facilitacion de Comercio (GTAFC), que se llevara a cabo en la MORDAZA de Bruselas, Reino de Belgica, los dias 11 y 12 de marzo de 2014; Que en la Conferencia Ministerial de MORDAZA, realizada en el mes de diciembre de 2013, los Ministros de Comercio de todos los paises miembros de la Organizacion Mundial del Comercio - OMC, concluyeron la negociacion de un Acuerdo sobre Facilitacion de Comercio (AFC), a traves de la Decision Ministerial del 7 de diciembre de 2013; Que mediante la Resolucion de Dublin, la OMA se comprometio a la eficiente implementacion del AFC, asi como a asistir a sus miembros para identificar sus necesidades, incluyendo el aprovechamiento del financiamiento de los donantes con el fin de mejorar el fortalecimiento de capacidades y respaldar de esta forma el citado Acuerdo; Que la participacion de la SUNAT en la citada reunion, se enmarca dentro de los objetivos estrategicos institucionales de reducir el incumplimiento tributario y aduanero, mejorando los mecanismos de deteccion de los ilicitos aduaneros, y mejorar la competitividad del MORDAZA facilitando y modernizando el comercio exterior para garantizar una cadena logistica agil y MORDAZA en el MORDAZA de despacho aduanero; Que en tal sentido, siendo de interes institucional para la SUNAT la concurrencia de sus trabajadores a eventos de esta naturaleza, conforme al Informe N.° 15-2014SUNAT/3A0000 de fecha 5 de marzo de 2014, resulta necesario autorizar la participacion en el referido evento de la trabajadora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Gerente (e) de Tratados Internacionales, Valoracion y Arancel de la Intendencia Nacional de Tecnica Aduanera; Que el numeral 1 de la Septima Disposicion Complementaria Final de la Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, aprobada por Ley N.° 29816, dispone que mediante Resolucion de Superintendencia, la SUNAT aprueba sus propias medidas de austeridad y disciplina en el gasto, no siendole aplicables las establecidas en las Leyes Anuales de Presupuesto u otros dispositivos; Que en tal virtud, mediante Resolucion de Superintendencia N.° 013-2012/SUNAT se aprobaron las normas de austeridad y disciplina en el gasto de la SUNAT, aplicables a partir del Ano Fiscal 2012, en las que se preve la prohibicion de viajes al exterior de los trabajadores de la SUNAT, con cargo al presupuesto institucional, salvo los que se efectuen con la finalidad de cumplir con los objetivos institucionales y los que se realicen en el MORDAZA de la negociacion de acuerdos o tratados comerciales y ambientales, negociaciones economicas y financieras y las acciones de promocion de importancia para el Peru; Que asimismo, el numeral 2 de la Septima Disposicion Complementaria Final de la Ley N.° 29816, establece que mediante Resolucion de Superintendencia, la SUNAT autorizara los viajes al exterior de sus funcionarios y servidores; Que en consecuencia, siendo que dicho viaje cumple con lo dispuesto en la Resolucion de Superintendencia N.° 013-2012/SUNAT, resulta necesario por razones de itinerario, autorizar el viaje de la trabajadora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA del 9 al 13 de marzo de 2014; debiendo la SUNAT asumir, con cargo a su presupuesto los gastos por concepto de pasajes aereos que incluye la Tarifa Unica por Uso de Aeropuerto (TUUA), y los viaticos; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27619 y 29816, el Decreto Supremo N.° 047-2002-PCM y la Resolucion de Superintendencia N.° 013-2012/SUNAT; y en uso de la facultad conferida por el literal u) del Articulo 19° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo N.° 115-2002PCM y normas modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar el viaje de la trabajadora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Gerente (e) de Tratados