Norma Legal Oficial del día 25 de junio del año 2014 (25/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano Miercoles 25 de junio de 2014

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a. los proveedores de servicios de MORDAZA aereo que proporcionen servicios de control de MORDAZA aereo utilizando sistemas de vigilancia ATS; b. los controladores de MORDAZA aereo que suministren dichos servicios. c. las tripulaciones de vuelo que realicen vuelos en los espacios aereos ATS donde se proporcionen los mencionados servicios. 3. FECHA EFECTIVA Esta NTC sera efectiva a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. 4. DOCUMENTOS RELACIONADOS a. Regulaciones Aeronauticas del Peru. RAP 311 "Servicios de MORDAZA Aereo". b. PANS/RAC ­ Reglamento del aire y Servicios de MORDAZA Aereo, Doc. 4444, Decimoquinta edicion ­ 2007, OACI. 5. DEFINICIONES Y ABREVIATURAS 5.1 Definiciones En la presente MORDAZA Tecnica aplican las mismas definiciones contenidas en la RAP 311. Complementariamente se adicionan otras definiciones relacionadas directamente con los servicios de vigilancia ATS: Aproximacion radar. Aproximacion en la que la fase final se ejecuta bajo la direccion de un controlador usando radar. Area de control terminal. Area de control establecida generalmente en la confluencia de rutas ATS en las inmediaciones e uno o mas aerodromos principales. Asesoramiento anticolision. Asesoramiento prestado por una dependencia de servicios de MORDAZA aereo, con indicaciones de maniobras especificas para ayudar al piloto a evitar una colision. Aproximacion radar. Aproximacion en la que la fase final se ejecuta bajo la direccion de un controlador usando radar. Asignacion, asignar. Distribucion de frecuencias a las estaciones. Distribucion de codigos SSR o de direcciones de aeronave de 24 bits a las aeronaves. Atribucion, atribuir. Distribucion de frecuencias, codigos SSR, etc. a un Estado, dependencia o servicio. Distribucion de direcciones de aeronaves de 24 bits al Estado o a la autoridad de registro de MORDAZA comun. Centro de control de area. Dependencia establecida para facilitar servicio de control de MORDAZA aereo a los vuelos controlados en las areas de control bajo su jurisdiccion. Codigo (SSR). Numero asignado a una determinada senal de respuesta de impulsos multiples transmitida por un respondedor en Modo A o C. Codigo discreto. Codigo SSR de cuatro cifras de las cuales las dos ultimas no son "00". Contacto radar. Situacion que existe cuando la posicion radar de determinada aeronave se ve e identifica en una MORDAZA de la situacion. Control por procedimientos. Termino empleado para indicar que, para suministrar el servicio de control de MORDAZA aereo, no se requiere la informacion que se deriva de un sistema de vigilancia ATS. Comunicaciones por enlace de datos controladorpiloto. Comunicacion entre el controlador y el piloto por medio de enlace de datos para las comunicaciones ATS. Disponibilidad. La relacion de porcentaje del tiempo que un sistema este funcionando correctamente al tiempo total de ese periodo.

CONSIDERANDO: Que, la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, es la entidad encargada de ejercer la Autoridad Aeronautica Civil del Peru, siendo competente para aprobar y modificar, entre otras, las directivas tecnicas, conforme lo senala el literal c) del articulo 9º de la Ley No. 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru; Que, el articulo 2° del Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil, aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC senala que los aspectos de orden tecnico y operativo que regulan las actividades aeronauticas civiles se rigen, entre otras, por las normas tecnicas complementarias; Que, de otro lado, los articulos 13° y 14° del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS ­ Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de proyectos normativos y difusion de normas legales de caracter general, prescriben que las entidades publicas difundiran las normas legales de caracter general que MORDAZA de su competencia, a traves de sus respectivos Portales Electronicos, revistas institucionales y en general, en todos aquellos medios que MORDAZA posible la difusion colectiva por un plazo no menor de treinta (30) dias MORDAZA de la fecha prevista para su entrada en vigencia; Que, en cumplimiento de la referida MORDAZA, mediante Resolucion Directoral Nº 004-2014-MTC/12, del 06 de enero de 2014, se aprobo la difusion a traves de la pagina web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, del texto de la MORDAZA Tecnica Complementaria denominada "Servicios de Vigilancia ATS"; Que, ha transcurrido el plazo legal de difusion del proyecto mencionado sin haberse recibido comentarios, siendo procedente expedir el acto que apruebe la MORDAZA, el que cuenta con las opiniones favorables de la Direccion de Seguridad Aeronautica, la Direccion de Regulacion y Promocion y la Asesoria Legal, otorgadas mediante memoranda N° 3027-2013-MTC/12.04, N° 1172-2013-MTC/12.08 y Nº 1948-2013-MTC/12.LEG, respectivamente; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC y el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar el texto de la MORDAZA Tecnica Complementaria denominada "Servicios de Vigilancia ATS", que forma parte integrante de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Aeronautica Civil (e) MORDAZA TECNICA COMPLEMENTARIA NTC FECHA REVISION EMITIDA POR : 004-2014 : 28/05/2014 : ORIGINAL : DSA/DGAC

tema : servicios de vigilancia ats 1. OBJETIVO a. Establecer las capacidades de los sistemas de vigilancia ATS, los procedimientos respecto al empleo de los sistemas de vigilancia ATS, de los respondedores SSR, los procedimientos generales de uso de los sistemas de vigilancia ATS y los procedimientos a utilizar en caso de emergencias, peligros y fallas de los equipos. b. Establecer los requisitos de las comunicaciones y de los tipos de MORDAZA de la informacion de los sistemas de vigilancia ATS. c. Establecer los procedimientos relativos al empleo de los sistemas de vigilancia ATS en el servicio de control de MORDAZA aereo y de informacion de vuelo y de alerta. 2. APLICABILIDAD Esta MORDAZA Tecnica Complementaria es aplicable a: