Norma Legal Oficial del día 10 de julio del año 2014 (10/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano Jueves 10 de MORDAZA de 2014

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Articulo Segundo.- La presente Resolucion entra en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General

Estando a lo informado por el Departamento de Supervision Microfinanciera "A"; y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 30º de la Ley Nº 26702 ­ Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y el Reglamento de apertura, conversion, traslado o cierre de oficinas, uso de locales compartidos, cajeros automaticos y cajeros corresponsales, aprobado mediante Resolucion SBS Nº 6285-2013 y modificatorias; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolucion SBS Nº 12883-2009; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de MORDAZA S.A. la apertura de una Oficina Especial Temporal entre los dias 23 y 30 de junio del presente ano, ubicada en el MORDAZA Ferial de Huancaro s/n, en el distrito de MORDAZA, provincia y departamento de Cusco. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Intendente General de Microfinanzas

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GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS
Aprueban Reglamento que regula el MORDAZA del Presupuesto Participativo del Gobierno Regional de Amazonas para el Ano Fiscal 2015
ORDENANZA REGIONAL Nº 352GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Amazonas, de conformidad con lo previsto en los Articulos 191º y 192º de la Constitucion Politica del Peru de 1993, modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV, del Titulo IV, sobre Descentralizacion ­ Ley Nº 27680, Ley de Bases de la Descentralizacion ­ Ley Nº 27783, Ley Organica de Gobiernos Regionales ­ Ley Nº 27867 y su modificatoria, Ley Nº 27902 y demas Normas Complementarias; en Sesion Extraordinaria de fecha 28 de MORDAZA, ha emitido la presente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, el inciso 1) del articulo 17º, de la Ley de Bases de la Descentralizacion Nº 27783, establece que los Gobiernos Regionales estan obligados a promover la participacion ciudadana en la formulacion, debate y concertacion de sus Planes de Desarrollo y Presupuestos y en la gestion publica; para cuyo efecto deberan garantizar el acceso de todos los ciudadanos a la informacion publica, asi como la conformacion y funcionamiento de espacios y mecanismos de consulta, concertacion, control, evaluacion y rendicion de cuenta. Que mediante la Ley Nº 28056 - Ley del MORDAZA del Presupuesto Participativo, se establece disposiciones que aseguren la efectiva participacion de la sociedad civil en el MORDAZA de programacion participativa del presupuesto de los Gobiernos Regionales y Gobierno Locales. Que, con Ley Nº 29298, se modifican los articulos 4º, 5º, 6º y 7º de la Ley Nº 28056 ­ Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, referidos a las instancias, alcances, fases y oficializacion de compromisos del MORDAZA del Presupuesto Participativo, precisando ademas que cada instancia del MORDAZA de programacion participativa formula su Presupuesto Participativo, respetando el MORDAZA de competencias establecido en la Constitucion Politica del Peru, y las correspondientes leyes organicas. Que, mediante Decreto Supremo Nº 097-2009-EF, se establecen los criterios de alcance, cobertura y montos de ejecucion que permitan identificar los proyectos de inversion publica de impacto regional, provincial y distrital a ser considerados por los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, en sus respectivos procesos de Presupuesto Participativo. Que, mediante Decreto Supremo Nº 142-2009-EF se aprueba un MORDAZA Reglamento de la Ley Nº 28056 - Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, en sustitucion del que ha venido rigiendo desde noviembre del 2003 y en adecuacion de las modificaciones introducidas por la Ley Nº 29298, referidas a las instancias, alcances, fases y

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Autorizan inscripcion de Costa Continental S.A.C. Asesores y Corredores de Seguros en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros
RESOLUCION SBS Nº 4025-2014
EL SECRETARIO GENERAL MORDAZA, 30 de junio de 2014 VISTA: La solicitud presentada por el senor MORDAZA MORDAZA Costa MORDAZA para que se autorice la inscripcion de la empresa COSTA CONTINENTAL S.A.C. ASESORES Y CORREDORES DE SEGUROS en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Seccion II: De los Corredores de Seguros B: Personas Juridicas, numeral 3 Corredores de Seguros Generales y de Personas; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros aprobado por Resolucion S.B.S. N° 1797-2011 de fecha 10 de febrero de 2011, se establecio los requisitos formales para la inscripcion de los Corredores de Seguros en el citado Registro; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos exigidos por la referida MORDAZA administrativa; Que, la Comision Evaluadora Interna de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Evaluacion Interna de Expediente N° 07-2014-CEI celebrada el 26 de MORDAZA de 2014, en concordancia con lo dispuesto en el articulo 10° del Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, ha calificado y aprobado la inscripcion de la empresa en el Registro de intermediarios y Auxiliares de Seguros; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros Ley N° 26702 y sus modificatorias; en virtud de la facultad delegada por la Resolucion S.B.S. N° 2348-2013 del 12 de MORDAZA de 2013; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar la inscripcion en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Seccion II: De los Corredores de Seguros B: Personas Juridicas, numeral 3 Corredores de Seguros Generales y de Personas, a la empresa COSTA CONTINENTAL S.A.C. ASESORES Y CORREDORES DE SEGUROS., con matricula N° J- 0765.