Norma Legal Oficial del día 06 de julio del año 2014 (06/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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previstos por el Reglamento Nacional de Edificaciones y normas urbanisticas vigentes; Estando a lo expuesto precedentemente, en uso de las facultades conferidas por el Articulo 9º Numeral 8) y 9) de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el MORDAZA MAYORITARIO del Concejo Municipal y, con la dispensa del tramite de lectura y de aprobacion del acta; se aprobo lo siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL BENEFICIO DE REGULARIZACION DE LAS HABILITACIONES URBANAS Y EDIFICACIONES EJECUTADAS SIN LICENCIA EN EL DISTRITO DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO. Articulo Primero.- Objeto Establecer un periodo temporal y extraordinario de regularizacion para aquellas habilitaciones urbanas y edificaciones informales que hubieran sido ejecutadas por sus propietarios, con sujecion a las normas urbanisticas vigentes, hasta la fecha de aprobacion de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- Organos competentes El organo competente para llevar a cabo los procedimientos previstos en la presente Ordenanza corresponde a la Sub Gerencia de Obras Privadas y Habilitaciones Urbanas, la misma que resolvera en primera instancia administrativa, siendo la Gerencia de Desarrollo MORDAZA emitira pronunciamiento en MORDAZA instancia, y que MORDAZA por agotada la via administrativa. Articulo Tercero.- Sujetos de regularizacion Podran acogerse a los beneficios de la presente MORDAZA, todas aquellas personas naturales y/o juridicas, MORDAZA propietarias y/o adjudicatarias de las Habilitaciones y Edificaciones que hayan sido ejecutadas sin licencia desde MORDAZA de 1999 hasta la fecha de aprobacion de la Ordenanza, dentro de la jurisdiccion de San MORDAZA de Lurigancho, debiendo cumplir con los requisitos fijados en el presente dispositivo legal y la normatividad de la materia. Articulo Cuarto.- Definiciones Para una mejor ilustracion y uniformidad en la aplicacion de la presente Ordenanza, considerense las siguientes definiciones: 1. Administrado.- Persona natural o juridica, sea propietaria y/o adjudicataria del inmueble materia de tramite. 2. Licencia de Regularizacion de Habilitacion MORDAZA y de Edificacion.- Son autorizaciones que expide la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho para las obras materia de la presente MORDAZA, la misma que se emite luego de cumplido el procedimiento establecido en la presente Ordenanza. 3. Responsable de Obra del Tramite de Regularizacion de Edificaciones.- Profesional Arquitecto o Ingeniero Civil colegiado y habil, que declara bajo juramento, que efectuada la correspondiente inspeccion ocular al predio materia de tramite, este se encuentra de acuerdo a los documentos y planos presentados; dicha responsabilidad es irrenunciable; toda vez, que el profesional ha verificado que las obras ejecutadas cumplen con las disposiciones de la presente Ordenanza y las normas sobre la materia. 4. Certificado de Zonificacion y Vias.- Es el documento emitido por la Municipalidad Provincial en un plazo MORDAZA de cinco (05) dias habiles y con una vigencia de treinta y seis (36) meses, a solicitud del administrado y previo pago de la tasa municipal correspondiente, conforme a lo establecido en el numeral 1 del articulo 14º de la Ley 29090, otorgado segun la zonificacion del predio y de acuerdo a los planos urbanos vigentes. 5. Certificado de Parametros Urbanisticos y Edificatorios.- Es el documento emitido por las Municipalidades en un plazo MORDAZA de cinco (05) dias habiles y con una vigencia de treinta y seis (36) meses, a solicitud del administrado y previo pago de la tasa municipal correspondiente, en el cual se especificaran los parametros y condiciones tecnicas de diseno para el predio, de acuerdo a la normativa urbanistica y edificatoria vigente al momento de su expedicion; al cual se sujeta el MORDAZA de edificacion.

El Peruano MORDAZA 6 de MORDAZA de 2014

6. Zonas Urbanas Consolidadas.- Comprende a las Urbanizaciones, Asociaciones o Asentamientos Humanos que cuentan con los servicios de agua, desague, electricidad y alumbrado publico, asimismo que posean las dos terceras partes con edificaciones terminadas y habitables. Articulo Quinto.- Requisitos A) Requisitos Ejecutadas: para Habilitaciones Urbanas

a) Formulario Unico de Habilitacion MORDAZA (FUHU) por triplicado, debidamente suscrito. b) MORDAZA literal de dominio expedido por el Registro de Predios con una antiguedad no mayor de treinta (30) dias naturales. c) En caso que el solicitante no sea el propietario del predio, se debera presentar la escritura publica que acredite el derecho a habilitar. d) En caso que el solicitante sea una persona juridica, se acompanara vigencia de poder expedido por el Registro de Personas Juridicas con antiguedad no mayor a treinta (30) dias naturales. e) Declaracion Jurada de habilitacion de los profesionales que intervienen en el proyecto de encontrarse habiles para suscribir la documentacion tecnica. f) MORDAZA del comprobante de pago por la tasa municipal correspondiente a S/. 495.00 nuevos soles; g) Certificado de zonificacion y vias. h) Certificado de Alineamiento en caso de colindar o estar afecto a una via metropolitana. i) Plano de ubicacion y localizacion del terreno, por triplicado, con coordenadas UTM y georeferenciado a la red geodesica nacional, referidas al datum oficial; j) Plano de Trazado y Lotizacion del terreno, por triplicado, que contenga: * Coordenadas UTM y georeferenciado a la red geodesica nacional, referidas al datum oficial. * Area y Perimetro del terreno. * Cuadro de Datos Tecnicos. * Diseno de lotizacion, vias, aceras, bermas, rampas (adecuacion urbanistica para personas discapacitadas), ejes de trazo y habilitaciones colindantes cuando sea necesario para comprender la integracion con el entorno. * Indicar los lotes ocupados y la altura de las edificaciones existentes. * Indicacion de las secciones de vias. * La lotizacion debera estar en concordancia con el Plan de Desarrollo MORDAZA aprobado por la Municipalidad Provincial correspondiente. * Indicacion de curvas de nivel cada metro. * Cuadro general de areas. * Cuadro de aportes reglamentarios. * Cuadro de areas y linderos de lotes por manzanas. * Esquema de Localizacion; k) Memoria descriptiva, por triplicado, indicando las manzanas de corresponder, las areas de los lotes, la numeracion y los aportes. l) Documento con fecha cierta donde se acredite la existencia de edificaciones permanentes con un area techada minima de 25 m2., de las edificaciones construidas con cimientos, muros y techos; m) MORDAZA legalizada notarialmente de las minutas y/o MORDAZA de los comprobantes del pago por la redencion de los aportes que correspondan. Para el caso de redencion de aportes, las entidades receptoras emitiran los documentos que faciliten su cancelacion en un plazo no mayor a diez (10) dias habiles. n) Declaracion jurada suscrita por el solicitante de la habilitacion y el profesional responsable de la obra, en la que conste que las obras han sido ejecutadas, total o parcialmente. o) Plano que indique los lotes ocupados y las alturas de las edificaciones existentes. En caso que se cuente con estudios preliminares aprobados, no corresponde presentar los documentos de los literales a), b) y c), debiendo presentar en su reemplazo: i. Resolucion y planos de los estudios preliminares aprobados.