Norma Legal Oficial del día 18 de enero del año 2014 (18/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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- Ley que Regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM del 05 de junio de 2002, modificado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM del 18 de MORDAZA de 2013; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 024-2009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquia y uso de las normas de caracter administrativo que se aplicaran en los distintos organos del Ministerio; y, Estando a lo propuesto por el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y a lo acordado por el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio, del MORDAZA EP. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con CIP. 114212700 y DNI N° 43252993, a la MORDAZA de New MORDAZA ­ Estados Unidos de MORDAZA, a fin que participe en las reuniones del Grupo de Trabajo 2014, donde se trataran temas sobre la reforma de las tasas de reembolsos del equipo de propiedad de los contingentes, a realizarse del 20 al 31 de enero de 2014; asi como autorizar su salida del MORDAZA el 19 de enero de 2014 y su retorno al MORDAZA el 01 de febrero de 2014. Articulo 2°.- El Ministerio de Defensa - Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo al concepto siguiente: Pasajes (Lima ­ New MORDAZA (EE.UU.) ­ Lima): US$. 1,282.00 x 1 persona (Incluye TUUA) US$. Viaticos: US$. 440.00 x 13 dias x 1 persona Total: US$. US$.

El Peruano Sabado 18 de enero de 2014

Visto, el Oficio N.1000-001 del Director General de Educacion de la MORDAZA, de fecha 02 de enero de 2014; CONSIDERANDO: Que, la Direccion de Hidrografia y Navegacion de la Armada de la Republica Federativa del Brasil, hace extensiva la invitacion para que UN (1) Oficial Subalterno de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, participe en el Curso de Perfeccionamiento de Hidrografia para Oficiales (CAHO), ano academico 2014, a impartirse en dicha Organizacion Militar, MORDAZA de Rio de Janeiro, Republica Federativa del Brasil, del 06 de enero al 19 de diciembre de 2014; Que, el Agregado de Defensa Adjunto y MORDAZA del Peru en la Republica Federativa del Brasil, ha informado que de acuerdo a coordinaciones efectuadas con la MORDAZA de Brasil, el Oficial designado podra presentarse para el referido curso el 20 de enero de 2014; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Mision de Estudios del MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA GAVIOLA MORDAZA, para que participe en el Curso de Perfeccionamiento de Hidrografia para Oficiales (CAHO), a impartirse en la Direccion de Hidrografia y Navegacion de la Armada de la Republica Federativa del Brasil, MORDAZA de Rio de Janeiro, Republica Federativa del Brasil, del 20 de enero al 19 de diciembre de 2014, lo que contribuira significativamente en el perfeccionamiento profesional del citado Oficial Subalterno; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundaran en beneficio de la MORDAZA de MORDAZA del Peru; Que, los gastos que ocasione la presente autorizacion de viaje, se efectuaran con cargo al Presupuesto Institucional del Ano Fiscal 2014 de la Unidad Ejecutora N° 004: MORDAZA de MORDAZA del Peru, de conformidad con el articulo 13° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; Que, de conformidad con el articulo 26º de la Ley Nº 28359 - Ley de Situacion Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificado por la Ley N° 29598 y por el Decreto Legislativo N° 1143, el Oficial nombrado en Comision de Servicio o Mision de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero, esta impedido de solicitar su pase a la Situacion Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta despues de haber servido en su respectiva Institucion Armada el tiempo minimo previsto en el articulo 23° de la referida MORDAZA, mas el tiempo compensatorio previsto en el mismo articulo; y, conforme a su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 007-2005-DE/SG, de fecha 14 de febrero de 2005, modificado con los Decretos Supremos N° 010-2010-DE, de fecha 20 de noviembre de 2010 y Nº 009-2013-DE, de fecha 2 de octubre de 2013; Que, el articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 778-2008-DE/SG, de fecha 25 de MORDAZA de 2008, dispone que los Organos Competentes, Organismos Publicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolucion Suprema de autorizacion de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposicion que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensacion Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se MORDAZA por dias reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, de fecha 18 de MORDAZA de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 0242009-DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquia y uso de las normas de caracter administrativo que se aplicaran en los distintos Organos del Ministerio;

1,282.00 5,720.00 7,002.00

Articulo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el articulo 1°, sin exceder el total de dias autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Articulo 4°.- El Oficial Superior comisionado, debera cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al pais. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuara la sustentacion de viaticos, conforme a lo indicado en el articulo 6º del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM. Articulo 5°.- La presente autorizacion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 1039798-5

Autorizan viaje de oficial de la MORDAZA de MORDAZA a Brasil, en mision de estudios
RESOLUCION SUPREMA N° 011-2014-DE/MGP MORDAZA, 17 de enero de 2014