Norma Legal Oficial del día 24 de agosto del año 2014 (24/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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El Peruano MORDAZA 24 de agosto de 2014

Declaran nula resolucion del MORDAZA Electoral Especial de Yauyos que declaro improcedente solicitud de inscripcion de lista de candidatos al Consejo Distrital de Vinac
RESOLUCION N.° 1226-2014-JNE Expediente N.° J-2014-01532 VINAC - YAUYOS - MORDAZA JEE YAUYOS (EXPEDIENTE N.° 094-2014-071) ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2014 RECURSO DE APELACION MORDAZA, siete de agosto de dos mil catorce

cuales las organizaciones politicas pueden presentar los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos legales respecto de los procesos de democracia interna: a) con la MORDAZA de la solicitud de inscripcion de listas de candidatos, b) durante el periodo de calificacion de la solicitud de inscripcion y c) durante el periodo de subsanacion. 5. De acuerdo a lo senalado, debe declararse nula la resolucion impugnada y disponerse que el JEE emita MORDAZA pronunciamiento sobre la calificacion de la solicitud de inscripcion de lista de candidatos para el Concejo Distrital de Vinac, para lo cual debera requerir documentacion de fecha cierta que subsane la observacion advertida. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE

VISTO en audiencia publica de la fecha el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personera legal titular del partido politico Restauracion Nacional, en contra de la Resolucion N.° 001-2014-JEEYAUYOS/JNE, del 10 de MORDAZA de 2014, emitida por el MORDAZA Electoral Especial de Yauyos, que declaro improcedente la solicitud de inscripcion de lista de candidatos al Concejo Distrital de Vinac, provincia de Yauyos, departamento de MORDAZA, presentada por la citada organizacion politica con el objeto de participar en las elecciones municipales de 2014. ANTECEDENTES Mediante Resolucion N.° 001-2014-JEE-YAUYOS/ JNE (fojas 11 a 12), del 10 de MORDAZA de 2014, el JEE declaro improcedente la referida solicitud de inscripcion, debido a que en el acta de elecciones internas de la referida organizacion politica no se habia consignado la fecha en que se suscribio la misma y tampoco se menciono la cantidad de votos que tuvo la lista presentada, con lo que no se podia verificar si la democracia interna fue llevada a cabo dentro del plazo establecido por las normas electorales. Con fecha 19 de MORDAZA de 2014, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personera legal titular del citado partido politico, interpuso recurso de apelacion en contra de la Resolucion N.° 001-2014-JEE-YAUYOS/JNE (fojas 2 a 5), solicitando que la misma sea revocada y, ademas, se admita la inscripcion de la lista, argumentando que: a) si bien es MORDAZA que el acta de elecciones internas presenta determinadas omisiones, el JEE no debio declarar improcedente la solicitud de inscripcion de lista de candidatos, sino la inadmisibilidad de la misma, y b) en el presente recurso impugnatorio adjunto un acta de elecciones internas que si contiene los datos correspondientes a la fecha de suscripcion y a la cantidad de votos emitidos (foja 10). CONSIDERANDOS 1. El numeral 25.2 del articulo 25 del Reglamento de Inscripcion de Listas de Candidatos para Elecciones Municipales, aprobado por Resolucion N.° 271-2014JNE, senala los documentos que deben presentar las organizaciones politicas, entre ellos, el original del acta, o MORDAZA certificada firmada por el personero legal, el cual debe precisar el lugar y la fecha de la realizacion del acto de eleccion interna. 2. En el presente caso, se observa que al momento de solicitar la inscripcion de la lista de candidatos, se presento el acta de elecciones internas en la cual no se precisaba la fecha en que se llevo a cabo la democracia interna para el referido distrito electoral y, ademas, tampoco menciono la cantidad de votos emitidos para la lista ganadora. 3. Sobre el particular, se tiene que al momento de la calificacion, el JEE debio declarar la inadmisibilidad de la solicitud de inscripcion de lista de candidatos presentada, a fin de que se presenten los documentos que coadyuven a subsanar la omision advertida en el acta de elecciones internas, mas no declarar su improcedencia, en tanto ello vulnero el derecho a la defensa del mencionado partido politico. 4. Asimismo, este Supremo Tribunal Electoral considera que los documentos adjuntados con el recurso de apelacion no deben ser valorados en esta instancia sino por el JEE, ya que, conforme se ha senalado en reiterada jurisprudencia, existen tres momentos en los

Articulo unico.- Declarar NULA la Resolucion N.° 001-2014-JEE-YAUYOS/JNE, del 10 de MORDAZA de 2014, emitida por el MORDAZA Electoral Especial de Yauyos, que declaro improcedente la solicitud de inscripcion de lista de candidatos al Concejo Distrital de Vinac, provincia de Yauyos, departamento de MORDAZA, presentada por el partido politico Restauracion Nacional con el objeto de participar en las elecciones municipales de 2014, y, en consecuencia, DISPONER que el citado MORDAZA Electoral Especial califique nuevamente la referida solicitud con arreglo al considerando 5 de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1127239-10

Confirman resolucion del MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA que declaro improcedente solicitud de inscripcion de lista de candidatos al Concejo Provincial de MORDAZA
RESOLUCION Nº 1233-2014-JNE Expediente Nº J-2014-1284 MORDAZA - MORDAZA JEE MORDAZA (EXPEDIENTE Nº 0333-2014-014) ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2014 RECURSO DE APELACION MORDAZA, siete de agosto de dos mil catorce. VISTO en audiencia publica de la fecha el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA San MORDAZA MORDAZA, personero legal titular de la alianza electoral Vamos MORDAZA, en contra de la Resolucion Nº 002-2014-JEEAREQUIPA/JNE, de fecha 17 de MORDAZA de 2014, que declaro improcedente la solicitud de inscripcion de la lista de candidatos al Concejo Provincial de MORDAZA, departamento de MORDAZA, presentada por la citada organizacion politica, con el objeto de participar en las elecciones municipales de 2014, y oido el informe oral. ANTECEDENTES El 7 de MORDAZA de 2014, MORDAZA MORDAZA San MORDAZA MORDAZA, personero legal titular de la alianza electoral Vamos MORDAZA, acreditado ante el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA (en adelante JEE), solicito la inscripcion de