Norma Legal Oficial del día 04 de agosto del año 2014 (04/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano Lunes 4 de agosto de 2014

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religiosidad expresados en esta tradicion, este despacho Viceministerial advierte que la Festividad Patronal Senor de Animas de Chalhuanca reune los elementos para ser declarada como Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, cabe resaltar que, en el presente caso la declaratoria no se extiende en manera alguna a la actividad conocida como yawar fiesta o corrida de toros con MORDAZA, como tampoco las corridas de toros, u otros espectaculos publicos que impliquen dano o muerte de animales, bajo expreso apercibimiento de quedar revocada la declaracion al no cumplirse las condiciones que la generaron, tal como lo establece el numeral 203.2.2 del articulo 203 de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, para tales efectos, la Direccion Desconcentrada de Cultura de MORDAZA, destacara anualmente y de manera aleatoria, personal que verifique el estricto cumplimiento del compromiso asumido por las autoridades de la provincia de Aymaraes. La revocatoria tambien surtira efectos en caso que el Ministerio de Cultura MORDAZA conocimiento fehaciente y comprobado, por cualquier medio, del incumplimiento del compromiso asumido; Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6.2 del articulo 6 de la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley N° 27444, el Informe N° 274-2014-DPIDGPC/MC forma parte de la presente Resolucion desde que detalla las caracteristicas, importancia, valor, alcance y significado de la manifestacion musical; Estando a lo visado por la Directora General de la Direccion General de Patrimonio Cultural, la Directora (e) de la Direccion de Patrimonio Inmaterial, y el Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29565, Ley de Creacion del Ministerio de Cultura; Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0112006-ED, y la Directiva Nº 001-2011-MC, aprobada por Resolucion Ministerial Nº 080-2011/MC, y modificada por Resolucion Ministerial Nº 103-2011/MC, y el Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC;

Que, el sistema de cargos, la organizacion de la fiesta y la participacion de toda la poblacion, como tambien de los nacidos en Chalhuanca que residen en otras regiones y en otros paises pero participan activamente cada ano en la fiesta, dan cuenta de la trascendencia a nivel local, nacional e internacional que alcanza esta tradicion que implica una articulacion social que va mas alla de las fronteras, y que mantiene entre los devotos un sentido de pertenencia y arraigo a su distrito y su cultura, asi como fortalece los vinculos de parentesco y amistad; Que, la festividad incuia la realizacion de la actividad conocida como yawar fiesta o corrida de toros con condor; razon por la que, en reiterados pronunciamientos este Viceministerio ha expresado que dicha actividad colisiona directamente con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 034-2004-AG que prohibe la caza, captura, tenencia, transporte o exportacion de condores. Asimismo, esta posicion se confirma con la Ley Nº 30203, Ley que Declara de Interes Nacional y Necesidad Publica la Proteccion y Conservacion del MORDAZA Andino; la cual encarga a los gobiernos regionales y entes operativos pertinentes, en coordinacion con la Direccion General Forestal y de Fauna MORDAZA del Ministerio de Agricultura y Riego, realizar las acciones necesarias para que, en el MORDAZA de su competrencia, puedan dar cumplimiento a dicha norma; Que, de acuerdo a lo referido en el parrafo precedente, se observo el expediente de declaracion, motivo por el cual el citado Congresista presento un Acta de Compromiso firmada por las autoridades provinciales, distritales y comunales de la provincia de Ayamaraes, comprometiendose expresamente a no utilizar condores en la festividad Senor de Animas de Chalhuanca; Que, por la devocion de la poblacion de este distrito a la imagen del Senor de Animas del distrito de Chalhuanca, provincia de Aymaraes, departamento de MORDAZA, cuyo culto tiene un importante valor historico y ha perdurado en el tiempo al ser transmitido de generacion en generacion, asi como por el valor cultural de los elementos de

REQUISITOS PARA PUBLICACI N EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicacion de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos juridicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administracion, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentacion por publicar se recibira en la Direccion del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicacion debera adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su firma ante el Diario Oficial. 2.- Junto a toda disposicion, con o sin anexo, que contenga mas de una pagina, se adjuntara un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposicion que contenga anexos, las entidades deberan tomar en cuenta lo establecido en el articulo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposicion y/o sus anexos que contengan tablas, deberan estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justificar; si incluyen graficos, su MORDAZA sera en extension PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposicion, con o sin anexos, que en total excediera de 6 paginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electronico sera considerado MORDAZA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicacion, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicacion se suspendera. 6.- Las cotizaciones se enviaran al correo electronico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener mas de 1 pagina o de incluir MORDAZA se cotizara con originales. Las cotizaciones tendran una vigencia de dos meses o segun el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCION