Norma Legal Oficial del día 13 de abril del año 2014 (13/04/2014)
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TEXTO DE LA PÁGINA 49
El Peruano MORDAZA 13 de MORDAZA de 2014
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b) Proceder al diagnostico situacional, a la difusion y educacion ambiental, el empadronamiento, al registro de las organizaciones o asociaciones de recicladores, al incentivo economico a favor de la poblacion, y a la ejecucion del programa. c) Promover formas asociativas o MYPES para la recoleccion de residuos solidos con la finalidad de lograr la formalizacion de la actividad de los recicladores dentro del ambito territorial de la Municipalidad Distrital de Bellavista. Articulo 6º.- La Sub Gerencia de Limpieza Publica y Maestranza utilizara el Plan de Gestion y Manejo de Residuos Solidos, como base diagnostico situacional del MORDAZA y cantidad de residuos solidos que produce el distrito de Bellavista. Articulo 7º.- PLAN TECNICO OPERATIVO La Sub Gerencia de Limpieza Publica y Maestranza, en base al diagnostico situacional, senalado en el articulo precedente, disenara un Plan Tecnico Operativo para la Recoleccion Selectiva, en el que se senalara los sectores, rutas, horarios y frecuencias entre otros aspectos- de recoleccion establecidos, el mismo que debera estar de acuerdo al Plan de Gestion y Manejo de Residuos Solidos, y con lo que establece el Decreto Supremo Nº 005-2010-MINAM. Este plan debera ser actualizado cada tres (03) anos a efectos de verificar si se requiere modificar las estrategias para lograr cubrir integralmente el 100% de los predios ubicados en su jurisdiccion Articulo 12º.- DE LA CREACION Crease el Registro Municipal de Organizaciones de Recicladores de Residuos Solidos del distrito de Bellavista, el cual estara a cargo de la Sub Gerencia de Limpieza Publica y Maestranza, adscrita a la Gerencia de Servicios a la MORDAZA y Medio Ambiente. Articulo 13º.- DE LA INSCRIPCION DE PERSONAS JURIDICAS: En dicho registro se inscribiran las asociaciones, u organizaciones de recicladores con personeria juridica legalmente establecidas e inscritas en los Registros Publicos, debiendo presentar una solicitud dirigida al MORDAZA, acompanado de lo siguiente: a. MORDAZA simple de la ficha registral de la organizacion de recicladores con personeria juridica emitida por los Registros Publicos. b. DNI del representante legal de la organizacion. c. Padron de socios, quienes deberan cumplir con el perfil senalado en el articulo 4º de la presente Ordenanza. En dicho padron se debera hacer constar los nombres, apellidos, DNI, edad, domicilio, codigo de asociado, servicio que prestan (tipo de residuo que recolectan) y firma. d. Plan de trabajo. e. Certificado de vacunacion, contra la Hepatitis B y el Tetano. f. Certificado de capacitacion en recoleccion o segregacion o reciclaje o manejo integral de los residuos solidos. El carnet de vacunacion y el certificado de capacitacion podran ser presentados hasta con 90 dias posteriores a la emision de la MORDAZA de inscripcion. El mismo, que previa y adecuada justificacion, podran prorrogarse por igual plazo. Admitida la solicitud, se procedera a la emision de la MORDAZA de inscripcion en el Registro Municipal de Organizaciones de Recicladores Autorizados para la Recoleccion Selectiva y Comercializacion de Residuos Solidos, en el plazo de quince (15) dias utiles. La renovacion del registro es anual en forma obligatoria. Articulo 15º.- EMISION DE MORDAZA DE INSCRIPCION Declarada admitida la solicitud, se procedera a la emision de la MORDAZA de inscripcion en el Registro Municipal de Recicladores Autorizados para la Recoleccion
promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos, locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion de conformidad con lo establecido en el articulo IV de la Ley 27972. A su vez, el articulo X, dispone que los gobiernos locales promuevan el desarrollo integral para viabilizar el crecimiento el crecimiento economico, la justicia social y la sostenibilidad ambiental. Que, en el numeral 3) del articulo 73º de la MORDAZA en comentario senala entre las materias de Competencias Ambiental Municipal, la planificacion del desarrollo local, ordenamiento territorial y la coordinacion estrategica de los planes integrales de desarrollo, la proteccion y conservacion del ambiente; asi como la formulacion, aprobacion, ejecucion y monitoreo de los planes y politicas locales en material ambiental en concordancia con las politicas, normas y planes regionales, sectoriales y nacionales. Que, a su vez, el articulo 9º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, define en su numeral 9.1 a la autonomia politica como aquella facultad de adoptar y concordancia las politicas, planes y normas en los asuntos de su competencia, aprobar y expedir sus normas, decidir a traves de sus organos de gobierno y desarrollar funciones que le son inherentes. Que, del mismo modo, la Ley General del Ambiente, Ley Nº 28611 dispone en su articulo I de su Titulo Preliminar, que toda persona tiene el derecho irrenunciable a vivir en un ambiente saludable equilibrado y adecuado para el pleno desarrollo de su vida; y el deber de contribuir a una efectiva gestion ambiental y de proteger el ambiente, asi como sus componentes asegurando particularmente la salud de las personas en forma individual y colectiva, la conservacion de la diversidad biologica, el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y el desarrollo sostenible del pais; asi mismo, en su articulo 23.2 dispone que los gobiernos locales deben asegurar la preservacion y la ampliacion de las areas verdes urbanas y periurbanas que dispone la poblacion. Que, mediante Informe de vistos, la Gerencia de Servicios a la MORDAZA y Medio Ambiente, remite el Proyecto de Ordenanza Municipal que Modifica Diversos Articulos de la Ordenanza Nº 009-2012-CDB, que aprueba el Programa de Formalizacion de Recicladores, Recoleccion de Segregacion de Residuos Solidos en el Distrito de Bellavista; Que, mediante Informe Nº 058-2014-MDB/GAJ de fecha 17 de Marzo del 2014, la Gerencia de Asesoria Juridica, opina que resulta legalmente viable y por la procedencia del proyecto de "Ordenanza Municipal que Modifica Diversos Articulos de la Ordenanza Nº 0092012-CDB, que aprueba el Programa de Formalizacion de Recicladores, Recoleccion de Segregacion de Residuos Solidos en el Distrito de Bellavista". Que, por tales consideraciones y al MORDAZA de lo dispuesto en el numeral 8º del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, y el Reglamento Interno de Concejo y con dispensa del tramite de Lectura y aprobacion del Acta; el Concejo Municipal aprueba lo siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE MODIFICA DIVERSOS ARTICULOS DE LA ORDENANZA Nº 009-2012-CDB, QUE APRUEBA EL PROGRAMA DE FORMALIZACION DE RECICLADORES, RECOLECCION Y SEGREGACION DE RESIDUOS SOLIDOS EN EL DISTRITO DE BELLAVISTA. Articulo 1º.- Modifiquense los articulos 1, 6, 7, 12, 13, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 23 y 28, y la Tercera Disposicion Complementaria, los mismos que quedaran redactados de la siguiente manera: "Articulo 1º.- OBJETO DE LA ORDENANZA Los objetivos de la presente Ordenanza son: a) Establecer un MORDAZA normativo legal que promueva la formalizacion de aquellas personas que se dedican en forma asociada a la recoleccion selectiva (recicladores) y segregacion de residuos solidos en la jurisdiccion del distrito de Bellavista, a fin de coadyuvar a la proteccion, capacitacion y promocion del desarrollo social y laboral de quienes se dedican a dicha labor.