Norma Legal Oficial del día 18 de septiembre del año 2013 (18/09/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano Miercoles 18 de setiembre de 2013

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Indecopi, las Comisiones del area de competencia se encuentran conformadas por 4 miembros; Que, a la fecha, la Comision de Proteccion al Consumidor Nº 2 se encuentra integrada por 3 miembros, por lo que resulta pertinente completar la designacion de todos sus Comisionados, a fin de que dicho organo colegiado cuente con el numero legal de integrantes previstos en la Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi; Estando al acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Institucion en sesion de fecha 16 de septiembre de 2013, con la opinion favorable del Consejo Consultivo; y, De conformidad con los incisos f) y h) del numeral 7.3 del articulo 7º de la Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033; RESUELVE: Articulo Unico.- Designar a la senorita MORDAZA MORDAZA Egusquiza MORDAZA como miembro de la Comision de Proteccion al Consumidor Nº 2. Registrese, comuniquese y publiquese. HEBERT TASSANO VELAOCHAGA Presidente del Consejo Directivo 989415-3

Indecopi, aprobado por el Decreto Legislativo N° 1033, el Consejo Directivo de la Institucion se encuentra facultado para designar a los miembros de las Comisiones de las areas de competencia y propiedad intelectual; Que, de acuerdo a lo establecido por el literal a) del articulo 22° de la Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi, el periodo de designacion de los miembros de las Comisiones es de cinco (5) anos, pudiendo ser designados por un periodo adicional; Que, mediante Resolucion de la Presidencia del Directorio del Indecopi Nº 070-2008-INDECOPI/DIR publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 24 de agosto de 2008, el Directorio del Indecopi (ahora Consejo Directivo) establecio la conformacion de la Comision de Normalizacion y de Fiscalizacion de Barreras Comerciales No Arancelarias; Que, habiendo transcurrido el plazo de cinco (05) anos de la designacion de los Comisionados realizada mediante Resolucion N° 070-2008-INDECOPI/DIR, resulta pertinente efectuar la reconformacion de la Comision de Normalizacion y de Fiscalizacion de Barreras Comerciales No Arancelarias, a fin de que dicho organo colegiado cuente con el numero legal de integrantes previstos en la Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi; Estando al acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Institucion en sesion de fecha 16 de septiembre de 2013, con la opinion favorable del Consejo Consultivo; y, De conformidad con los incisos f) y h) del numeral 7.3 del articulo 7º de la Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033; RESUELVE: Articulo 1°.- Dar por concluida la designacion, por vencimiento de mandato, de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Mello MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Novak Talavera, como miembros de la Comision de Normalizacion y de Fiscalizacion de Barreras Comerciales No Arancelarias, dandoseles las MORDAZA por los servicios prestados a la Institucion. Articulo 2°.- De conformidad con el articulo 22° de la Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi, designar al senor MORDAZA MORDAZA Ruiloba Rossel como miembro de la Comision de Normalizacion y de Fiscalizacion de Barreras Comerciales No Arancelarias, por un periodo adicional de cinco (05) anos. Articulo 3°.- Designar a la senora Eldda Yrina MORDAZA MORDAZA y a los senores MORDAZA MORDAZA Souza MORDAZA e MORDAZA MORDAZA Laca MORDAZA, como miembros de la Comision de Normalizacion y de Fiscalizacion de Barreras Comerciales No Arancelarias. Registrese, comuniquese y publiquese. HEBERT TASSANO VELAOCHAGA Presidente del Consejo Directivo 989415-2

Designan miembro de la Comision de Invenciones y Nuevas Tecnologias del Indecopi
RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 195-2013-INDECOPI/COD MORDAZA, 17 de septiembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el literal d) del articulo 5º de la Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 1033, el Consejo Directivo de la Institucion se encuentra facultado para designar a los miembros de las Comisiones de las areas de competencia y propiedad intelectual; Que, de acuerdo a lo establecido por el literal a) del articulo 22º de la Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi, el periodo de designacion de los miembros de las Comisiones es de cinco (5) anos, pudiendo ser designados por un periodo adicional; Que, mediante Resolucion de la Presidencia del Directorio del Indecopi Nº 069-2008-INDECOPI/DIR publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 24 de agosto de 2008, el Directorio del Indecopi (ahora Consejo Directivo) establecio la conformacion de la Comision de Invenciones y Nuevas Tecnologias; Que, habiendo transcurrido el plazo de cinco (05) anos de la designacion de los Comisionados realizada mediante Resolucion Nº 069-2008-INDECOPI/DIR, resulta pertinente efectuar la reconformacion de la Comision de Invenciones y Nuevas Tecnologias, a fin de que dicho organo colegiado cuente con el numero legal de integrantes previstos en la Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi; Estando al acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Institucion en sesion de fecha 16 de septiembre de 2013, con la opinion favorable del Consejo Consultivo; y, De conformidad con los incisos f) y h) del numeral 7.3 del articulo 7º de la Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033; RESUELVE: Articulo 1º.- Dar por concluida la designacion, por vencimiento de mandato, de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como miembro de la Comision de Invenciones y Nuevas Tecnologias, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados a la Institucion. Articulo 2º.- De conformidad con el articulo 22º de la Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi, designar a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como miembro de

Designan miembro de la Comision de Proteccion al Consumidor Nº 2 del Indecopi
RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 194-2013-INDECOPI/COD MORDAZA, 17 de septiembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el literal d) del articulo 5º de la Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 1033, el Consejo Directivo de la Institucion se encuentra facultado para designar a los miembros de las Comisiones de las areas de competencia y propiedad intelectual; Que, de acuerdo a lo establecido por el literal a) del articulo 22º de la Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi, el periodo de designacion de los miembros de las Comisiones es de cinco (5) anos; Que, conforme a lo establecido en el literal c) del articulo 21º de la Ley de Organizacion y Funciones del