Norma Legal Oficial del día 18 de octubre del año 2013 (18/10/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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Articulo 5.- La presente resolucion suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas 1001725-7

El Peruano Viernes 18 de octubre de 2013

Aprueban modificacion de Convenios de Traspaso de Recursos aprobados por diversas resoluciones ministeriales
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 294-2013-EF/52 MORDAZA, 4 de octubre de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 470-2007EF/75, se aprobo el Convenio de Traspaso de Recursos entre el Ministerio de Economia y Finanzas y el Gobierno Regional del MORDAZA, a traves del Proyecto Especial Regional Plan de Mejoramiento de Riego en MORDAZA y MORDAZA ­ Plan MERISS Inka, por medio del cual se trasladan los recursos de la operacion de endeudamiento externo y aporte financiero no reembolsable, aprobados con el Decreto Supremo Nº 162-2006-EF y se establecen los terminos y condiciones del pago del servicio de la deuda correspondiente a la citada operacion de endeudamiento; Que, a traves de la Resolucion Ministerial Nº 179-2008EF/75, se aprobo el Convenio de Traspaso de Recursos entre el Ministerio de Economia y Finanzas, el Fondo para la Fuerzas Armadas y Policia Nacional creado por Ley Nº 28455 y el Ministerio de Defensa, mediante el cual se trasladan los recursos y se establecen los terminos del reembolso de los fondos provenientes de la operacion de endeudamiento interno aprobada con el Decreto Supremo Nº 218-2007-EF; Que, con Resolucion Ministerial Nº 055-2009-EF/75, se aprobo el Convenio de Traspaso de Recursos entre el Ministerio de Economia y Finanzas y el Gobierno Regional del MORDAZA - a traves del PER Plan COPESCO - mediante el cual se traslada la suma de hasta US$ 2 839 512,00 (DOS MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS DOCE 00/100 DOLARES AMERICANOS) derivada de la operacion de endeudamiento externo aprobada con el Decreto Supremo Nº 201-2004-EF, modificada por el Decreto Supremo Nº 156-2008-EF; Que, por medio de la Resolucion Ministerial Nº 0582009-EF/75, se aprobo el Convenio de Traspaso de Recursos entre el Ministerio de Economia y Finanzas, el Fondo para la Fuerzas Armadas y Policia Nacional creado por Ley Nº 28455 y el Ministerio de Defensa, mediante el cual se trasladan los recursos y se establecen los terminos del reembolso de los fondos provenientes de la operacion de endeudamiento interno aprobada por el Decreto Supremo Nº 143-2008-EF; Que, a traves de la Resolucion Ministerial Nº 555-2009EF/75, se aprobo el Convenio de Traspaso de Recursos entre el Ministerio de Economia y Finanzas, el Fondo para la Fuerzas Armadas y Policia Nacional creado por Ley Nº 28455 y el Ministerio de Defensa, mediante el cual se trasladan los recursos y se establecen los terminos del reembolso de los fondos provenientes de la operacion de endeudamiento interno aprobada por el Decreto Supremo Nº 204-2009-EF; Que, con Resolucion Ministerial Nº 390-2010-EF/75, se aprobo el Convenio de Traspaso de Recursos entre el Ministerio de Economia y Finanzas, el Fondo para la Fuerzas Armadas y Policia Nacional creado por Ley Nº 28455 y el Ministerio de Defensa, mediante el cual se establecen los terminos y condiciones del traslado de los recursos para la atencion del servicio de la deuda generada por la operacion de endeudamiento interno aprobada por el Decreto Supremo Nº 149-2010-EF;

Que, mediante la Resolucion Ministerial Nº 534-2011EF/52, se aprobo el Convenio de Traspaso de Recursos entre el Ministerio de Economia y Finanzas y el Ministerio de Defensa - a traves de la MORDAZA de MORDAZA del Peru ­ a traves del cual se establecen los terminos y condiciones para el traslado de los recursos y el pago del servicio de la deuda correspondiente a la operacion de endeudamiento interno aprobada por el Decreto Supremo Nº 134-2011EF; Que, con la Resolucion Ministerial Nº 188-2012-EF/52, se aprobo el Convenio de Traspaso de Recursos entre el Ministerio de Economia y Finanzas y el Gobierno Regional de la Provincia Constitucional del Callao, mediante el cual se establecen los terminos y condiciones para el traspaso de los recursos y el pago del servicio de la deuda correspondientes a la operacion de endeudamiento interno y de administracion de deuda aprobadas por el Decreto Supremo Nº 247-2011-EF; Que, en el MORDAZA de lo dispuesto en la Decimo Sexta Disposicion Complementaria y Transitoria del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 034-2012-EF, se constituyeron los Fideicomisos como mecanismo de reembolso de los compromisos de pago derivados de los Convenios de Traspaso de Recursos aprobados por las Resoluciones Ministeriales Nos. 470-2007-EF/75, 179-2008-EF/75, 055-2009-EF/75, 534-2011-EF/52 y 188-2012-EF/52; asi como, se suscribieron las enmiendas al Contrato de Fideicomiso constituido en el MORDAZA del Convenio de Traspaso aprobado por la Resolucion Ministerial N° 179-2008-EF-75, conforme a lo establecido en las Resoluciones Ministeriales Nos. 058-2009-EF/75, 5552009-EF/75 y 390-2010-EF/75; Que, a traves de la Cuarta Disposicion Complementaria Modificatoria de la Ley N° 29953, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, se modifico la acotada Decimo Sexta Disposicion Complementaria y Transitoria del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28563, disponiendo que cuando el otorgamiento de los recursos previstos para efectuar los reembolsos correspondiente a compromisos generados en el MORDAZA de las operaciones realizadas bajo el ambito del Sistema Nacional de Endeudamiento, se realice mediante Asignaciones Financieras, la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico esta facultada a deducir los montos necesarios para atender las referidas obligaciones y transferirlos directamente a las cuentas previstas para el pago del servicio de deuda; Que, por tal motivo, la MORDAZA Disposicion Complementaria y Transitoria de la Ley N° 29953 establecio que los Fideicomisos constituidos en el MORDAZA de la Decimo Sexta Disposicion Complementaria y Transitoria del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28563, con anterioridad a la vigencia de la Ley N° 29953, y cuyo patrimonio MORDAZA este constituido con el flujo de recursos otorgados a traves de Asignaciones Financieras que autoriza la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico, se adecuan a lo dispuesto en la Cuarta Disposicion Complementaria Modificatoria de la Ley N° 29953, precisando que el Ministerio de Economia y Finanzas esta facultado para que, a traves de la mencionada Direccion General efectue, las acciones que resulten necesarias para tal proposito; Que, en el MORDAZA de lo dispuesto en la acotada MORDAZA Disposicion Complementaria y Transitoria de la Ley N° 29953, la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico del Ministerio de Economia y Finanzas ha acordado con las entidades con las que ha celebrado los Convenios de Traspaso indicados en los considerandos precedentes, modificar los mismos, a efectos de establecer que el respectivo mecanismo de reembolso se efectuara mediante la deduccion, con cargo a los recursos que otorga la citada Direccion General a traves de Asignaciones Financieras, de los montos necesarios para cancelar sus obligaciones y transferirlos directamente a las cuentas previstas para el pago del servicio de deuda, conforme se senala en la Decimo Sexta Disposicion Complementaria y Transitoria del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28563 y su modificatoria; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico y la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Economia y Finanzas;