Norma Legal Oficial del día 02 de octubre del año 2013 (02/10/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano Miercoles 2 de octubre de 2013

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la Municipalidad Distrital de MORDAZA de MORDAZA, para su conocimiento y fines. Articulo 4º.- DAR por agotada la via administrativa. Articulo 5º.- PUBLICAR la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, a cargo de la administrada, dentro de los 30 dias siguientes de notificada la misma. Registrese, comuniquese y cumplase. YESENNIA MORDAZA TUPES SubGerente Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas Gerencia de Desarrollo MORDAZA

Ordenanza Nº 199-MML, modificada por Ordenanza Nº 224-MML, vigentes a la fecha de inicio del tramite; a vias, por cuanto el predio no se encuentra afecto a ninguna via perteneciente al Sistema Vial Metropolitano, de conformidad a lo establecido en la Ordenanza Nº 341MML, con respecto a las vias locales, se esta respetando la seccion normativa distrital, para el Jr. El Cascajal y Jr. Cerro San MORDAZA, vias locales secundarias se proponen las secciones H-H y C1-C1, de 14.40 ml y 16.60 ml, respectivamente, debiendo ejecutar la vereda de 1.80 ml y la berma de estacionamiento de 3.50 ml para el Jr. Cerro San MORDAZA y la vereda de 1.80 y berma de estacionamiento de 2.40 ml. para el Jr. El Cascajal, sin embargo, su definicion y aprobacion corresponde a la Municipalidad Distrital de conformidad a lo dispuesto en el Art. 2º de la Ordenanza Nº 786-MML; y a aportes reglamentarios, se han aplicado lo establecido en la Ordenanza Nº 292-MML; sin perjuicio a ello, por tratarse de Lote Unico y resultar las areas a ceder menores al area de lote minima, se acepta la redencion en dinero, habiendose constatado con los recibos correspondientes el pago a SERPAR, Recreacion Publica, Otros Fines y Ministerio de Educacion; por lo que la propuesta presentada en conjunto resulta CONFORME, concluyendo en remitir los actuados al Area Legal para el pronunciamiento legal respetivo; Que, mediante Informe Nº 279-2013-MML-GDUSPHU-AL, de fecha 03 de setiembre de 2013 (fs. 128 al 129), el Area Legal de esta Subgerencia senala, que se encuentra acreditada la propiedad a favor de la sociedad conyugal conformada por MORDAZA MORDAZA HIRAOKA MORDAZA y MORDAZA TSUCHIKAME HITOTSUISHI, del terreno de 1,778.35 m², el mismo que consta inscrito en la Ficha Nº 1318564 que continua en la Partida Electronica Nº 44853434 del Registro de Predial de MORDAZA - MORDAZA Registral Nº IX (fs. 09 al 11), en virtud del cual vienen tramitando el presente procedimiento administrativo de Habilitacion Urbana; Que, de acuerdo a la evaluacion tecnica y legal, senalada en los Informes Nº 493-2013-MML-GDU-SPHUDCO y Nº 279-2013-MML-GDU-SPHU-AL, ambos de fecha 03 de setiembre de 2013; la presente Habilitacion MORDAZA, cumple los Planes Urbanos, en lo referente a zonificacion, vias y a aportes reglamentarios; por lo que en observancia de la Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878 y el Decreto de Alcaldia Nº 079, corresponde a esta Subgerencia Establecer la Conformidad de la Resolucion Nº 766-2003-RASS, de fecha 10 de setiembre de 2003, expedida por la Municipalidad Distrital de MORDAZA de Surco; Con el visto MORDAZA de la Division de Control de Obras y del Area Legal de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y las Leyes Nº 26878, Ley Nº 27444, Ordenanzas Metropolitanas Nº 199-MML, Nº 224MML, 341-MML, Nº 292-MML, Decreto de Alcaldia Nº 07905 y Resolucion Nº 33-2006-MML-GDU; SE RESUELVE: Articulo 1º.- ESTABLECER LA CONFORMIDAD de la Resolucion Nº 766-2003-RASS, de fecha 10 de setiembre de 2003, expedida por la Municipalidad Distrital de MORDAZA de MORDAZA, que resuelve Aprobar de Conformidad con los Planos de Replanteo signados con el Nº 045.01.2003SDOPRIV-DDU-MSS y Nº 045.02.2003-SDOPRIV-DDUMSS la Regularizacion de la Habilitacion MORDAZA Ejecutada de Lote Unico de MORDAZA Progresivo del terreno de un mil setecientos setenta y ocho metros cuadrados y treinta y cinco decimetros cuadrados (1,778.35 m²), constituido por el Sub Lote 1B de la Mz. G de la Parcelacion Semi MORDAZA Las Casuarinas, ubicado con frente al Jr. El Cascajal, distrito de MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- DISPONER que la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA DE MORDAZA al momento de la Recepcion de Obras del predio, acredite la cancelacion a la entidad correspondiente (Ministerio de Educacion) respecto de los aportes a Educacion y no a la Municipalidad Distrital, tal como se desprende del contenido de la citada resolucion distrital. Articulo 3º.- NOTIFIQUESE la presente Resolucion a la sociedad conyugal conformada por MORDAZA MORDAZA HIRAOKA MORDAZA y MORDAZA TSUCHIKAME HITOTSUISHI; y a

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Instauran MORDAZA administrativo disciplinario a ex trabajadora de la Municipalidad
RESOLUCION DE GERENCIA DE ADMINISTRACION Nº 374-2013-MML-GA.
MORDAZA, 20 de septiembre de 2013. VISTO: El Acta Nº 88-2013-CPAD, de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, con relacion al Expediente Nº 027-2012-CPAD; y, CONSIDERANDO: Que mediante Memorando Nº 02424-2012-MML/ GA/SP/AC el Area de Administracion y Control de la Subgerencia de Personal, remitio los antecedentes relacionados con la ex trabajadora MORDAZA MORDAZA Bordon Girao, quien durante el ano 2010 presento descansos medicos particulares por un total de 49 dias, de los cuales 29 debian ser canjeados como subsidios ante EsSalud; sin embargo, la mencionada ex trabajadora no cumplio con presentar un informe medico expedido por la citada entidad, para que procedan sus subsidios; Que de los antecedentes que obran en el expediente, se desprende que al no proceder dichos subsidios se genero un adeudo por el concepto de subsidios no recuperados, que la mencionada ex trabajadora no ha cumplido con devolver a la institucion, haciendo caso omiso a los reiterados requerimientos efectuados por el Area de Administracion y Control para dicha devolucion de manera voluntaria; por lo que con dicho accionar habria ocasionado un perjuicio economico a la institucion, por el monto de S/. 1341.25 nuevos soles; Que el Area de Administracion y Control de la Subgerencia de Personal, mediante Memorando Nº 002384-2013-MML-GA-SP-AyC, senala que la conducta de la ex trabajadora MORDAZA MORDAZA Bordon Girao configura la presunta comision de la falta disciplinaria tipificada en el inciso f) del articulo 28º del Decreto Legislativo N° 276, concordante con el inciso d) del articulo 63º del Reglamento Interno de Trabajo; que tipifica como falta disciplinaria grave "La utilizacion o disposicion de los bienes de la entidad en beneficio propio o de terceros", debido a que el accionar de la citada ex trabajadora, trajo como consecuencia un importe adeudado por concepto de subsidios no recuperados que la mencionada ex trabajadora a la fecha no ha cumplido con devolver a la institucion; en consecuencia, habria ocasionado un perjuicio economico a la institucion; Que siendo los recursos economicos de la corporacion un bien de propiedad de la entidad; que por las razones MORDAZA senaladas, el monto de S/. 1341.25 nuevos soles por concepto de subsidios no recuperados, pasaron de manera irregular al ambito de disposicion patrimonial de la ex trabajadora MORDAZA Bordon Girao, quien no cumplio con devolver dicha cantidad a la institucion a pesar de los reiterados requerimientos efectuados por el Area de Administracion y Control, por lo que al mantener dicho monto adeudado a la institucion, la ex trabajadora habria logrado una ventaja economica, asi como tambien habria ocasionado un perjuicio economico a la entidad, configurandose con dicho accionar la falta grave prevista en el inciso f) del articulo 28º del Decreto Legislativo N° 276, concordante con el inciso d) del Reglamento Interno