Norma Legal Oficial del día 08 de noviembre del año 2013 (08/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano Viernes 8 de noviembre de 2013

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ejecutar y monitorear los planes y politicas Locales en materia ambiental, en concordancia con las politicas, normas y planes Regionales, Sectoriales y Nacionales. Que, la citada Ley MORDAZA del Sistema Nacional de Gestion Ambiental ­ establece que la aprobacion de los instrumentos de Gestion Ambiental Provincial y Distrital debe contar con opinion favorable de las Comisiones Ambientales Municipales, sin perjuicio de la intervencion de las instituciones publicas y privadas, y organos de base representativos de la Sociedad Civil y guardar estricta concordancia con los aprobados para el ambito Nacional, Regional y Provincial. Al respecto se extrae del Informe Nº 00538-2013-MDLO/GSC/SGGA que la mencionada herramienta fue aprobada el 04 de Febrero del 2013 por la Comision Ambiental Municipal contando con el visto MORDAZA de la Sub Gerencia de Gestion Ambiental. Que, el presente Proyecto tiene por objeto constituirse como una herramienta que ha de regular la gestion eficiente del agua en el Distrito de los MORDAZA, en una perspectiva orientada hacia el desarrollo sostenible, sustentada en la practica de la concertacion y la participacion ciudadana, correspondiendo su aprobacion por ordenanza. Que, dicha herramienta procura lograr el uso racional del agua y brindar a los vecinos agua de calidad en las cantidades requeridas, promover el ahorro y uso adecuado del agua potable y el reuso de las aguas residuales domesticas, MORDAZA de agua y de las actividades economicas que se desarrollan en el Distrito. Que, la Gerencia de Asesoria Juridica con Informe Nº 00478-2013-MDLO/GAJ senala que el Articulo 8 numeral 8.2 de la Ley General del Ambiente, segun la cual las politicas y normas Ambientales de caracter Nacional, Sectorial, Regional y Local se disenan y se aplican de conformidad con lo establecido en la Politica Nacional del Medio Ambiente y deben guardar concordancia entre si; estimando este despacho que el mismo guarda concordancia con la misma y opina que corresponde al Concejo Municipal aprobar el Proyecto de Ordenanza "Politica de Uso Racional del Agua en el Distrito de Los Olivos". Estando a lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por lo senalado en el Articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972; la Ley General del Ambiente Nº 28611, Concejo Municipal, por unanimidad, aprobo la siguiente:

DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS MORDAZA, el cual consta de 7 Titulos, 2 capitulos, comprendidos en 13 articulos y 3 disposiciones transitorias, complementarias y finales, que en anexo forma parte de la presente Ordenanza, la misma que es de cumplimiento obligatorio en todo el ambito del distrito. Articulo Segundo.- FACULTAR al senor MORDAZA dictar las disposiciones necesarias para su cumplimiento. Articulo Tercero.- HACER DE CONOCIMIENTO de lo dispuesto, por la presente Ordenanza, a la GERENCIA MUNICIPAL, asi como de su cumplimiento a la GERENCIA DE SERVICIOS A LA MORDAZA y a la SECRETARIA GENERAL, la publicacion de la presente Ordenanza de acuerdo al procedimiento de Ley. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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Aprueban la politica de uso racional del agua en el distrito
ORDENANZA Nº 385-CDLO
Los MORDAZA, 10 de octubre de 2013 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS MORDAZA VISTO: El Informe 00082-2013/MDLO/GSC/SGGA/ DMASCCO, el Informe Nº 00538-2013/MDLO/GSC/SGGA de la Sub Gerencia de Gestion Ambiental, el Informe Nº 00032-2013/MDLO/GSC/GCASTANEDA la Gerencia de Servicios a la MORDAZA, el Informe Nº 00478-2013/MDLO/ GAJ de la Gerencia de Asesoria Juridica, el Proveido Nº 1203-2013/GM de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 00516-2013-MDLO/SG de Secretaria General y Dictamen Nº 005-2013-MDLO/CSC de la Comision Permanente de Servicios a la MORDAZA, y; CONSIDERANDO: Que, conforme el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado, las Municipalidades son Organos de Gobierno Local que ostentan autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos que son de su competencia, ello en concordancia con el Articulo II del titulo Preliminar de la Ley Nº 27972; Siendo que el Concejo Municipal cumple funcion normativa a traves de ordenanzas, las cuales tienen rango de Ley de conformidad con lo dispuesto en el articulo Nº 200 numeral 4) del texto Constitucional. Que, la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 en su Articulo 40º establece, que las ordenanzas de las Municipalidades Provinciales y Distritales, en materia de su competencia, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa Municipal, mediante las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, administracion y supervision de los servicios publicos y las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa. Que, es necesario precisar los incisos 3 y 8 del Articulo 9º y 20º, incisos 5 y 13, de la Ley Organica que corresponde al Concejo Municipal aprobar el regimen de organizacion interior y funcionamiento del Gobierno Local y aprobar, modificar o derogar las ordenanzas, en tanto que son atribuciones del MORDAZA promulgar las ordenanzas y disponer su publicacion y someter al Concejo Municipal la aprobacion del Sistema de Gestion Ambiental Local y de sus instrumentos, dentro del MORDAZA del Sistema de Gestion Ambiental Nacional y Regional. Que, en el Articulo 73º de la Ley Organica de Municipalidades establece que los Gobiernos Locales, tomando en cuenta su condicion de Municipalidad Provincial o Distrital, asumen competencia y ejercen funciones para, entre otros, emitir las normas tecnicas generales, en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo asi como sobre proteccion y conservacion del ambiente. Establece dicho Articulo tambien que corresponde a cada Municipalidad el formular, aprobar,

ORDENANZA Nº 385-CDLO QUE APRUEBA LA POLITICA DE USO RACIONAL DEL AGUA DEL DISTRITO DE LOS MORDAZA
Articulo Primero.- APROBAR la ordenanza que aprueba la POLITICA DE USO RACIONAL DEL AGUA EN EL DISTRITO DE LOS MORDAZA, que en el anexo forma parte de la presente ordenanza, la misma que es de cumplimiento obligatorio en todo el ambito del Distrito. Articulo Segundo.- FACULTAR al senor MORDAZA dictar las disposiciones necesarias para su cumplimiento. Articulo Tercero.- HACER DE CONOCIMIENTO de lo dispuesto por el presente Acuerdo a la Gerencia Municipal, asi como de su cumplimiento a la Gerencia de Servicios a la MORDAZA y a la Secretaria General, la publicacion de la presente Ordenanza de acuerdo al procedimiento de Ley. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Prorrogan beneficios establecidos en la Ordenanza Nº 221-MDPP
DECRETO DE ALCALDIA Nº 013-2013-MDPP
MORDAZA MORDAZA, 05 de noviembre del 2013