Norma Legal Oficial del día 11 de mayo del año 2013 (11/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano Sabado 11 de MORDAZA de 2013

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Articulo 3º.- La titular de la autorizacion renovada esta obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, para lo cual debera adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estacion radioelectrica no excedan los valores establecidos como limites maximos permisibles fijados. Articulo 4º.- La titular de la autorizacion debera cumplir con las disposiciones previstas en los literales a) y b) del articulo 38° del MORDAZA Normativo General del Sistema de Comunicaciones de Emergencia, aprobado por Decreto Supremo N° 051-2010-MTC. Articulo 5º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PEREZ-REYES MORDAZA Viceministro de Comunicaciones

a la EMPRESA RADIODIFUSORA COMERCIAL SINFONIA EN STEREO E.I.R.L. por el plazo de diez (10) anos, para operar una estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en el distrito de Huanchac, provincia y departamento de MORDAZA, senalando el plazo de vencimiento el 28 de setiembre de 2001; Que, por Resolucion Viceministerial N° 554-2005-MTC/03, del 16 de noviembre de 2005, se renovo la autorizacion otorgada mediante Resolucion Ministerial N° 209-94TCC/15.04, a la EMPRESA RADIODIFUSORA COMERCIAL SINFONIA EN STEREO E.I.R.L., para continuar prestando el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito, provincia y departamento de MORDAZA, dicho plazo vencio el 28 de setiembre de 2011; Que, con escrito de registro Nº 2011-29554 del 27 de junio de 2011, la EMPRESA RADIODIFUSORA COMERCIAL SINFONIA EN STEREO E.I.R.L., solicito renovacion de la autorizacion que fuera renovada con Resolucion Viceministerial N° 554-2005-MTC/03; Que, conforme al articulo 15° de la Ley de Radio y Television ­ Ley No. 28278, concordado con los articulos 21° y 67° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo No. 0052005-MTC, el plazo MORDAZA de vigencia de una autorizacion es de diez (10) anos, renovable por periodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos; Que, los articulos 69º, 70° y 71° del Reglamento de la Ley de Radio y Television establecen las condiciones y requisitos aplicables a los procedimientos de renovacion de autorizaciones otorgadas para prestar el servicio de radiodifusion; Que, el articulo 68° del citado Reglamento dispone que la solicitud puede presentarse hasta el dia de vencimiento del plazo de vigencia de la respectiva autorizacion otorgada; verificandose en el presente caso, que la solicitud de renovacion fue presentada el 27 de junio de 2011, esto es, dentro del plazo establecido; Que, segun el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias del Servicio de Radiodifusion Sonora en Frecuencia Modulada (FM) para las localidades correspondientes al departamento de MORDAZA, aprobado con Resolucion Viceministerial N° 108-2004-MTC/03 y sus modificatorias, se comprende a la localidad denominada MORDAZA, la misma que incluye al distrito, provincia y departamento de Cusco; Que, con Informe N° 4327-2011-MTC/29.02, la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones da cuenta de la inspeccion tecnica realizada el 09 de agosto de 2011, a la estacion de radiodifusion autorizada a la EMPRESA RADIODIFUSORA COMERCIAL SINFONIA EN STEREO E.I.R.L., concluyendo que el resultado de la inspeccion tecnica es favorable, asimismo, se verifico que cumple con el objetivo y programacion de su proyecto de comunicacion; Que, con Informe Nº 0812-2013-MTC/28 la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, opina que corresponde renovar la autorizacion otorgada mediante Resolucion Ministerial N° 209-94-TCC/15.04, de titularidad de la EMPRESA RADIODIFUSORA COMERCIAL SINFONIA EN STEREO E.I.R.L., al haberse verificado el cumplimiento de las condiciones y requisitos previstos para tal efecto y que la solicitante no ha incurrido en los impedimentos o causales para denegar la renovacion de una autorizacion contemplados en la Ley de Radio y Television y su Reglamento; De conformidad con la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modificatorias, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 0212007-MTC; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Renovar la autorizacion otorgada mediante Resolucion Ministerial N° 209-94-TCC/15.04 a favor de la EMPRESA RADIODIFUSORA COMERCIAL SINFONIA EN STEREO E.I.R.L., por el plazo de diez (10) anos, el mismo que vencera el 28 de setiembre de 2021, para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de MORDAZA, departamento de Cusco. Articulo 2º.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, la titular de la autorizacion renovada efectuara el pago correspondiente al derecho de autorizacion y haber efectuado el pago del canon anual. En caso de incumplimiento, el Ministerio procedera de acuerdo a lo establecido en el articulo 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Television.

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Aprueban transferencia de autorizacion para prestar servicio de radiodifusion por television en UHF a favor de Asociacion Cultural Entidades Latinoamericanas Comunicando el Evangelio - ENLACE
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 217-2013-MTC/03
MORDAZA, 26 de MORDAZA del 2013 VISTOS, los escritos con registros N° 2011-001339 del 11 de enero de 2011 y N° 2012-046311 del 24 de MORDAZA de 2012, presentados por la empresa NEGOCIOS GENERALES INTERNACIONALES S.A.C., sobre renovacion y transferencia de autorizacion, respectivamente, de la estacion del servicio de radiodifusion comercial por television en la banda UHF, ubicada en la localidad de MORDAZA, departamento de Cusco; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Viceministerial Nº 130-2001MTC/15.03 del 23 de febrero de 2001, se otorgo a la empresa NEGOCIOS GENERALES INTERNACIONALES S.A.C., autorizacion y permiso de instalacion por el plazo de diez (10) anos, que incluye un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses improrrogable, para operar una estacion transmisora del servicio de radiodifusion comercial por television en UHF, ubicada en el distrito, provincia y departamento de MORDAZA, con vencimiento al 06 de marzo de 2011; Que, con escrito de registro Nº 2011-001339 del 11 de enero de 2011, la empresa NEGOCIOS GENERALES INTERNACIONALES S.A.C. solicito la renovacion de la autorizacion otorgada con Resolucion Viceministerial Nº 1302001-MTC/15.03; Que, con escrito de registro Nº 2012-046311 del 24 de MORDAZA de 2012, la empresa NEGOCIOS GENERALES INTERNACIONALES S.A.C., solicito la aprobacion de la transferencia de su autorizacion otorgada mediante Resolucion Viceministerial Nº 130-2001-MTC/15.03, a favor de la ASOCIACIONCULTURALENTIDADESLATINOAMERICANAS COMUNICANDO EL EVANGELIO ­ ENLACE; Que, el articulo 15° de la Ley de Radio y Television ­ Ley N° 28278, concordado con los articulos 21° y 67° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2005-MTC, establece que el plazo MORDAZA de vigencia de una autorizacion es de diez (10) anos, renovable por periodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos; Que, los articulos 69º y 71° del Reglamento de la Ley de Radio y Television disponen que para obtener la renovacion de la autorizacion del servicio de radiodifusion, es necesario cumplir con las condiciones y requisitos que en ellas se detallan; Que, el articulo 19° de la Ley de Radio y Television, establece entre otros, que el plazo MORDAZA para resolver las solicitudes de autorizacion o renovacion es de ciento veinte (120) dias; procedimiento que se encuentra sujeto a silencio administrativo positivo, conforme a lo establecido en el MORDAZA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;