Norma Legal Oficial del día 22 de marzo del año 2013 (22/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano MORDAZA, viernes 22 de marzo de 2013

NORMAS LEGALES

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surgidas como consecuencia de operaciones realizadas bajo este permiso. b) Su expreso sometimiento a la jurisdiccion peruana. Articulo 6º.- LAN MORDAZA S.A., queda obligada con el Gobierno del Peru para que este pueda emplear en su servicio aeronaves, elementos, material y personal peruano de que disponga dicha empresa en los casos de conflictos internacionales, desordenes internos y calamidades publicas. El Gobierno del Peru abonara los gastos ocasionados de conformidad con la legislacion vigente y la practica internacional. Articulo 7º.- La vigencia del presente Permiso de Operacion se mantendra mientras la beneficiaria no pierda alguna de las capacidades legal, tecnica o financiera, exigidas por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; su Reglamento; demas normas vigentes; y, cumpla las obligaciones a que se contrae la presente Resolucion. Articulo 8º.- Si la Administracion verificase la existencia de fraude o falsedad en la documentacion presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Direccion General de Aeronautica Civil, procedera conforme a lo senalado en el Articulo 32.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Articulo 9º.- LAN MORDAZA S.A. debera constituir la garantia global que establece el Articulo 93º de la Ley Nº 27261, por el cumplimiento de las obligaciones derivadas del servicio que solicita, en las condiciones y monto que establezca su Reglamento. El incumplimiento de esta obligacion determinara la automatica revocacion del presente Permiso de Operacion. Articulo 10º.- LAN MORDAZA S.A. queda obligada a cumplir dentro de los plazos senalados con las disposiciones que respecto a ruido y medio ambiente emita la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 11º.- LAN MORDAZA S.A. debera respetar la riqueza cultural, historica y turistica que sustenta la buena imagen del pais. Articulo 12º.- El Permiso de Operacion que por la presente Resolucion Directoral se otorga a LAN MORDAZA S.A., queda sujeto a la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil, su Reglamento; y, demas disposiciones legales vigentes; asi como a las Directivas que dicte esta Direccion General; y podra ser revocado total o parcialmente en caso que la Republica de MORDAZA, no otorgue a las lineas aereas peruanas derechos aerocomerciales reciprocos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Aeronautica Civil 911013-1

Autorizan a la empresa Centro de Ensenanza y Capacitacion MORDAZA Horizonte S.A.C. la modificacion del domicilio de su circuito de manejo, ubicado en la provincia de Huancayo, Region MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL N° 1039-2013-MTC/15 MORDAZA, 4 de marzo de 2013 VISTOS: Los Partes Diarios N°s. 138360 y 154123, presentado por la empresa denominada CENTRO DE ENSENANZA Y CAPACITACION MORDAZA HORIZONTE S.A.C., y; CONSIDERANDO: Que, el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº

040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, regula las condiciones, requisitos y procedimientos para la obtencion de la autorizacion y funcionamiento de las Escuelas de Conductores, tal como lo dispone el articulo 43º de El Reglamento que establece las condiciones de acceso, concordado con el articulo 51º del referido texto legal, que senala los requisitos documentales; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 4051-2012MTC/15 de fecha 17 de octubre de 212, se otorgo autorizacion a la empresa denominada CENTRO DE ENSENANZA Y CAPACITACION MORDAZA HORIZONTE S.A.C., con RUC N° 20568215207 y domicilio en Av. Arterial N° 212, Distrito de MORDAZA, Provincia de Huancayo y Region de MORDAZA, para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, en adelante La Escuela, conforme a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento; a efectos de impartir los conocimientos teoricos - practicos requeridos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA a los postulantes para obtener una Licencia de Conducir; y su circuito de practicas de manejo ubicado en: Sector MORDAZA, Distrito de Huancan, Provincia de Huancayo y Region Junin; Que, mediante Parte Diario N° 138360 de fecha 15 de noviembre de 2012, La Escuela solicita el cambio de domicilio del circuito destinado a las practicas de manejo, la misma que se ubica en: Barrio Colpa, Distrito de Huayucachi, Provincia de Huancayo y Region Junin; Que, mediante Oficio N° 8567-2012-MTC/15.03 de fecha 05 de diciembre de 2012 y notificado el mismo dia, se comunico a La Empresa que la inspeccion ocular se realizaria el dia 11 de diciembre de 2012; Que, mediante Oficio N° 8717-2012-MTC/15.03 de fecha 11 de diciembre de 2012, notificado el 14 de diciembre de 2012, esta administracion formulo las observaciones pertinentes a la solicitud presentada por La Empresa, requiriendole la subsanacion correspondiente, para la cual se le otorgo un plazo de diez (10) dias habiles; Que, mediante Oficio N° 8847-2012-MTC/15.03 de fecha 12 de diciembre de 2012 y notificado el 13 de diciembre de 2012, se reprogramo la fecha de la inspeccion ocular para el dia 17 de diciembre de 2012; Que, mediante Informe Nº 019-2012-MTC/15.EAS de fecha de 20 de diciembre de 2012, se informa sobre la inspeccion ocular realizada, al circuito de practicas de manejo, propuesto por La Escuela; Que, mediante Parte Diario N° 154123 de fecha 23 de diciembre de 2012, La Empresa presento diversa documentacion con la finalidad de subsanar las observaciones senaladas en el Oficio N° 8717-2012MTC/15.03; Que, el articulo 60º del Reglamento Nacional de Licencias de conducir Vehiculos automotores y no motorizados de transporte terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, establece que la autorizacion como Escuela de Conductores, asi como su modificacion, suspension o caducidad, para surtir efectos juridicos seran publicadas en el Diario Oficial El Peruano; asimismo, el primer parrafo del articulo 61º de El Reglamento, dispone que procede la solicitud de modificacion de autorizacion de La Escuela de Conductores cuando se produce la variacion de alguno de sus contenidos indicados en el articulo 53º de El Reglamento; Que, la solicitud de autorizacion para el cambio de domicilio del circuito destinado a las practicas de manejo, presentada por la empresa denominada CENTRO DE ENSENANZA Y CAPACITACION MORDAZA HORIZONTE S.A.C., implica una variacion de uno de los contenidos de la Resolucion Directoral Nº 40512012-MTC/15, mediante la cual se otorgo autorizacion para funcionar como Escuela de Conductores Integrales en la MORDAZA de Huancayo y su circuito de practicas de manejo ubicado en: Sector MORDAZA, Distrito de Huancan, Provincia de Huancayo y Region MORDAZA, dado que su MORDAZA circuito estara ubicado en: Barrio Colpa, Distrito