Norma Legal Oficial del día 14 de marzo del año 2013 (14/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 14 de marzo de 2013

Que, entonces, por estas consideraciones, al MORDAZA de la Constitucion Politica del Estado, Ley N° 27783 / Ley de Bases de la Descentralizacion; Ley N° 27867 / Ley Organica de Gobiernos Regionales, modi cada por las Leyes 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053; y en observancia del MORDAZA legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional N° 001-2007-GRA/CRAREQUIPA, la Ordenanza Regional N° 010-AREQUIPA y la Ordenanza Regional N° 154-AREQUIPA, SE ORDENA: Articulo 1°.- Inclusion de causales AUTORIZAR al Organo Ejecutivo Regional, a traves de la Gerencia Regional de Educacion, considere dentro del MORDAZA de Reasignacion correspondiente al ano 2013 a las causales de Salud y Evacuacion por Emergencia, en resguardo de los derechos constitucionales a la salud y a la MORDAZA de los postulantes interesados. Articulo 2°.- MORDAZA aplicable DISPONER que las solicitudes de reasignacion por causales de salud y evacuacion por emergencia presentadas dentro del MORDAZA de Reasignacion correspondiente al ano 2013, seran cali cadas y resueltas aplicando estrictamente el Reglamento de Reasignaciones y Permutas para el profesorado, aprobado por Resolucion Ministerial N° 1174-91-ED; en tanto la Ley N° 29944 ­ Ley de Reforma Magisterial no sea reglamentada en dicha materia. Articulo 3°.- Reasignaciones fuera de MORDAZA DISPONER que las reasignaciones por causal de salud y/o evacuacion por emergencia, solicitados fuera del MORDAZA establecido en el Articulo 1°, se realicen durante el ano segun la necesidad. Para efecto de la determinacion de plazas vacantes fuera del MORDAZA de reasignacion correspondiente al ano 2013, el Comite de Reasignaciones correspondiente, actualizara las plazas mensualmente, conforme al Reglamento aplicable. Articulo 4°.- Gestion ante el Ministerio de Educacion ENCARGAR al Organo Ejecutivo Regional, para que a traves de la Gerencia Regional de Educacion, realice las acciones de gestion y coordinacion que correspondan ante las instancias competentes del Gobierno Nacional, que permitan dar cumplimiento a la presente Ordenanza dentro del ambito de la Region Arequipa. Articulo 5°.- Informe de cumplimiento Finalizado el MORDAZA de Reasignacion senalado en el Articulo 1°, la Gerencia Regional de Educacion, en un plazo MORDAZA de diez (10) dias habiles, debera presentar al Consejo Regional, un informe detallado y documentado del MORDAZA y sus resultados. De igual manera, se debera proceder en el caso de los procesos contemplados en el articulo precedente. Articulo 6°.- De la publicacion Disponer la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario O cial El Peruano, en el Diario de Avisos Judiciales del Departamento de MORDAZA, y la publicidad electronica en la pagina web del Gobierno Regional de MORDAZA, conforme al articulo 9° del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS. En MORDAZA, a los dieciocho dias del mes de diciembre del 2012. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MOGROVEJO Presidenta del Consejo Regional de MORDAZA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los veintiseis dias del mes de diciembre del dos mil doce. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional MORDAZA 910564-1

GOBIERNO REGIONAL DE PASCO
Autorizan viaje a Brasil de Consejero Regional, en comision de servicios
ACUERDO Nº 019-2013-G.R.PASCO/CR Cerro de Pasco, 22 de febrero de 2013 POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO, en uso de las facultades establecidas por la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, y sus modi catorias, en Sesion Ordinaria del dia veinte de febrero del ano dos mil trece, por mayoria de los presentes ha aprobado el Acuerdo Regional siguiente: VISTO: El OFICIO N° 030-2013/CRP-PCDE/JAATPASCO, de fecha 18 de febrero de 2013. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado, los Gobiernos Regionales tiene autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, MORDAZA concordante con el Articulo 2º de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de los Gobiernos Regionales; Que, conforme a lo dispuesto por el articulo 2° de la Ley N° 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales y su modi catorias: Los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administracion economica y nanciera un Pliego Presupuestal; y la Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27783 tiene como nalidad "El desarrollo integral, armonico y sostenible del MORDAZA, mediante la separacion de competencias y funciones, y el equilibrado ejercicio del poder por los tres niveles de gobierno, en bene cio de la poblacion"; Que, con OFICIO N° 030-2013/CRP-PCDE/JAATPASCO, el Consejero Regional MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente de la Comision de Desarrollo Economico, hace conocer de la invitacion por parte de GIUFFRA GROUP, representantes exclusivos de las rmas industriales GEHAKA de Sao MORDAZA, PALINI & ALVES de Espirito MORDAZA Do Pinhal y del MINAS GERAIS INDUSTRIE DO BRASIL, a Participar en el 39 Tour Cafetalero Brasil Marzo 2013, donde visitaran la planta procesadora mas grande del MORDAZA, ver el cultivo en forma profesional de los cafetales, como conoceran la fabrica de medidores de humedad y equipos de laboratorio de los diversos tipos que hoy se usan en Brasil, Colombia, Ecuador y Peru, los cuales se realizaran del 03 al 10 de marzo del 2013, razon por el cual solicita Autorizacion de viaje al MORDAZA de Brasil entre los dias mencionados; Que, siendo necesario compartir nuevas experiencias que redundaran en el desarrollo para los productores ca cultores de nuestra region, y que este evento es una oportunidad de poder traer nuevas tecnicas y con ellos poder fortalecer las capacidades de la actividad economica de la ca cultura regional, por mayoria del pleno se le autorizacion su participacion en este evento en representacion del Consejo Regional al Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Tello; Que, a este efecto, es necesario precisar que los gastos que demande la indicada comision de servicios, como son los vuelos internacionales, transporte en el interior del MORDAZA, alojamiento y hospedaje seran cubiertos por GIUFFRA GROUP, sin ocasionar gasto alguno al Gobierno Regional de Pasco; Que, de conformidad con el articulo 13º, inciso f) del D.S. Nº 018-85-PCM, Reglamento Inicial de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, se entiende por Comision de Servicio, cuando un servidor es destinado a realizar acciones de servicio fuera de su centro de