Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 2013 (28/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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El Peruano MORDAZA 28 de MORDAZA de 2013

ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Aprueban "Procedimiento para la supervision del cumplimiento de las normas vigentes sobre corte y reconexion del servicio publico de electricidad".
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN N° 153-2013-OS/CD
MORDAZA, 18 de MORDAZA de 2013 VISTO: El Memorando N° GFE-2013-453 de la Gerencia de Fiscalizacion Electrica, por el cual se solicita al Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia la aprobacion del "Procedimiento para la supervision del cumplimiento de las normas vigentes sobre corte y reconexion del servicio publico de electricidad"; CONSIDERANDO: Que, segun lo establecido por el inciso c) del articulo 3° de la Ley N° 27332 ­ Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, la funcion normativa de los Organismos Reguladores, entre ellos OSINERGMIN, comprende la facultad exclusiva de dictar, entre otros, en el ambito y en materia de su respectiva competencia, los reglamentos de los procedimientos a su cargo, normas de caracter general referidas a actividades supervisadas o de sus usuarios; Que, el articulo 22° del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado mediante Decreto Supremo N° 054-2001-PCM, establece que la funcion normativa de caracter general es ejercida de manera exclusiva por el Consejo Directivo a traves de resoluciones; Que segun lo dispuesto por el articulo 3° de la Ley N° 27699 ­ Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de OSINERGMIN, el Consejo Directivo esta facultado para aprobar procedimientos administrativos vinculados, entre otros, a la Funcion Supervisora; Que, de acuerdo al articulo 180° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, OSINERGMIN aprueba los importes maximos de corte y reconexion correspondientes y la periodicidad de su vigencia, sobre la base de los criterios y procedimientos que establezca para tal al efecto; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por el referido Reglamento, OSINERGMIN establecio, mediante la Resolucion de Consejo Directivo N° 159-2011-OS/CD, los precios maximos de cortes y reconexiones; Que, en ese sentido, OSINERGMIN publico el 06 de octubre de 2012 en el Diario Oficial "El Peruano" el proyecto de "Procedimiento para la supervision del cumplimiento de las normas vigentes sobre cortes y reconexion del servicio publico de electricidad"; en concordancia a lo dispuesto en el articulo 25° del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por el Decreto Supremo N° 054-2001-PCM, con la finalidad de recibir los aportes del publico en general, los que han sido objeto de comentarios en la exposicion de motivos de la presente resolucion; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 3° numeral 1 literal c) de la Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, Ley N° 27332, modificado por Ley N° 27631; y estando a lo acordado por el Consejo Directivo del OSINERGMIN en su Sesion Nº 19; Con la opinion favorable de la Gerencia General, la Gerencia Legal y la Gerencia de Fiscalizacion Electrica. SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar el "Procedimiento para la supervision del cumplimiento de las normas vigentes sobre corte y

reconexion del servicio publico de electricidad", el cual como anexo forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion y del Procedimiento que aprueba en el Diario Oficial El Peruano. Asimismo, disponer su publicacion en el MORDAZA de internet de OSINERGMIN (www.osinergmin. gob.pe), conjuntamente con su exposicion de motivos y evaluacion de comentarios. Articulo 3°.- La presente Resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. MORDAZA TAMAYO MORDAZA Presidente del Consejo Directivo OSINERGMIN

PROCEDIMIENTO PARA LA SUPERVISION DEL CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS VIGENTES SOBRE CORTE Y RECONEXION DEL SERVICIO PUBLICO DE ELECTRICIDAD
I. OBJETIVO Establecer el procedimiento a seguir en la supervision del MORDAZA de corte y reconexion del servicio publico de electricidad, incluyendo el retiro y la reinstalacion de conexiones. II.ALCANCE El presente procedimiento se aplicara a todas las empresas concesionarias de distribucion que atiendan el servicio publico de electricidad, dentro de todo el ambito de su concesion. III. BASE LEGAL · Decreto Ley Nº 25844 - Ley de Concesiones Electricas. · Decreto Supremo Nº 009-93-EM - Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas. · Ley Nº 27332 - Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos. · Decreto Supremo Nº 020-97-EM, "Norma Tecnica de Calidad de los Servicios Electricos", sus modificaciones o el que lo sustituya. · Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM - Reglamento General de OSINERGMIN. · Resolucion de Consejo Directivo Nº 671-2007-0S/CD, "Procedimiento Administrativo de Reclamos de Usuarios de los Servicios Publicos de Electricidad y Gas Natural", o la que la sustituya. · Resolucion Directoral Nº 016-2008-EM/DGE, "Norma Tecnica de Calidad de los Servicios Electricos Rurales" o la que la sustituya. · Resolucion de Consejo Directivo Nº 205-2009-OS/CD - Reglamento de Supervision de Actividades Energeticas y Mineras de OSINERGMIN o al que la sustituya. · Resolucion de Consejo Directivo N° 159-2011-OS/ CD e Informe Tecnico Nº 290-2011-GART, que "Fijan los importes maximos de corte y reconexion del servicio publico de electricidad, aplicables a los usuarios finales del servicio publico de electricidad", o la que la sustituya. · Otras normas tecnicas y administrativas aplicables.

I. TITULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES
1.1 Glosario de Terminos Cuando en el presente Procedimiento se utilicen los siguientes terminos, en singular o plural, se debera entender por: OSINERGMIN: Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria. LCE: Ley de Concesiones Electricas - Decreto Ley Nº 25844. RLCE: Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas - Decreto Supremo N° 009-93-EM. RCyR: Resolucion de Consejo Directivo Nº 159-2011OS/CD - "Fijan los importes maximos de corte y reconexion del servicio publico de electricidad" o la que la sustituya. Concesionaria: Entidad que presta el Servicio Publico de Electricidad por contar con una concesion de distribucion otorgada por el Ministerio de Energia y Minas. Usuario: Persona natural o juridica que se encuentra en posesion de un predio y esta en posibilidad de hacer uso legal de un suministro electrico.